Resolución 434/2014
Declárase la
caducidad del Título de Propiedad de las creaciones fitogenéticas de alfalfa
(Medicago sativa L.) de denominaciones SP 9000, SPS 5000, SPS 6500, SP 8900 y
la creación fitogenética de soja (Glycine max (L.) Meer) de denominación SPS
480, pasando a ser de uso público.
Bs. As., 29/12/2014
VISTO el Expediente N°
S05:0520179/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
y
CONSIDERANDO:
Que no se ha realizado el
pago de aranceles en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del
Título de Propiedad correspondiente a las creaciones fitogenéticas de alfalfa
(Medicago sativa L.) de denominaciones SP 9000, SPS 5000, SPS 6500, SP 8900 y
la creación fitogenética de soja (Glycine max (L.) Meer) de denominación SPS
480, conforme lo establecido por el Artículo 30 inc. e) de la Ley de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas N° 20.247 y el Artículo 36 inc. e) del Decreto N°
2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.
Que habiéndose efectuado
el reclamo fehaciente de pago y transcurrido el plazo establecido, no se ha
obtenido respuesta del titular.
Que en este sentido la
Dirección del Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA, ha emitido su Informe Técnico.
Que la Dirección de
Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención
de su competencia.
Que el suscrito es
competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el
Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado
por la Ley N° 25.845.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL
DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase
la caducidad del Título de Propiedad de las creaciones fitogenéticas de alfalfa
(Medicago sativa L.) de denominaciones SP 9000, SPS 5000, SPS 6500, SP 8900 y
la creación fitogenética de soja (Glycine max (L.) Meer) de denominación SPS
480, pasando a ser de uso público.
ARTÍCULO 2° — Publíquese,
notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro del Boletín Oficial y
archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio,
Instituto Nacional de Semillas.