Resolución 212/2016
Programa Nacional
para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos
Bs. As., 23/05/2016
VISTO el Expediente N°
S01:0152602/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el
Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 915
de fecha 28 de junio de 2010 y sus modificatorios se creó el Programa Nacional
para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario, con el
objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitar la
radicación y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas en Parques
Industriales Públicos.
Que por el Artículo 3° del
citado decreto se designó al entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO como
Autoridad de Aplicación del mencionado Programa, facultándolo a dictar la
normativa y/o reglamentación que resulte necesaria para su implementación.
Que el Artículo 14 de la
Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones
autoriza a los Ministros a delegar la resolución de asuntos relativos al
régimen económico y administrativo de sus respectivos Departamentos en los
funcionarios que determinen conforme con la organización de cada área.
Que mediante el Decreto N°
1 de fecha 4 de enero de 2016 se establecieron los objetivos de la SECRETARÍA
DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, entre los cuales se
encuentra el de estimular el asociativismo empresario mediante acciones de
apoyo económico y asistencia técnica, propendiendo a tal formación de
agrupamientos productivos con orientación sectorial.
Que en función de ello, se
propicia delegar en el señor Secretario de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN las funciones de coordinación y
ejecución del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales
Públicos en el Bicentenario, creado por el Artículo 1° del Decreto N° 915/10 y
sus modificatorios.
Que dicha delegación
resulta imprescindible a los fines de desarrollar y ejecutar los programas de
trabajo que aseguren un correcto funcionamiento del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que la presente medida no
implicará erogación adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se
dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 14 de la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, y por
el Artículo 3° del Decreto N° 915/10 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Deléganse en
el señor Secretario de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN las funciones de coordinación y ejecución del Programa Nacional para
el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario, creado por
el Artículo 1° del Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y sus
modificatorios.
ARTÍCULO 2° — La presente
resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Ing. FRANCISCO ADOLFO CABRERA, Ministro de Producción.