Resolución 16/2016
Bs. As., 01/03/2016
VISTO el Expediente CUDAP
EXP-JGM: 0002042/2016 del Registro de la Ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 13.577,
modificada por la Ley N° 20.324, los Decretos N° 674 de fecha 24 de mayo de de 1989
y N° 776 de fecha 12 de mayo de 1992, la Resolución de la Ex Empresa OBRAS
SANITARIAS DE LA NACIÓN N° 79190 de fecha 1 de agosto de 1990, la Resolución de
la Ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS N° 316 de fecha 23 de marzo de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del
Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989 indica que, todos los
establecimientos industriales y/o especiales, están obligados a presentar una
Declaración Jurada Anual conteniendo los datos especificados en las
disposiciones instrumentales del Decreto citado.
Que tanto mediante la
Resolución de la Ex Empresa OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN N° 79190 de fecha 1
de agosto de 1990, como por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 316 de fecha
23 de marzo de 2005, se estableció que dicha Declaración Jurada Anual debería
ser presentada del 1° al 30 de abril de cada año, conteniendo la información
correspondiente al año anterior.
Que a fin de simplificar y
modernizar dicho trámite se ha iniciado un proceso de informatización del
mismo, resultando conveniente revisar los plazos para la presentación de la
Declaración Jurada correspondiente al año 2015.
Que en el mismo sentido,
es pertinente a fin de un mejor ordenamiento administrativo, seccionar las
fechas para la presentación de la Declaración Jurada Anual según el número de
Clave Única de Identificación Tributaria de cada uno de los establecimientos
obligados.
Que la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se
dicta en función de las facultades otorgadas por el artículo 2° del Decreto N°
357 de fecha 21 de febrero de 2002, modificado por el Decreto N° 232 de fecha
22 de diciembre de 2015 y normas complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE
CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE
Prorróganse
excepcionalmente los plazos para la presentación de la Declaración Jurada Anual
establecida por el artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989,
correspondiente al año 2015
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróganse
excepcionalmente los plazos para la presentación de la Declaración Jurada Anual
establecida por el artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989,
correspondiente al año 2015, de acuerdo al cronograma que se detalla a
continuación:
a) Establecimientos cuyo
número de Clave Única de Identificación Tributaria terminen en 0, 1, 2, 3 o 4:
Desde el 1 al 31 de Julio de 2016.
b) Establecimientos cuyo
número de Clave Única de Identificación Tributaria terminen en 5, 6, 7, 8 o 9:
Desde el 1 al 31 de Agosto de 2016.
ARTICULO 2° — Determínase
que las pautas Instrumentales para la presentación informatizada de la
Declaración Jurada mencionada en el artículo anterior, sean comunicadas
mediante el sitio web de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
ARTICULO 3° — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y
archívese. — JAVIER URETA SAENZ PEÑA, Secretario de Control y Monitoreo
Ambiental, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.