RE-27-2011-GMC
CONVENIO DE FINANCIACIÓN ESPECIFÍCO
ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y EL MERCOSUR PARA EL “PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR
EDUCATIVO DEL MERCOSUR (PASEM)”
DCI-ALA /2010/19892
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo
de Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91, 59/00 y 12/04 del Consejo del Mercado
Común y las Resoluciones Nº 26/92 y 57/05 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la estrategia de relacionamiento
externo del MERCOSUR, una de las prioridades definidas por los Estados Partes
ha sido la celebración de Acuerdos que incrementen los vínculos y fortalezcan
las alianzas de cooperación con otros países o grupos de países.
Que
es necesario fortalecer y armonizar la formación y prácticas docentes en el
MERCOSUR.
Que
es competencia del Grupo Mercado Común aprobar los Programas de Cooperación
Técnica Internacional de apoyo al MERCOSUR.
EL GRUPO
MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la firma del Convenio de Financiación para el “Programa de Apoyo al Sector Educativo
del MERCOSUR (PASEM)” DCI-ALA/2010/19892 y de su respectivo Acuerdo de
Delegación, que constan como Anexo y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 – El Convenio de Financiación
para el “Programa de Apoyo al Sector
Educativo del MERCOSUR (PASEM)”, DCI-ALA/2010/19892 y el Acuerdo de Delegación,
anexos a la presente Resolución, se encuentran únicamente en idioma español.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita
ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar
aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXXXVI GMC – Montevideo, 18/XI/11.
“PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR EDUCATIVO DEL MERCOSUR
(PASEM)”
Número: de Convenio de Financiación
Número contable DCI-ALA/2010/19892
ACUERDO DE DELEGACION
El Grupo Mercado Común del MERCOSUR (GMC) por una
parte, y
El Ministerio de Educación de
la República Argentina por otra parte
Considerando: I - el Convenio de Financiación Número DCI-ALA/2010/19892
celebrado entre la Comunidad Europea y los Estados Partes del Mercado Común del
Sur (MERCOSUR), por el cual el Grupo Mercado Común (GMC) en representación del
MERCOSUR como beneficiario asumió frente a la Comisión Europea las obligaciones
y responsabilidades derivadas del “Programa de Apoyo al Sector Educativo del MERCOSUR
(PASEM)”.
II - Que
los beneficiarios directos del Proyecto son los Estados Partes del MERCOSUR -
Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay -, representados por el Grupo Mercado
Común (GMC).
III –
Que el GMC acordó la designación del Ministerio de Educación de la República
Argentina, como Entidad Gestora de este Proyecto (LXXXIV Reunión Ordinaria del
GMC, Asunción, 13 al 17 de junio de 2011)
IV –
Que la coordinación estratégica del Proyecto será responsabilidad del Comité de
Dirección del Proyecto, que será conformado cuando se inicie su ejecución.
De acuerdo con lo dispuesto en las Disposiciones
Técnicas y Administrativas (DTAs) del referido Convenio,
A C U E R D A N:
1) Delegar la ejecución del Proyecto en el
Ministerio de Educación de la República Argentina cuya autoridad contratante
será la Unidad de Financiamiento Internacional, en adelante denominada la
Entidad Ejecutora, bajo el control del Grupo Ad Hoc de Formación Docente,
dependiente del Comité de Coordinación Regional (CCR) de la Reunión de Ministros
de Educación del MERCOSUR.
2) La Administración contratante para el Proyecto
será la Unidad de Financiamiento Internacional del Ministerio de Educación de
Argentina.
3) Las funciones que se delegan son las que se
enumeran a continuación y que surgen de los numerales de las Disposiciones
Técnicas y Administrativas que se indican:
a) La elaboración y ejecución de los presupuestos –
programas, la adjudicación de los contratos, la concesión de las subvenciones,
la asunción del compromiso y gestión de los gastos y la realización de los
pagos correspondientes, obligaciones contenidas en el Numeral 4.1.1. “Ejecución
directa o delegación de tareas” de las DTAs, relativas exclusivamente a la
ejecución del Proyecto.
b) La constitución de un equipo de personal
dedicado exclusivamente a la ejecución del proyecto (4.1.1., DTAs);
c) La preparación de toda la documentación
operacional, técnica, administrativa y financiera del proyecto, entre otros los
presupuestos – programas, informes, expedientes de licitación para la
adquisición de bienes, servicios y obras, contratos, órdenes de pago, etc.
