Detalle de la norma DR-17-2008-CCM
Directiva Nro. 17 Comisión de Comercio del Mercosur
Organismo Comisión de Comercio del Mercosur
Año 2008
Asunto Reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Directiva Nº 17

05/06/2008

Fecha:

 
 

Dependencia:

DR-17-2008-CCM

Tema:

MERCOSUR

Asunto:

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentina sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Argentina, para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

 

NCM 2835.31.90 -  “Para la fabricación de detergentes en polvo por secado en torre spray”

Cantidad: 50.000 toneladas

Plazo:   12 meses

Alícuota: 2 %

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 06/X/08.

CII CCM - Montevideo, 07/VIII/08

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RC-193-2009-MP Complementa Derecho de Importación Extrazona para determinadas mercaderías comprendidas NCM
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-69-2000-GMC Razones de Abastecimiento NCM 2835.31.90
Relaciona LE-23981-1991-PLN Reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido