COMUNICACIÓN “A” 5465
Circular CAMEX 1 - 714. Mercado
Único y Libre de Cambios. Seguimiento de los cobros de exportaciones afectados
a préstamos para proyectos de inversión.
Buenos Aires, 23 de Julio de 2013.
Nos dirigimos a Uds. a los efectos
de comunicarles que se ha dispuesto lo siguiente con relación al seguimiento de
los cobros de exportaciones afectados a préstamos para proyectos de inversión:
1. Incorporar como sección V. de la Comunicación “A” 3493 del 26 de febrero del 2002 y complementarias, lo siguiente:
V. Seguimiento de cobros de
exportaciones afectados a préstamos para proyectos de inversión en el marco de
lo previsto en el punto 7.1. de la Comunicación “A” 5265 y complementarias.
La entidad interviniente, por los
permisos de embarque comprendidos en la norma de referencia, deberá informar lo
siguiente a los efectos de registrar la ampliación del plazo de vencimiento de
la operación, por encuadrarse en lo dispuesto en el punto 7.1. de la Comunicación “A” 5265 y complementarias.
a. Código de la entidad financiera
interviniente.
b. Cuit del exportador.
c. Número de destinación de
exportación a consumo.
d. Código de moneda.
e. Valor FOB.
f. Fecha de oficialización.
g. Fecha de embarque.
i. Fecha de vencimiento para la
liquidación de las divisas.
2. A los efectos de cumplir
con lo establecido en el punto precedente las entidades financieras deberán
remitir la información según el mecanismo previsto en la Comunicación “B” 7684 y complementarias.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Jorge L. Rodríguez
Gerente Principal de Exterior y
Cambios
Juan I. Basco
Subgerente General de Operaciones