DC-12-2006
CAMPAÑA DE INFORMACIÓN Y
PREVENCIÓN DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS
Cordoba, 20 de Julio de
2006
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 18/98 del Consejo del
Mercado Común y la Resolución N° 20/98 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la preocupación por
el problema creciente de la trata de personas, especialmente mujeres y
niñas/os, y la necesidad de realizar un trabajo coordinado y conjunto en esta
materia ha sido destacada en el Comunicado de los Presidentes del MERCOSUR y
Estados Asociados del 18 de junio de 2003 – Párrafo 9 -.
Que, igualmente, el
Comunicado Conjunto de los Presidentes del MERCOSUR y Estados Asociados de
fecha 20 de junio de 2005 en su párrafo 14 destaca la labor de las instancias
competentes de dicho organismo regional con miras a lograr mediante un trabajo
coordinado y conjunto el fortalecimiento de políticas para combatir este
flagelo.
Que el Plan de Acción
adoptado en la IV Cumbre de las Américas celebrada en Mar del Plata, República
Argentina, el 5 de noviembre de 2005, que tuvo como lema: “Crear Trabajo para
Enfrentar la Pobreza y Fortalecer la Gobernabilidad Democrática”; contempla la
prevención y combate a la trata de personas (Capítulo 1. “CREAR TRABAJO
DECENTE” – Letra A. “COMPROMISOS NACIONALES” – Punto 17-).
Que las “Conclusiones y
Recomendaciones de la Reunión de Autoridades Nacionales en Materia de Trata de
Personas” aprobada en la Sesión Plenaria que tuvo lugar en Isla Margarita,
República Bolivariana de Venezuela, el 17 de marzo de 2006, enfatizan la
cooperación regional e internacional para combatir este grave delito.
Que, a fin de contribuir
a la prevención de la trata de personas, especialmente mujeres y niñas/os, resulta
conveniente dirigir a la opinión pública de los Estados Partes y Asociados un
mensaje común tendiente a sensibilizar y alertar a todos los sectores de la
población como así también a difundir un mayor conocimiento de esta
problemática.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Instar a los Estados Partes y Asociados a
coordinar las iniciativas y campañas nacionales de información y prevención del
delito de trata de personas, especialmente mujeres y niñas/os, con vistas a la
realización de una campaña regional a través de medios gráficos y audiovisuales
en el ámbito del MERCOSUR y Estados Asociados.
Art. 2 - Establecer a nivel del bloque regional un Día
Contra la Trata de Personas, el cual podría coincidir con el lanzamiento de la
campaña mencionada en el artículo anterior.
Art. 3 - El seguimiento y coordinación de esta campaña
estará a cargo de la Reunión Especializada de la Mujer del MERCOSUR y contará
con la participación de todas las instancias del bloque regional que incluyen
en sus agendas el delito de trata de personas.
Art. 4 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXX CMC – Córdoba,
20/VII/06