LOA
Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 3177
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley Nº 23.966, Título III de Impuesto
sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural. Nómina de marcadores químicos
y reagentes homologados. Proveedores autorizados para
su comercialización. Resolución General Nº 2562. Norma complementaria.
Bs. As., 31/8/2011
VISTO la Actuación
SIGEA Nº 10056-999-2011 del Registro de esta Administración
Federal, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución General
Nº 1359, sus modificatorias y su complementaria, esta Administración Federal
homologará mediante el dictado de una resolución general, los marcadores químicos
y reagentes —que
deberán utilizar los sujetos pasivos del impuesto y los titulares de estaciones
de servicio, bocas de expendio, distribuidores, fraccionadores
y revendedores de combustibles líquidos—, que resulten aprobados
para su comercialización e informará la respectiva empresa proveedora autorizada.
Que atendiendo a razones operativas y de administración tributaria, se entiende
necesario extender la vigencia de la homologación de los marcadores químicos y reagentes y de la autorización de la respectiva empresa
proveedora, establecidas por la Resolución General Nº 2562 y sus complementarias.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de
Fiscalización, y la
Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 14 de la Ley Nº
23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas
Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el Artículo 31 del
Anexo del Decreto Nº 74 del 22 de enero de 1998 y sus modificaciones y por el
Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y
sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Extiéndese
la vigencia de la homologación del sistema marcador/reagente
y de la autorización otorgada a la empresa proveedora para comercializar dichos
productos, establecidas por los Artículos 1º y 2º de la Resolución General
Nº 2562 y sus complementarias, hasta el día 31 de diciembre de 2011, inclusive.
Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Ricardo Echegaray.
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