Detalle de la norma CO-5475-2013-BCRA
Comunicación Nro. 5475 Banco Central de la República Argentina
Organismo Banco Central de la República Argentina
Año 2013
Asunto Cobros en divisas por exportaciones de bienes y servicios. Pagos a no residentes
Boletín Oficial
Fecha: 26/08/2013
Detalle de la norma
Comunicación "A" 5475

Comunicación "A" 5475

 

Circular CAMEX 1 - 716. Mercado Único y Libre de Cambios. Financiaciones del exterior. Cobros en divisas por exportaciones de bienes y servicios. Pagos a no residentes.

 

Buenos Aires, 16 de Agosto de 2013.

 

Nos dirigimos a Uds. a efectos de informarles que se ha dispuesto con vigencia a partir del 20.08.2013 inclusive, con relación a las financiaciones encuadradas en el punto 7.1. de la Comunicación “A” 5265 del 3.01.2012, modificado por la Comunicación “A” 5464 del 23.07.2013, lo siguiente:

 

“ En los casos de financiaciones del exterior comprendidas en el punto 7.1. del Anexo a la Comunicación “A” 5265, con las modificaciones dispuestas por Comunicación “A” 5464, se admitirá adicionalmente al pago de los servicios de capital e intereses de la deuda, la aplicación de los cobros en divisas por exportaciones de bienes y servicios a los pagos a no residentes por:

 

(a) primas, garantías y/o cancelaciones de contratos de cobertura de la tasa de interés del financiamiento en la medida que se trate de operaciones que tengan acceso al mercado de cambios de acuerdo a la normativa aplicable, y

 

(b) cargos por el otorgamiento de entidades del exterior de garantías de pago de la deuda, en el caso de incumplimiento del deudor.

 

En estos casos, a los efectos del cálculo de los montos máximos que se permiten acumular en el exterior, se deberán tener en cuenta los pagos a efectuar por los conceptos mencionados.

 

Cuando se incluyan este tipo de coberturas y/o garantías, en la nota a presentar ante el Banco Central prevista en el inciso e) del punto 7.1., se debe incorporar información de las cláusulas que implican la afectación en el exterior de cobros de exportaciones en garantía para la atención de estos pagos.”.

 

Saludamos a Uds. atentamente.

 

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

 

Jorge L. Rodríguez

Gerente Principal de Exterior y Cambios

 

Juan I. Basco

Subgerente General de Operaciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
CO-6037-2016-BCRA Deroga Mercado Único y Libre de Cambios
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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Relaciona CO-5464-2013-BCRA Cobros en divisas por exportaciones de bienes y servicios. Pagos a no residentes
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