Detalle de la norma DI-11-2012-AFIP
Disposición Nro. 11 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2012
Asunto Régimen de Jerarquización para el personal de la ex Administración Nacional de Aduanas
Boletín Oficial
Fecha: 08/02/2012
Detalle de la norma
Disposición 11-2012-AFIP

Disposición  11-2012-AFIP

Normas para la distribución de la Cuenta “DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA - Cuenta de Jerarquización” y del Régimen de Jerarquización para el personal de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS - S/Régimen de transición - Modificación Disposición Nº 441/11 (AFIP)


Bs. As., 27/1/2012

VISTO la Disposición Nº 441 (AFIP) del 6 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del acto dispositivo citado en el VISTO se prorrogó el período de vigencia previsto en el artículo 1º de la Disposición Nº 442/99 (AFIP) hasta el 31 de diciembre de 2012, a los fines de la percepción de las partes selectivas contempladas en los regímenes de jerarquización para el personal de la ex DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS.

Que asimismo, mediante el artículo 2º de la referida Disposición Nº 441/11 (AFIP), se estableció que el período a considerar para formalizar las evaluaciones sería el comprendido entre el 1º de noviembre de 2010 y el 31 de octubre de 2011.

Que atendiendo a razones de índole funcional resulta aconsejable disponer la extensión del período que debe ser tomado en consideración para practicar las respectivas evaluaciones.

Que en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Resolución M.E. y O.S.P. Nº 839 del 2 de julio de 1999, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Modificar el artículo 2º de la Disposición Nº 441 (AFIP) del 6 de diciembre de 2011, el que quedará redactado en la siguiente forma:

“A los efectos de definir la participación del personal en la distribución de los señalados conceptos entre el 1º de mayo y el 31 de octubre de 2012, el período a considerar para las evaluaciones previsto en los artículos 12 y 13 de las normas contenidas en el Anexo Ia de la Disposición Nº 442/99 (AFIP) y sus modificatorias será el comprendido entre el 1º de noviembre de 2010 y el 29 de febrero de 2012.

El período mínimo a que se refieren los artículos 14; 16 a) y b); 17; 18 y 19 de las mismas normas queda establecido en DOS (2) meses de servicios efectivos.”

ARTICULO 2º — Hasta el 30 de abril de 2012, la participación del personal en la Cuenta “DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA – Cuenta de Jerarquización” o en el Régimen de Jerarquización para el personal de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, según corresponda, permanecerá sujeta a las bandas y FONAS vigentes a la fecha.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-177-2012-AFIP Modifica Régimen de Jerarquización para el personal de la ex Administración Nacional de Aduanas
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DI-441-2011-AFIP Régimen de Jerarquización para el personal de la ex Administración Nacional de Aduanas