Decreto 1177-2012
Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha
contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación. Organigrama. Modifícase Decreto 357-2002. Deróganse Decretos 1256-2007 y 1359-2009.
Bs. As., 16/7/2012
VISTO el Expediente Nº 241/2012 del Registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, los Decretos Nros. 357 de fecha
21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 1256 de fecha 18
de septiembre de 2007, 1359 de fecha 30 de septiembre de 2009 y 22 de fecha 10
de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se
aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de
las Unidades Organizativas establecidas en el citado organigrama.
Que por el Decreto Nº 1256/07 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciéndose sus cometidos.
Que por el Decreto Nº 1359/09 se creó la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el artículo 3º del Decreto Nº 22/11 se transfirió a la órbita de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION la citada Comisión.
Que el uso indebido de drogas ilegales es uno de los más grandes retos a los
que se enfrenta el mundo en la actualidad, presente en todos los países y
afectando a todos los grupos sociales y a gente de todas las edades, cuya
magnitud y efectos ponen a prueba, entre otros, a los sistemas de salud,
enseñanza, justicia penal, bienestar social, seguridad y hasta los sistemas
económicos.
Que, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas a través de la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes Enmendada por el Protocolo de 1972, los países
deben adoptar todas las medidas posibles para prevenir el uso indebido de
estupefacientes y deben prever la identificación, tratamiento, educación,
postratamiento, rehabilitación y readaptación social de las personas afectadas.
Que, asimismo, la citada Convención indica que los Estados deben fomentar
también la formación o promover la capacitación de personal para que desempeñe
esas funciones y la investigación sobre uso indebido de estupefacientes y las
campañas públicas de prevención y mentalización.
Que, de acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico
Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, la magnitud y
tendencia creciente de la producción, la demanda y el tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas, la sostenida y creciente
penetración del tráfico en diversos grupos sociales y, particularmente, por la
utilización de niños como mercado de consumo; y los vínculos existentes entre
el citado tráfico y otras actividades delictivas organizadas; obligan a los
Estados a elaborar políticas y planificar estrategias nacionales para la
prevención, capacitación, asistencia y control de su uso y tráfico y a
coordinar su aplicación entre los distintos organismos nacionales, entre ellos
y las jurisdicciones provinciales y entre dichas jurisdicciones entre sí, a fin
de realizar una efectiva acción sobre este flagelo.
Que en el Informe de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes
correspondiente al año 2011 se indica con preocupación los niveles inusualmente
altos de consumo de estimulantes fabricados lícitamente (anorexígenos) y
benzodiazepinas en algunos países de América del Sur, y que existen indicios de
que los preparados farmacéuticos que contienen esas sustancias no sólo son
objeto de uso indebido en esos países, sino que también se pasan de contrabando
a los países vecinos.
Que, por todo lo expuesto, deviene necesario realizar la coordinación del
accionar de las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales para reducir,
aún más, el tráfico ilegal de drogas y precursores químicos.
Que esta situación conlleva efectuar una nueva conformación organizativa de los
niveles políticos de la Secretaría, a los fines de facilitar el cumplimiento de
las misiones y funciones que le competen, asegurando una más eficiente gestión
y coordinación con las otras jurisdicciones nacionales y provinciales
vinculadas con la materia, y posibilitando una más rápida respuesta a las
demandas de la sociedad.
Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico Permanente de
la Jurisdicción.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357
de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios —Organigrama de Aplicación— el
Apartado VI, correspondiente a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que quedará conformado de acuerdo con el detalle que, en
Planilla Anexa al presente artículo, forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º — Sustitúyese del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 de
fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios —Objetivos— el Apartado VI,
correspondiente a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que quedará conformado de acuerdo con el detalle que, en
Planilla Anexa al presente artículo, forma parte integrante del presente
Decreto.
Art. 3º — Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo
de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con los Organigramas, Responsabilidad Primaria y
Acciones que, como Anexos Ia, Ib, y Ic, y II, forman parte integrante del
presente Decreto.
Art. 4º — Facúltase al titular de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION a aprobar el Anexo de Dotación,
de acuerdo con los cargos aprobados por las Leyes de Presupuesto de la Administración Pública Nacional vigentes, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 5º — En el plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación
del presente decreto, el titular de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION deberá aprobar el proyecto de
estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores a las que se
aprueban por la presente medida, previendo un máximo de DIEZ (10) cargos de
conducción, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 6º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas
afectadas por el presente decreto, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que
transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con
sus respectivos niveles, grados de revista, funciones ejecutivas y suplementos
aprobados, previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Art. 7º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida
será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20 - 11 SECRETARIA
DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 8º — Derógase el Decreto Nº 1256 de fecha 18 de septiembre de 2007.
Art. 9º — Derógase el Decreto Nº 1359 de fecha 30 de septiembre de 2009.
Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M.
Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º
VI.- SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
- SUBSECRETARIA DE CONTROL DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS.
- SUBSECRETARIA DE PREVENCION, CAPACITACION Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES.
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y COOPERACION INTERNACIONAL.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2º
VI.- SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
OBJETIVOS:
1. Elaborar políticas y planificar estrategias nacionales para la prevención,
capacitación y control del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes
y sustancias psicotrópicas, velando por el cumplimiento de la legislación
nacional e internacional sobre la materia.
2. Entender en la aplicación de políticas y estrategias para la prevención,
capacitación y asistencia por el uso indebido de estupefacientes y sustancias
psicotrópicas con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y
el MINISTERIO DE EDUCACION, entre otras dependencias.
