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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Nota Externa N° 23 |
16/04/2008 |
Fecha: |
23/04/2008 |
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Dependencia: |
NE-23-2008-DGA |
Tema |
0053 |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Nota Externa Nº 24/07 (DGA). Zona de
Vigilancia Especial. Dirección Regional Aduanera Salta. Prórroga Nota
Externa Nº 13/08 (DGA). |
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VISTO
la
Resolución General Nº
2048 AFIP, modificatoria de
la Resolución Nº 697/1986 (Ex-ANA), que reglamenta
el funcionamiento de
la Zona
de Vigilancia Especial, y las cantidades máximas establecidas en
la Nota Externa Nº 24/07 (DGA), y; |
CONSIDERANDO: |
Que
mediante
la Nota
Externa citada en el Visto se han establecido las
cantidades máximas autorizadas para el ingreso a
la Zona de Vigilancia Especial
para determinadas mercaderías. |
Que,
atento los pedidos realizados por los Gobiernos Provinciales y Municipales, mediante
Nota Externa 85/07 (DGA) se ha dispuesto el
incremento de las cantidades autorizadas para el producto Arroz. |
Que
dicha medida ha sido sucesivamente prorrogada, siendo el último vencimiento
del día 10 de marzo de
2008
a través de lo dispuesto por Nota Externa Nº 13/08
(DGA), resultando oportuno conceder una nueva prórroga a la medida aludida. |
Que
en razón de lo expuesto,
la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de las
facultades conferidas en el artículo 9, punto 2, incisos b) y p) del Decreto
Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 125 del Código Aduanero,
dispone: |
PRORROGAR
por el término de 90 días, a partir del vencimiento de
la Nota Externa Nº
13/08 (DGA), el ingreso a
la
Zona de Vigilancia Especial del producto Arroz, para las
Aduanas y en las cantidades totales que más abajo se detallan. |
PRODUCTO
ARROZ |
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ADUANA
DE
LA QUIACA |
348.000 Kgs/MENSUAL |
ADUANA
DE POCITOS |
348.000 Kgs/MENSUAL |
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REGISTRESE.
PUBLIQUESE en el Boletín de
la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a
la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su
publicación en el BOLETIN OFICIAL. |
Archívese.
— Abog. SILVINA TIRABASSI, Directora General de
Aduanas. |
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