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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decisión Nº 13 |
06/10/2003 |
Fecha: |
24/10/2003 |
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Dependencia: |
DC-13-2003-CMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
DESIGNACION DE LOS CONSULTORES
TECNICOS PARA EL SECTOR DE ASESORIA TECNICA DE
LA SECRETARIA DEL
MERCOSUR |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 01/02, 16/02 y 30/02 del Consejo
del Mercado Común y
la
Resolución 01/03 del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: |
Que
en el marco del fortalecimiento institucional del MERCOSUR los Estados Partes
decidieron comenzar el proceso de transformación de
la Secretaría
Administrativa del MERCOSUR en una Secretaría Técnica. |
Que
a fin de avanzar en ese objetivo se creó dentro de la estructura de
la Secretaría un Sector
de Asesoría Técnica, a ser integrado por cuatro Consultores Técnicos,
nombrados exclusivamente en función de su competencia y capacidad técnica en
derecho internacional y economía internacional, mediante concurso de
antecedentes y pruebas. |
Que
el Consejo encomendó a una Comisión de Selección la realización del concurso,
la que formuló la pertinente recomendación al Consejo y como resultado de
tales procedimientos fueron seleccionados los Señores Alejandro Perotti,
Deisy de Freitas Lima Ventura, Oscar Stark Robledo y Marcel Vaillant Alcalde. |
Que
de conformidad con lo dispuesto en
la Decisión N° 30/02 del Consejo del Mercado
Común, debe realizar la designación de los Consultores Técnicos para poner en
funcionamiento el Sector de Asesoría Técnica de
la Secretaría del
MERCOSUR. |
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE: |
Art.
1 — Designar como Consultores Técnicos para integrar el Sector de Asesoría
Técnica durante el período 16/10/2003-15/10/2006 a los siguientes
profesionales, |
a.
- Dr. Alejandro Perotti |
Especialidad:
Derecho |
Nacionalidad:
Argentina |
b.
- Dra. Deisy de Freitas Lima Ventura |
Especialidad:
Derecho |
Nacionalidad:
Brasileña |
c.
- Lic. Oscar Stark Robledo |
Especialidad:
Economía |
Nacionalidad:
Paraguaya |
d.
- Dr. Marcel Vaillant Alcalde |
Especialidad:
Economía |
Nacionalidad:
Uruguaya |
Art.
2 — Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los
Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento
del MERCOSUR. |
IV
CMC EXT - Montevideo, 06/X/03 |
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