3. Entender en la aplicación de políticas, estrategias y acciones para el control
del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias
psicotrópicas con el MINISTERIO DE SEGURIDAD, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el MINISTERIO DE
DEFENSA y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entre otras
dependencias.
4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención,
capacitación, asistencia y control del uso indebido y el tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas con los gobiernos provinciales,
brindando asistencia técnica a fin de homogeneizar las actividades, maximizar
los recursos y generar espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de
información.
5. Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACION y el MINISTERIO PUBLICO las
acciones necesarias para la prevención y la lucha contra el uso indebido y el
tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, brindando
asistencia técnica en causas penales.
6. Coordinar con el PODER LEGISLATIVO DE LA NACION las acciones necesarias para
la prevención y la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas, promoviendo y brindando asistencia
técnica en el análisis y la elaboración de proyectos legislativos.
7. Intervenir, representando al Gobierno Nacional como parte querellante, en
las investigaciones criminales que se realicen en el marco de la Ley Nº 23.737, de acuerdo con su relevancia, y de conformidad con las instrucciones
impartidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
8. Participar en la capacitación de los recursos humanos de las fuerzas de
seguridad y otras instituciones nacionales sobre la temática específica de
prevención y control del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas.
9. Elaborar planes y programas de acción para el control de precursores y
sustancias químicas utilizables para la producción de drogas ilícitas, el uso
indebido de sustancias lícitas o su desvío para el mercado de drogas ilícitas.
10. Ejercer la presidencia alterna de la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450, prestándole el apoyo técnico administrativo necesario para su funcionamiento.
11. Participar en el diseño y aplicación de estrategias y acciones para la
prevención de las actividades relacionadas con el blanqueo de activos
financieros vinculados con el tráfico y comercialización de estupefacientes, de
acuerdo con la Ley Nº 25.246, proponiendo la designación del vocal en
representación de la Secretaría.
12. Representar al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos
especializados en la materia, implementando el cumplimiento de los tratados
internacionales suscriptos y coordinando con el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO la centralización de la información específica y la
documentación técnica respectiva.
13. Centralizar la recopilación general de datos y de información especializada
acerca de todos los aspectos involucrados en el fenómeno, analizando la
evolución y tendencias de la producción, tráfico ilícito y uso indebido de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas y problemas relacionados, a nivel
provincial, nacional, regional e internacional, a fines de implementar un
sistema de información y de alerta temprana nacional y federal, que provea
información válida, confiable, suficiente y actualizada para la elaboración de
Políticas Públicas.
14. Coordinar las actividades de investigación técnico-científico, normativa y
social, a nivel nacional, provincial y municipal, identificando los modelos y
metodologías para los procesos de intervención en esta materia.
15. Presidir el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las
Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO).
16. Designar oficiales de enlace, a propuesta de los titulares de las
diferentes jurisdicciones de la Administración Pública Nacional o Provincial, destinados a cumplir funciones de consulta o
coordinación con los respectivos organismos de origen.
17. Impulsar la creación de unidades regionales a los fines de facilitar el
cumplimiento de las misiones y funciones de la Secretaría a nivel federal.
SUBSECRETARIA DE CONTROL DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario en la elaboración de políticas nacionales y
planificación de estrategias contra la producción, el tráfico y la
comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y para el
control de los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción
de drogas ilícitas.
2. Coordinar la aplicación de políticas, estrategias y acciones para el control
del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias
psicotrópicas con el MINISTERIO DE SEGURIDAD, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el MINISTERIO DE
DEFENSA y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entre otras
dependencias.
3. Coordinar las políticas y estrategias para el control del uso indebido y el
tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con los gobiernos
provinciales brindando asistencia técnica, a fin de homogeneizar las
actividades y maximizar los recursos, generando espacios de discusión, trabajo
conjunto e intercambio de información.
4. Asistir al Secretario en su relación con el PODER JUDICIAL DE LA NACION y el
MINISTERIO PUBLICO para desarrollar las acciones necesarias para la prevención
y la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas, brindando asistencia técnica en causas penales.
5. Asistir al Secretario en su relación con el PODER LEGISLATIVO DE LA NACION
brindando asistencia técnica en el análisis y la elaboración de proyectos
legislativos, vinculados a la temática.
6. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional, como parte
querellante, en las investigaciones criminales que se realicen en el marco de la Ley Nº 23.737, de acuerdo con su relevancia, y de conformidad con las instrucciones
impartidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
7. Realizar estadísticas relacionadas con la producción, el tráfico y la
comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y con el control
de los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas
ilícitas, brindando la información obtenida al Observatorio Argentino de
Drogas, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y COOPERACION INTERNACIONAL.
8. Coordinar la implementación del “Plan Federal de Prevención Integral de la
Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” de acuerdo con el
Decreto Nº 623/96, en lo referente a las materias de su competencia.
9. Asistir al Secretario en la elaboración de planes y programas de acción para
el control de precursores y sustancias químicas utilizables para la producción
de drogas ilícitas, el uso indebido de sustancias lícitas o su desvío para el
mercado de drogas ilícitas.
10. Coordinar y supervisar el funcionamiento del Registro Nacional de
Precursores Químicos.
11. Realizar actividades de investigaciones técnico-científicas, normativas y
sociales, a nivel nacional, provincial y municipal, identificando los modelos y
metodologías para los procesos de intervención en esta materia.
12. Asistir al Secretario en el diseño y aplicación de estrategias y acciones
para la prevención de las actividades relacionadas con el blanqueo de activos
financieros relacionados con el tráfico y comercialización de estupefacientes,
de acuerdo con la Ley Nº 25.246, proponiendo al oficial de enlace previsto en
el artículo 12 de la citada Ley.
13. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional en las
reuniones y decisiones de los organismos especializados en la materia,
implementando, dentro de su Competencia, el cumplimiento de los tratados
internacionales suscriptos y coordinando con el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO la centralización de la información específica y la
documentación técnica respectiva.
14. Asistir al Secretario en el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia
de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO) en la materia de su
competencia.
15. Participar en las reuniones de la Comisión Mixta de Control de las Operatorias Relacionadas con el Lavado de Dinero del Narcotráfico, Ley Nº 24.450.
SUBSECRETARIA DE PREVENCION, CAPACITACION Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario en la elaboración de las políticas nacionales y la
planificación de estrategias para la prevención, capacitación y asistencia
relacionadas con el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
2. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención
del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el
MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE
EDUCACION, entre otros organismos nacionales, apuntando al trabajo
interministerial con especial énfasis en el desarrollo de intervenciones
comunitarias territoriales con poblaciones vulnerables.
3. Coordinar, orientar, supervisar e implementar planes y programas de carácter
nacional, referentes a la prevención, tratamiento, rehabilitación, reinserción
y acción social en el campo del uso indebido de drogas, alcohol y sustancias
psicotrópicas en todo el ámbito del país, con la cooperación y la búsqueda del
consenso de organismos gubernamentales y no gubernamentales con el MINISTERIO
DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE EDUCACION,
entre otros organismos nacionales, y con Organismos no Gubernamentales,
determinando prioridades y lineamientos de trabajo.
4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la asistencia
por el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el
MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, entre otros
organismos nacionales.
5. Coordinar con los gobiernos provinciales las actividades de prevención, capacitación
y asistencia por el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas brindando la asistencia técnica pertinente.
6. Coordinar la implementación del “Plan Federal de Prevención Integral de la
Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” de acuerdo con el
Decreto Nº 623/96 en lo referente a las materias de su competencia.
7. Realizar estadísticas epidemiológicas relacionadas con la prevalencia,
incidencia y consumo de sustancias psicoactivas, brindando la información
obtenida al Observatorio Argentino de Drogas dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y COOPERACION INTERNACIONAL.
8. Planificar, programar y ejecutar el Plan Nacional de Capacitación de los
Recursos Humanos para la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y sus
Delitos Conexos dentro del “Plan Federal de Prevención de la Drogadependencia y
de Control del Tráfico Ilícito de Drogas”.
9. Asistir al Secretario, como representante del Gobierno Nacional, en las
reuniones y decisiones de los organismos especializados en la prevención,
capacitación y asistencia por el uso indebido y el tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
10. Asistir al Secretario en el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia
de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO) en la materia de su
competencia.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y COOPERACION INTERNACIONAL
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional en las
reuniones de los organismos especializados en la materia, implementando el
cumplimiento de los tratados internacionales suscriptos y coordinando con el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO la centralización de la información
específica y la documentación técnica respectiva.
2. Asistir al Secretario en la política y cursos de acción a seguir en materia
de cooperación internacional y realizar el control de la instrumentación de las
acciones de cooperación internacional establecidas y sus alternativas de
financiación.
3. Realizar el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales e
internacionales suscriptos por la Secretaría, informando periódicamente su
situación.
4. Realizar la centralización y recopilación general de datos, y la difusión de
información especializada acerca de los aspectos involucrados en el fenómeno,
analizando la evolución y tendencias de la producción, tráfico ilícito y uso
indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y los problemas
relacionados, a nivel provincial, nacional, regional e internacional,
implementando un sistema de alerta temprana, que provea información válida,
confiable, suficiente y actualizada a través del Observatorio Argentino de
Drogas, para la elaboración de Políticas Públicas.
5. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión económica, financiera,
patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento, administración de bienes
muebles e inmuebles y de servicios de la Secretaría.
6. Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos para
asegurar la eficiencia y dinámica de los servicios de la Secretaría.
7. Entender y planificar las acciones relativas a la gestión y administración
de las tecnologías de la información y las comunicaciones de la Secretaría.
8. Asegurar el asesoramiento jurídico permanente sobre aspectos específicos y
funcionales de la Secretaría.
9. Asistir al Secretario en la apoyatura administrativa, técnica y legal del
Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del
Narcotráfico (COFEDRO) y de la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450.
ANEXO Ia
ANEXO Ib
ANEXO Ic
ANEXO II
SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno
incorporado a la organización de la Secretaría, privilegiando las pautas
dictadas por la economía, eficiencia y eficacia, coordinando su accionar con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
ACCIONES:
1. Establecer la planificación de la Auditoría Interna de la Secretaría, conforme a las normas generales de Control Interno y
Auditoría Interna.
2. Elaborar el Plan General y el Plan Anual de Auditoría Interna.
3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos
determinados por la autoridad superior.
4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del
Sistema de Control Interno.
5. Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquéllos de significativa
trascendencia económica. Informar acerca de ellos y formular las
recomendaciones que correspondan a cada observación.
6. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Secretaría se cumplen los
principios contables y niveles presupuestarios de la normativa vigente.
7. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración
de los informes y/o estados informativos contables.
8. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo
adoptadas para su protección.
9. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo
contable emitido por las unidades ejecutoras.
10. Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros
controles practicados.
11. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u
observaciones que se formulen.
12. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
13. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
SUBSECRETARIA DE CONTROL DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
DIRECCION NACIONAL DE ANALISIS Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en la planificación y ejecución de los planes y
programas de acción conjunta contra el tráfico y comercialización de sustancias
psicoactivas, sus delitos conexos y el desvío de precursores químicos,
coordinando su implementación con los Poderes Legislativo y Judicial, las
Fuerzas de Seguridad y Policiales y demás organismos en las materias de su
competencia. Efectuar el análisis y elaboración de proyectos de legislación
específicos e investigaciones, y fiscalizar la producción y comercialización de
precursores químicos en el territorio nacional, realizando las acciones
necesarias para evitar su desvío hacia canales ilícitos.
ACCIONES:
1. Elaborar y coordinar el “Plan Federal de Prevención de la Drogadependencia y
de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” y los programas consecuentes en lo
relativo a acciones contra el tráfico y comercialización de sustancias
psicoactivas, sus delitos conexos y el desvío de precursores químicos.
2. Participar en la elaboración de planes y programas de acción conjunta contra
la producción, el tráfico y la comercialización ilícita de sustancias psicoactivas,
sus delitos conexos y el desvío de precursores químicos.
3. Requerir a los organismos competentes, recopilar y almacenar, a nivel
nacional, los datos relativos a los delitos relacionados con la tenencia,
producción y tráfico ilícito de sustancias psicoactivas, sus delitos conexos y
el desvío de precursores químicos.
4. Responder a los requerimientos que efectúen los organismos internacionales
especializados en materia de tráfico ilícito de drogas, sus delitos conexos y
el desvío de precursores químicos.
5. Efectuar investigaciones técnicas referidas a las modalidades delictivas,
diseñando planes para evitar su extensión a través del desarrollo de
procedimientos idóneos para combatirlas.
6. Establecer criterios de evaluación de impacto de los planes y programas de
acción conjunta contra el tráfico y comercialización de sustancias
psicoactivas, sus delitos conexos y el desvío de precursores químicos
desarrollados, y promover la investigación y evaluación de resultados en el
campo del control del narcotráfico, en articulación con el Observatorio
Argentino de Drogas.
7. Fortalecer la cooperación entre organismos de seguridad nacionales y
extranjeros en materia de controles fronterizos.
8. Asistir a la Subsecretaría en la coordinación con los Poderes Legislativo y
Judicial, con las Fuerzas de Seguridad y Policiales nacionales y provinciales y
con el Ministerio Público, en las acciones destinadas a la lucha contra el
narcotráfico, sus delitos conexos y el desvío de precursores químicos.
9. Realizar el seguimiento y evaluación de las políticas de lucha contra el
narcotráfico, sus delitos conexos y el desvío de precursores químicos.
10. Atender los compromisos internacionales relacionados con la planificación y
control del tráfico ilícito de sustancias psicoactivas, sus delitos conexos y
el desvío de precursores químicos.
11. Asesorar al Subsecretario de Control de Sustancias Psicoactivas en los
asuntos vinculados con la Comisión Mixta de Control de las Operaciones
Relacionadas con el Lavado de Dinero del Narcotráfico - Ley Nº 24.450.
DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Organizar el Registro Nacional de Precursores Químicos previsto en el artículo
44 de la Ley Nº 23.737, y otorgar la autorización estatal para la legítima
tenencia, utilización, producción, fabricación, extracción, preparación,
transporte, almacenamiento, comercialización, exportación, importación,
distribución o cualquier tipo de transacción con sustancias o productos
químicos autorizados y que, por sus características o componentes, puedan
servir de base o ser utilizados en la elaboración de estupefacientes.
ACCIONES:
1. Efectuar las tareas registrales necesarias para el cumplimiento de las
funciones establecidas en la Ley Nº 26.045, y demás normas dictadas en
consecuencia, respecto de todos aquellos sujetos contemplados en el artículo 8º
de la misma.
2. Llevar un registro completo, fidedigno y actualizado respecto de las
transacciones de importación y exportación autorizadas por la Secretaría,
relativas a precursores químicos contemplados en la Ley Nº 26.045.
3. Resolver sobre las autorizaciones de importación o exportación de
precursores químicos, controlar el destino legítimo de las sustancias
consideradas tales por el Decreto Reglamentario de la Ley Nº 26.045, y disponer, cuando proceda, la aplicación de los procedimientos allí
establecidos.
4. Recepcionar la información referida a transacciones de precursores químicos
que realicen todos aquellos sujetos contemplados en el artículo 8º de la Ley Nº 26.045.
5. Enviar y recibir las notificaciones previas establecidas en el artículo 12,
párrafo 10, inciso a), de la Convención de las Naciones Unidas Contra el
Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988.
6. Efectuar el análisis de la información recibida en virtud de las previsiones
de la Ley Nº 26.045, a fin de procurar la inclusión en el régimen de
fiscalización de los sujetos alcanzados por dicha normativa, como así también
evitar el desvío de sustancias químicas controladas a canales ilícitos.
7. Sustanciar y resolver las actuaciones administrativas labradas en orden a
las previsiones de la Ley Nº 26.045 y demás normas dictadas en su consecuencia.
8. Llevar a cabo, en todo el territorio nacional, las inspecciones dispuestas
en virtud de lo establecido por el artículo 12, inciso n), de la Ley Nº 26.045.
DIRECCION DE ARTICULACION CON EL PODER JUDICIAL Y EL MINISTERIO PUBLICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Promover la colaboración e interacción con los órganos judiciales y del
MINISTERIO PUBLICO en la persecución penal de los delitos relacionados con las
Leyes Nros. 23.737 y 26.045.
