Detalle de la norma IC-8-2006-DIPNPA
Instrucción Conjunta Nro. 8 Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Organismo Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros
Año 2006
Asunto Resolución Gral Nº 2021-AFIP. Aplicativos Web
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Inst. Complementarias N° 8 31/05/2006 Fecha:  
 
Dependencia: IC-8-2006-DIPNA
Tema: Aclaratoria a la Resolución ANA 2436/96, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General 2021 AFIP
Asunto: Courier
 

VISTO la Resolución General 2021 AFIP, por la cual se reglamentan los requisitos y procedimientos relativos al registro de solicitudes de importación y exportación para consumo en forma simplificada por parte de Prestadores de Servicios Postales/Courier mediante documentos electrónicos, y

CONSIDERANDO

Que a efectos de la implementación de la solicitud de destinación simplificada de exportación se han desarrollado aplicativos para ser utilizados en los circuitos operativos por el Servicio Aduanero.

Que en ese sentido resulta necesario instruir respecto a la utilización de estos aplicativos dentro de la operatoria.

Por ello,

El Director de la Direccion de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros instruye:

articulo 1° - Aprobar el ANEXO “EXPORTACION - APLICATIVOS WEB DE USO DEL SERVICIO ADUANERO” que forma parte de la presente Instrucción.

ARTICULO 2º - La Dirección de Informática Aduanera pondrá a disposición de los usuarios internos los documentos conteniendo los manuales de uso de los  aplicativos WEB indicados en el ANEXO dentro de las páginas de INTRANET de esta ADMINISTRACION FEDERAL.

ARTÏCULO 3° - A fin de subsanar cualquier inconveniente que se presente con los aplicativos, los usuarios deberán comunicarse telefónicamente con la Mesa de Ayuda de la Dirección de Informática Aduanera a los números 4347-3974 ó 4347-3936, anteponiendo el prefijo (011) si llama desde el interior, donde se coordinará una solución al caso.

ARTICULO 4º -  A los fines del registro informático de la “PRESENTACION/ANULACION” de la destinación simplificada “DSCE”, el servicio aduanero deberá operar la transacción “MPREDSUM1 – Presentación de una Declaración Sumaria”.

ARTICULO 5º - Las constancias del cumplido – Identificación del medio de transporte y Fecha de viaje en que se cumplió la exportación de cada envío - se asentarán en el documento de la solicitud de destinación simplificada de exportación para su posterior registro en el sistema una vez que se encuentre disponible el aplicativo.

Fdo. José Santiago Losada Director Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros

 

ANEXO

EXPORTACION – APLICATIVOS WEB DE USO DEL SERVICIO ADUANERO

Servicio: Courier gestion aduaneros

El Servicio contara con las siguientes operaciones para exportación:

Expo – Formulario DSCE

Permite visualizar todos los datos registrados para una declaración simplificada de exportación a partir del número de “DSCE” asignado a la misma y realizar su impresión.

Expo - Anulación de Líneas de Mercadería

Permite registrar informáticamente la anulación de las líneas de mercadería dentro un envío (documento electrónico), cuando resulte necesario como resultado de los controles efectuados por el servicio aduanero, dejando constancia de los motivos de tal anulación en el campo “Observaciones”

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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