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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Directiva Nº 23 |
11/12/2007 |
Fecha: |
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Dependencia: |
DR-23-2007-CCM |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
RÉGIMEN DE ORIGEN DEL MERCOSUR
(DEROGACIÓN DE LA DIRECTIVA CCM Nº 19/07) |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 41/03
del Consejo del Mercado Común, las
Resoluciones Nº 37/04 y 70/06 del Grupo Mercado Común y la Directiva Nº 19/07
de la Comisión de Comercio del MERCOSUR. |
CONSIDERANDO: Que la Resolución GMC Nº 37/04, al reglamentar los
Artículos 1º y 2º de la Decisión CMC Nº 41/03, previó la elaboración de una
lista por país en la cual se indicaría
la fecha en la que cada producto alcanzará el nivel de preferencia de 100%,
sin límites cuantitativos, en los cuatro Estados Partes del MERCOSUR con
relación a cada uno de los Países Andinos. |
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA: |
Art. 1 – Apruébase la lista de
ítems arancelarios prevista en el Artículo 6º de la Resolución GMC Nº 37/04 que
figura como Anexo y forma parte de la presente Directiva. |
Art. 2 – Derógase la Directiva CCM
Nº 19/07. |
Art. 3 - Solicitar a los Estados Partes que instruyan a sus
respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración
(ALADI), para que protocolicen la presente Directiva en el marco del Acuerdo
de Complementación Económica Nº 18, en los términos establecidos en la
Resolución GMC Nº 43/03. |
Art. 4 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente
Directiva a sus ordenamientos jurídicos internos antes del 1/III/2008. |
CCM (Dec.
CMC Nº 20/02, Art. 6) – Montevideo, 11/XII/07 |
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