ACCIONES:
1. Elaborar, analizar y promover proyectos de normas jurídicas referidas a la
competencia de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
2. Entender en todo lo relativo a la colaboración de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION con los órganos judiciales y con
el MINISTERIO PUBLICO para el ejercicio de las acciones pertinentes, en la
persecución penal de los delitos reprimidos por la Ley Nº 23.737, cuando éstos así lo requieran.
3. Elaborar, analizar y promover proyectos de normas jurídicas referidas a la
competencia de la SUBSECRETARIA DE CONTROL DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS.
4. Entender en todo lo relativo a la colaboración de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION con los órganos judiciales y con
el MINISTERIO PUBLICO para el ejercicio de las acciones pertinentes, en la
persecución penal de los delitos reprimidos por las Leyes Nros. 23.737 y
26.045, cuando éstos así lo requieran.
5. Participar en la elaboración de los proyectos de denuncias criminales y
demás presentaciones judiciales relacionadas con los delitos reprimidos por las
Leyes Nros. 23.737 y 26.045, en coordinación con la Dirección de Asuntos Jurídicos.
SUBSECRETARIA DE PREVENCION, CAPACITACION Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES
DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DE LAS ADICCIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en el diseño, ejecución y supervisión de los
programas y planes de carácter nacional, previstos en el “Plan Federal de
Prevención de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas”
referentes a la prevención en el campo del consumo de sustancias
psicoactivas en todo el ámbito del país, con la cooperación y la búsqueda del
consenso con organismos gubernamentales y no gubernamentales.
ACCIONES:
1. Asistir a la Subsecretaría en el diseño, supervisión y ejecución de los
planes y programas de carácter nacional previstos en el “Plan Federal de
Prevención de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas”
referentes a la acción social en el campo del consumo de sustancias
psicoactivas, implementando en particular lo establecido por el “Documento
Estrategia Antidrogas en el Hemisferio” de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de los Estados
Americanos (CICAD/OEA).
2. Coordinar y ejecutar las actividades y programas de prevención e
investigación a nivel nacional, provincial y municipal, identificando los
modelos y metodologías de avanzada para los procesos de intervención social en
materia de prevención.
3. Coordinar la generación de actividades de sensibilización de la población, a
través de medios masivos de comunicación, con organismos nacionales, provinciales,
municipales e instituciones de la sociedad civil.
4. Asesorar técnicamente en la implementación de medidas preventivas a las
autoridades competentes de los ámbitos nacional, provincial y municipal.
5. Establecer criterios de evaluación de impacto de las campañas desarrolladas,
y promover la investigación y evaluación de resultados en el campo de la
prevención, en articulación con el Observatorio Argentino de Drogas.
6. Monitorear los planes de prevención en las distintas jurisdicciones, sugiriendo
modificaciones necesarias para asegurar la correspondencia con las políticas
del Plan Federal.
7. Participar en seminarios, congresos y otros encuentros de carácter
internacional vinculados con su cometido, promover la realización de tales
actividades en nuestro país y elaborar material documental de fomento exterior
a las acciones que en tal sentido realice el gobierno nacional.
8. Atender los compromisos internacionales relacionados con la prevención en
materia de drogadependencia.
9. Mantener una fluida relación con el Consejo Federal para la Prevención de la
Drogadicción y Represión del Narcotráfico y los estados provinciales, brindando
información para la toma de decisiones, articulando los recursos de prevención
locales.
10. Ampliar y mantener actualizado el Centro de Documentación específica.
11. Confeccionar y divulgar en Universidades y Foros Científicos nacionales e
internacionales los estudios y evaluaciones llevados a cabo en materia de
prevención.
12. Establecer vínculos institucionales con el sector público de Salud y
Seguridad Social, como, asimismo, con los Organismos No Gubernamentales y el
Sector Privado, para coordinar las políticas en la materia.
DIRECCION NACIONAL DE CAPACITACION SOBRE ADICCIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en el diseño, ejecución y supervisión de los planes
de carácter nacional, previstos en el “Plan Federal de Prevención de la
Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” referentes a la
capacitación en el campo del consumo de sustancias psicoactivas en todo el
ámbito del país, con la cooperación y la búsqueda del consenso con organismos
gubernamentales y no gubernamentales.
ACCIONES:
1. Asistir a la Subsecretaría en el diseño, supervisión y ejecución de los
planes y programas de carácter nacional previstos en el “Plan Federal de
Prevención de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas”
referentes a la capacitación en el campo del consumo de sustancias
psicoactivas, implementando en particular lo establecido por el “Documento
Estrategia Antidrogas en el Hemisferio” de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de los Estados
Americanos (CICAD/OEA).
2. Coordinar y ejecutar las actividades y programas de docencia y formación de
recursos humanos a nivel nacional, provincial y municipal, identificando los
modelos y metodologías de avanzada para los procesos de intervención social en
materia de prevención, asistencia e inclusión social, adaptados a las
necesidades y características locales.
3. Diseñar e implementar planes de capacitación de recursos humanos a nivel
nacional, provincial y municipal, transfiriendo conocimientos mediante
modalidades de carácter presencial, semipresencial y/o a distancia.
4. Monitorear los planes de capacitación en las distintas jurisdicciones,
sugiriendo modificaciones necesarias para asegurar la correspondencia con las
políticas del Plan Federal.
5. Participar en seminarios, congresos y otros encuentros de carácter
internacional vinculados con su cometido, y promover la organización y
realización de tales actividades en nuestro país.
6. Elaborar material documental de difusión de la temática, dirigido tanto a
ámbitos profesionales, como público en general.
