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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición n° 462 |
02/10/2002
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Fecha: |
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Dependencia:
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DI-462-2002-AFIP
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Tema:
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ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
Asunto:
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Investigaciones y Sumarios Administrativos. Suspensiones preventivas.
Personal sometido a proceso penal. Delegación de facultades. |
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BUENOS
AIRES, 02 de Octubre de 2002-
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VISTO -
la Instrucción General
N° 17/98 (AFIP) de fecha 9 de octubre de 1998, y -
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CONSIDERANDO:-
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Que
por la misma se instrumentaron los mecanismos administrativos a seguir en el
caso de tomarse conocimiento del procesamiento penal de un agente del
Organismo, para decidir sobre la procedencia de la medida de suspensión
preventiva del mismo.-
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Que
en el artículo 1° de la misma, incisos c), d) y e), se prevén diversos
supuestos en los que se requiere la intervención de esta Administración
Federal.-
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Que
la experiencia recogida durante la aplicación de la mencionada normativa hace
aconsejable delegar dicha intervención, cuando así corresponda, en los
señores Directores Generales y Subdirectores Generales con dependencia
directa de esta instancia.-
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Que
ha tomado la intervención del caso
la Subdirección General
de Recursos Humanos.-
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Que
en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4° y 6° del
Decreto N° 618/97, procede disponer en consecuencia.-
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Por
ello,-
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EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:-
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ARTICULO
1°.- La intervención de esta
Administración Federal, prevista en el punto 1°, incisos c), d) y
e) de
la Instrucción General
N° 17/98 (AFIP) de fecha 9 de octubre
de 1998, quedadelegada en los Señores Directores Generales de
la Dirección General
Impositiva y de
la Dirección General
de Aduanas y en los Señores Subdirectores Generales que dependan directamente
de esta instancia, en los casos de sus respectivas Jurisdicciones.-
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ARTICULO
2°.- Regístrese, comuníquese y
archívese.-
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Dr.
ALBERTO R. ABAD
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ADMINISTRADOR
FEDERAL
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