(4.1.1., DTAs);
d) La administración y la gestión contable del
Proyecto en su conjunto (4.1.1. DTAs).
e) La participación en evaluaciones de licitaciones
(4.1.1., DTAs);
f) El funcionamiento como secretaría del Comité de
Dirección (4.1.1., DTAs);
g) La celebración de los contratos salvo los que
serán celebrados por la Comisión Europea (4.3.2.1. y 4.3.2.2., DTAs);
h) El establecimiento conjunto con el Comité de
Dirección, de un monitoreo técnico, financiero, permanente e interno del
Proyecto (5.1. DTAs);
i) La elaboración de los informes que permitirá la
realización del monitoreo técnico y financiero del Proyecto (5.1. DTAs);
j) La gestión de las acciones necesarias para la
evaluación del Proyecto (5.2. DTAs);
k) La gestión de las acciones necesarias para la
auditoría y control interno del Proyecto (5.3. DTAs);
l) La gestión de las acciones necesarias para
asegurar la auditoría externa durante la fase de cierre del Proyecto (5.3.
DTAs);
m) La realización de las actividades relacionadas
con la comunicación y la visibilidad del proyecto (6., DTAs);
n) La comunicación a la Comisión Europea (CE) del
detalle de los mecanismos financieros para la ejecución del Proyecto, así como
el nombre y cargo de las personas investidas de poder para ordenar pagos;
ñ) La organización, seguimiento y supervisión de la
ejecución de todas las actividades del Proyecto estará a cargo del equipo
gestor (4.1.1, DTAs);
4) Las siguientes funciones estarán delegadas
directamente en el Ministerio de Educación de la República Argentina
debidamente representado y no podrán ser ejercidas por el administrador y/o
contable:
- Transmisión de las solicitudes de pago de las
dotaciones iniciales – anticipo o prefinanciación – al Jefe de la Delegación de
la UE tal y como se establece en el punto 4.1.1 de la Guía Práctica de los
procedimientos aplicables a los presupuestos – programas financiados con cargo
al FED y al PRESUPUESTO (enfoque por proyecto).
- La adjudicación y administración de los contratos
que den lugar a compromisos específicos, de acuerdo con el punto 4.2.1 de la Guía Práctica. En particular, se incluye la firma de dichos contratos así como el envío y
firma de las solicitudes de pagos correspondientes dirigidas al Jefe de la
Delegación de la UE.
5) Para la preparación, gestión y ejecución de los
correspondientes Presupuestos – Programas, el Equipo Gestor del Proyecto se
compromete a ajustarse a las normas y procedimientos descriptos en la Guía
Práctica de los procedimientos aplicables a los presupuestos – programas
financiados con cargo al FED y al PRESUPUESTO (enfoque por proyecto).
6) El Grupo Mercado Común (GMC) designa como
Directora del Programa (Supervisora Técnica) a Paula Alejandra Pogré. Esta persona ha sido debidamente facultada para actuar en su nombre en
cuanto a la firma y ejecución de los correspondientes Presupuestos – Programas.
7) Los Presupuestos – Programas del Proyecto serán
analizados y evaluados por el Comité de Dirección conformado por el Grupo Ad
Hoc de Formación Docente dependiente del Comité de Coordinación Regional (CCR)
de la Reunión de Ministros de Educación del MERCOSUR, para luego ser sometido a
la aprobación de la Comisión Europea. Para la anuencia indicada de las
autoridades de tutela del Proyecto, los citados documentos, con posterioridad
al análisis del Comité de Cooperación Técnica del MERCOSUR, serán presentados
por el GMC.
8) Los Organismos de los cuatro Estados Partes,
Ministerio de Educación de Argentina, Ministerio de Educación de Brasil,
Ministerio de Educación y Cultura del Paraguay y Ministerio de Educación y
Cultura y la Administración Nacional de la Educación Pública (ANEP) de Uruguay, realizarán las gestiones para garantizar en tiempo y
forma, los fondos y medios correspondientes a su contribución para la ejecución
del Proyecto.
9) La recepción de los desembolsos de fondos
efectuados por la Comisión Europea será realizada por la Entidad Ejecutora de
la República Argentina, quien procederá a la apertura de las correspondientes
cuentas bancarias en EUROS y en moneda local.
10) El presente Acuerdo de Delegación tendrá la
misma vigencia que el Convenio de Financiación.
Las partes suscriben el presente en la ciudad de
Montevideo, a los ….. días del mes de noviembre de 2011, en dos originales, en
el idioma español, siendo ambos textos igualmente auténticos.
GRUPO MERCADO COMUN (GMC)
Por
la República Argentina Por la República Federativa de Brasil
Por
la República de Paraguay Por la
República Oriental del Uruguay
Ministerio de Educación de la República Argentina