7. Atender los compromisos internacionales relacionados con la capacitación en
materia de drogadependencia.
8. Mantener una fluida relación con el Consejo Federal para la Prevención de la
Drogadicción y Represión del Narcotráfico y los estados provinciales, brindando
información para la toma de decisiones, articulando los recursos de
capacitación locales.
9. Establecer vínculos institucionales con el sector público de Salud y
Seguridad Social, como asimismo con los Organismos No Gubernamentales y el
Sector Privado, para coordinar las políticas en la materia.
DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y REINSERCION SOCIAL POR ADICCIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en el diseño, supervisión y coordinación de los
programas y planes de carácter nacional previstos en el “Plan Federal de
Prevención de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas”,
referentes a la orientación, tratamiento, rehabilitación, reinserción y acción
social en el campo del consumo de sustancias psicoactivas en todo el ámbito del
país, con la cooperación y búsqueda del consenso de organismos gubernamentales
y no gubernamentales.
ACCIONES:
1. Asistir a la Subsecretaría en el diseño y supervisión de los planes y
programas de carácter nacional previstos en el “Plan Federal de Prevención de
la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” referentes a la
orientación, tratamiento, rehabilitación, reinserción y acción social en el
campo del uso indebido de sustancias psicoactivas, implementando en particular
lo establecido por el “Documento Estrategia Antidrogas en el Hemisferio” de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de los Estados
Americanos (CICAD/OEA).
2. Desarrollar protocolos de intervención en tareas de orientación, urgencia
toxicológica, tratamiento, rehabilitación, reinserción e intervención
comunitaria, estableciendo acuerdos de implementación en los distintos niveles
asistenciales.
3. Establecer criterios, estándares y normas de calidad asistencial para las
instituciones públicas y privadas con régimen residencial o semiresidencial,
realizando un esquema de control y supervisión en coordinación con el
MINISTERIO DE SALUD.
4. Aportar datos al Observatorio Argentino de Drogas para desarrollar
estadísticas sobre resultados de la ejecución de los programas y planes
federales asistenciales, estableciendo las líneas de investigación necesarias.
5. Asesorar a las autoridades competentes del ámbito nacional, provincial y
municipal respecto de las acciones que corresponda emprender, coordinadamente,
para el adecuado cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a medidas
asistenciales y curativas del consumo de sustancias psicoactivas.
6. Establecer vínculos institucionales con el sector público de Salud y
Seguridad Social, como asimismo con los Organismos No Gubernamentales y el
Sector Privado, para coordinar las políticas en la materia.
7. Coordinar la difusión de la normativa legal vigente, referida a medidas
asistenciales y curativas del consumo de drogas, para lograr su efectivo
cumplimiento.
8. Coordinar la programación y planificación de acciones y programas que
tiendan a la atención integral de las personas en recuperación por el uso
indebido de sustancias psicoactivas, en todo el territorio nacional.
9. Supervisar los Registros Nacionales de Instituciones avocadas a la
problemática del uso indebido de drogas y alcohol.
10. Atender los compromisos internacionales relacionados con la asistencia que
la Nación brinda en materia de drogadependencia.
11. Confeccionar y divulgar en Universidades y Foros Científicos nacionales e
internacionales los estudios y evaluaciones llevados a cabo en materia de
asistencia y reinserción social.
12. Organizar un Servicio de Orientación Telefónica nacional como herramienta
de información de los recursos asistenciales preventivos y mantener una base de
datos actualizada de los mismos a nivel nacional.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y COOPERACION INTERNACIONAL
DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asegurar la recepción y salida de la documentación administrativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la proveniente de otras
jurisdicciones ministeriales, Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACION, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y organismos descentralizados o
dirigida a los mismos, recibir y despachar la documentación de particulares,
efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la Secretaría,
cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos
administrativos.
ACCIONES:
1. Coordinar la recepción, registro, tramitación, protocolización y
notificación de expedientes y proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas, mensajes y leyes, convenios, acuerdos y resoluciones del
Secretario y disposiciones de los Subsecretarios, así como toda la
documentación destinada al Secretario, teniendo la misma responsabilidad
respecto de las Disposiciones de los Directores Nacionales y Directores
Generales de la Secretaría.
2. Coordinar el giro de la documentación a las distintas áreas conforme la
responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas, controlando el
cumplimiento de los plazos de tramitación.
3. Coordinar, según corresponda, la publicación de las normas en el Boletín
Oficial.
4. Certificar las firmas de funcionarios de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
5. Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar al
Subsecretario de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional,
cuando éste lo requiera.
6. Brindar información a los que acrediten condición de parte, apoderado o
letrado patrocinante acerca del estado de tramitación de los expedientes.
7. Coordinar el registro y guarda de los expedientes y resoluciones del
Secretario y las disposiciones de los Subsecretarios, Directores Nacionales y
Directores Generales de la Secretaría, así como proceder a la protocolización
de las resoluciones y disposiciones indicadas.
8. Elaborar planillas de seguimiento y control de gestión administrativa de los
trámites para información del Secretario, Jefe de Gabinete de la Unidad Secretario y Subsecretarios de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
9. Efectuar tareas relativas al despacho del Secretario elevando para su
intervención todos aquellos proyectos que se encuentren analizados desde el
punto de vista técnico legal y que requieran su firma o refrendo.
10. Asistir a la superioridad en el control de los proyectos, desde el punto de
vista formal y formular las observaciones pertinentes que pudieren
corresponder, ello de acuerdo con la normativa legal vigente.
