Resolución 69-2013
Bs.
As., 19/4/2013
VISTO
el Expediente Nº S05:0467968/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que
el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, ha solicitado la inscripción
de la creación fitogenética de trigo pan BIOINTA 3008, en el Registro Nacional
de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados
por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº
20.247.
Que
la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los
Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº
20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las
Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley Nº 24.376 y los Artículos 16, 18,
19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de
1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247,
para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título
de propiedad.
Que
la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas Nº 20.247, en su reunión de fecha 19 de febrero de 2013, según
Acta Nº 399, ha tomado la intervención de su competencia.
Que
la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha
dictaminado al respecto.
Que
el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo
establecido en el Artículo 9° del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de
1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO
1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el
Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247,
de la creación fitogenética de trigo pan BIOINTA 3008, solicitada por el
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA.
ARTICULO
2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título
de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.
ARTICULO
3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín
Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto
Nacional de Semillas.