DIRECCION NACIONAL DEL OBSERVATORIO ARGENTINO DE DROGAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asegurar a los organismos de decisión, nacionales e internacionales, la
disponibilidad de datos válidos y suficientes para la evaluación de la
situación nacional en materia de sustancias adictivas, apoyando y coordinando
la producción de información en diferentes organizaciones del Estado y de la
sociedad civil dedicadas a la temática.
ACCIONES:
1. Entender en la coordinación, recolección, sistematización y análisis de la
información disponible en diferentes fuentes nacionales e internacionales,
organismos gubernamentales y no gubernamentales ligados a la problemática del
consumo-abuso y tráfico ilícito de drogas, y en la articulación específica con
los organismos provinciales que conforman el CONSEJO FEDERAL PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y REPRESION DEL NARCOTRAFICO, para promover las metodologías de
recolección de información adecuadas y los registros necesarios.
2. Evaluar la prevalencia e incidencia del uso indebido de drogas, los patrones
de uso-abuso y tendencias.
3. Realizar estudios sobre la población asistida por problemas de uso indebido
de drogas y de la oferta sanitaria existente.
4. Promocionar la estrategia comunitaria de “ventanas epidemiológicas”,
coordinando su implementación y funcionamiento.
5. Coordinar con la SUBSECRETARIA DE CONTROL DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS la
implementación de estudios e informes que integren los indicadores de la
problemática del uso-abuso de sustancias psicoactivas y del tráfico ilícito de
drogas.
6. Coordinar con la SUBSECRETARIA DE PREVENCION, CAPACITACION Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES la implementación de estudios e informes para el diseño y
evaluación de programas de intervención en la materia.
7. Promocionar diversas investigaciones y estudios sobre aspectos relevantes
relacionados con la problemática del uso indebido de drogas.
8. Difundir información a través de la publicación de informes periódicos.
9. Colaborar con el OBSERVATORIO INTERAMERICANO SOBRE DROGAS (OID), con los
países de América Latina y con el OBSERVATORIO EUROPEO DE DROGAS Y LAS
TOXICOMANIAS a fin de optimizar la comparabilidad de la información disponible.
10. Participar en el desarrollo y/o implementación de programas multilaterales
(MERCOSUR-UNASUR) vinculados a los temas de incumbencia del Observatorio.
11. Asesorar a instancias políticas e institucionales acerca de las prioridades
existentes en materia de drogas y las posibles medidas a adoptar.
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en el diseño de la política presupuestaria de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y en la evaluación de su
cumplimiento y administrar las políticas y la aplicación de las normas que
regulan al personal de la Secretaría, su carrera administrativa, capacitación y
desarrollo, las relaciones laborales y el servicio de medicina del trabajo y de
higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de
productividad y satisfacción laboral y la calidad en las prestaciones de los
servicios a cargo de la Secretaría.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria de las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio
financiero.
2. Elaborar y proponer el anteproyecto de presupuesto de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
3. Asistir al Subsecretario en la realización de los trámites administrativos
necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y de todo otro insumo necesario para las unidades ejecutoras de
las distintas categorías programáticas, con miras al cumplimiento de los
objetivos y metas de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
4. Programar, controlar y asistir al Subsecretario del área en la coordinación,
monitoreo y supervisión de las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas
con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, y de
Control de gestión de los distintos servicios administrativos financieros y de
las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
5. Formular el plan anual y la programación trimestral de las compras y
contrataciones de bienes y servicios.
6. Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe
por el régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional, así como también en la elaboración, modificación y rescisión
de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.
7. Entender en las actividades relativas a la administración, el manejo y la
custodia de fondos y valores, como así también en todo lo relacionado con las
registraciones contables y presupuestarias, la preparación de balances, estados
de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos.
8. Desarrollar y coordinar los procesos administrativos, flujos de información
y procedimientos, proponiendo las modificaciones acordes a las necesidades de
gestión.
9. Administrar y coordinar el procedimiento de viáticos, movilidad y pasajes de
acuerdo con la normativa vigente.
10. Administrar y supervisar la utilización del Fondo Rotatorio y asegurar la
rendición oportuna de los fondos utilizados.
11. Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la
calidad de los servicios y unidades a cargo de la Secretaría.
12. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales de
maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y el mantenimiento del
edificio y bienes de la Secretaría e intervenir en la definición de los
lineamientos para la utilización racional de los espacios físicos.
13. Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de
suministros.
14. Asistir al Subsecretario en la aplicación de la política de recursos
humanos, organización y sistemas administrativos de la Secretaría.
15. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la
aplicación de las herramientas de administración de recursos humanos, aplicando
los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.
16. Dirigir y optimizar la gestión de las actividades inherentes al desarrollo
de la carrera administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño,
promoción y capacitación.
17. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y
proponer las políticas y medidas pertinentes.
18. Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de condiciones
y medio ambiente del trabajo.
19. Asegurar el mantenimiento y actualización de los legajos únicos del
personal y las bases de datos correspondientes.
20. Mantener las relaciones laborales con los representantes gremiales,
administrando los acuerdos resultantes de convenios y negociaciones colectivas.
21. Coordinar la prestación del servicio médico de la Secretaría.
22. Coordinar la elaboración y análisis de los proyectos de estructura de la
Secretaría.
DIRECCION DE INFORMATICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir y optimizar la utilización de tecnologías de la información y las
comunicaciones de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, asegurando la eficiente utilización de los sistemas y herramientas
informáticas de la Secretaría.
ACCIONES:
1. Elaborar anualmente el plan de tecnologías de la información y las
comunicaciones de la Secretaría.
2. Verificar en la Jurisdicción el cumplimiento de las normas legales y de las
políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional.
3. Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de las tecnologías
de la información y las comunicaciones de la Secretaría, incluyendo el
establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos,
controlando periódicamente su funcionamiento.
4. Coordinar y promover el desarrollo y la administración de los sistemas
informáticos de la Secretaría y el establecimiento de un sistema integral de
información.
5. Brindar el apoyo y la atención a usuarios de servicios informáticos y la
investigación y el análisis e implementación de las nuevas tecnologías del
mercado.
6. Conducir todas las actividades vinculadas al uso de las tecnologías de la
información y las comunicaciones en la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
7. Entender en los procesos de incorporación, modificación o eliminación de
tecnologías de la información y las comunicaciones en la Secretaría.
8. Articular las relaciones con las áreas informáticas de las fuerzas
policiales y de seguridad nacionales y de las fuerzas policiales provinciales a
fin de compatibilizar los sistemas de información vigentes.
9. Participar en las actividades del Foro de Responsables Informáticos de las
Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, coordinado por la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el fin de coordinar y potenciar los distintos
esfuerzos tendientes a optimizar un mejor aprovechamiento de las nuevas
tecnologías de la información y las comunicaciones aplicadas a la gestión
pública.
DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Prestar asesoramiento técnico-jurídico, como Delegación del Cuerpo de Abogados
del Estado, y representar al Estado Nacional en todos aquellos procesos
judiciales en los que deba intervenir la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ACCIONES:
1. Ejercer el control de legalidad en los proyectos de resoluciones y
disposiciones de los funcionarios de la Secretaría.
2. Elaborar la información técnico-jurídica que le sea requerida.
3. Ejercer el patrocinio y la representación judicial del Estado Nacional,
cuando las causas involucren a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, determinando los letrados que deberán actuar e impartiéndoles las
instrucciones que fueren pertinentes.
4. Asistir a los delegados del Cuerpo de Abogados del Estado, con sede en el
interior del país, en los casos relacionados con asuntos del área, para la
mejor defensa de los intereses del Estado Nacional.
5. Emitir dictámenes a requerimiento de las dependencias de la Secretaria,
conforme la normativa vigente.
6. Dictaminar en las actuaciones en la que se substancien recursos
administrativos contra actos emanados de la Secretaría.
7. Intervenir en todas las cuestiones extrajudiciales en materia contractual y
extracontractual atinentes a la Secretaría.
8. Intervenir en la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los
convenios y acuerdos en los que sea parte la Secretaría, relativos a su
competencia.
9. Sustanciar los sumarios administrativos en los que deba investigarse la
responsabilidad patrimonial o disciplinaria de los agentes de la Secretaría.
10. Supervisar la gestión de las notificaciones y tramitar los oficios
correspondientes a la Jurisdicción librados por los distintos fueros.
11. Organizar y llevar un repertorio de legislación, jurisprudencia y doctrina
sobre las materias concernientes al cumplimiento de sus funciones; y organizar
la biblioteca jurídica de la Asesoría.
12. Organizar y llevar un registro de dictámenes y comunicar a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION las resoluciones administrativas o judiciales recaídas en
aquellos casos que revistan importancia y que puedan servir de base para la
formación de una jurisprudencia administrativa.
13. Intervenir en todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, a la FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.
DIRECCION DE COOPERACION NACIONAL E INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en el diseño de la política de cooperación y
financiamiento internacional, estableciendo los nexos pertinentes con los
organismos de cooperación técnica internacional o multilaterales de crédito
para el desarrollo de proyectos o programas en temas de su incumbencia.
ACCIONES:
1. Coordinar con las Subsecretarías y Direcciones de la Secretaría y de otras
jurisdicciones de orden nacional y/o provincial y con las Agencias y Organismos
Internacionales la gestión de programas y proyectos de cooperación técnico
financiera de la jurisdicción.
2. Vincular los programas y proyectos con financiamiento externo con los
programas permanentes de la estructura de la Secretaría, estimulando entre
ellos la comunicación, la interacción y el intercambio.
3. Realizar la coordinación general y brindar asistencia técnica en las
cuestiones vinculadas con la formulación, evaluación y presentación de
proyectos y programas para solicitar financiamiento externo de organismos de
cooperación o multilaterales de crédito.
4. Asesorar en la elaboración de convenios, acuerdos y otros instrumentos
legales de cooperación técnica y financiera de carácter bilateral o
multilateral, formulando recomendaciones para su aplicación y cumplimiento.
5. Gestionar y tramitar las adhesiones de nuestro país a planes y programas
internacionales en materia de drogadicción, realizados con organismos
internacionales gubernamentales y no gubernamentales.
6. Promover la realización en nuestro país de seminarios, congresos y otros
encuentros de carácter internacional vinculados con su cometido, así como
asegurar la participación de la Secretaría en actividades internacionales
similares organizadas en otros países.
7. Asistir a los niveles provinciales y municipales, promoviendo acciones de
capacitación en el desarrollo de proyectos y programas para lograr fortalecer
los niveles de cooperación y asistencia financiera internacional.
8. Contribuir al cumplimiento de las responsabilidades emergentes de la
participación del país en los organismos internacionales y mecanismos de
cooperación especializados en la problemática de las drogas.
9. Fortalecer la cooperación internacional en la problemática de las drogas,
promoviendo una activa participación en los organismos internacionales y
mecanismos de cooperación especializados en la problemática de las drogas.
10. Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa y Cooperación
Internacional en el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales
e internacionales suscriptos por la Secretaría informando periódicamente su
situación.