Detalle de la norma DI-45-2006-DEASAT
Disposición Nro. 45 Dpto Asistencia Administrativa y Técnica Bs As.
Organismo Dpto Asistencia Administrativa y Técnica Bs As.
Año 2006
Asunto Garantias constituidas en sistema informatico Maria
Boletín Oficial
30905 Fecha: 15/05/2006
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Disposición n° 45 04/06/2006 Fecha: 15/05/2006
 
Dependencia: DI-45-2006-DEASAT
Tema: GARANTIAS CONSTITUIDAS SISTEMA INFORMATICO MARIA
Asunto: EL ARCHIVO DE OFICIO DE LAS GARANTIAS DETALLADAS EN EL ANEXO I, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE, LAS QUE QUEDAN A DISPOSICION PARA SER RETIRADAS BAJO APERCIBIMIENTO QUE, SI DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE NO SE PRODUJERE EL RETIRO DE LOS INSTRUMENTOS DE GARANTIAS QUE SE DETALLAN, SE PROCEDERA A LA DESTRUCCION DE LOS MISMAS.
 

VISTO lo establecido en la Resolución General 1469/03 AFIP, sus modificatorias y complementarias

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma se estableció la operatoria para el régimen general de constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías a favor de esta Administración Federal;

Que la afectación de garantías se deberá realizar dentro del plazo máximo de dos años y que cumplido dicho lapso sin haberse vinculado la misma a alguna destinación, se procederá a liberar automáticamente por el SIM la misma;

Que el SIM no tiene previsto la liberación automática de las garantías constituidas mediante instrumentos físicos, una vez cumplido el plazo indicado precedentemente;

Que la devolución de los instrumentos físicos correspondientes a garantías en estado constituidas, se lleva a cabo en el Sistema Informático María a través del registro de una baja de oficio;Que se solicitó opinión al área legal aduanera la que se expidió a través de Dictamen 2753/2005(DV RTAG), que corresponde aplicar la norma vigente para la baja de una garantía no afectada:

Que la presente se encuadra en las tareas de regularización de las garantías registradas en el Sistema informático María, en estado constituidas por más de dos años.

Por ello:

EL JEFEDEL DEPARTAMENTO ASISTENCIA ADMINISTRATIVA Y TECNICADE BUENOS AIRES DISPONE:

ARTICULO 1º — El archivo de oficio de las garantías detalladas en el Anexo I, que forma parteintegrante de la presente, las que quedan a disposición para ser retiradas bajo apercibimiento que, sidentro de los treinta (30) días hábiles administrativos de la publicación de la presente no se produjereel retiro de los instrumentos de garantías que se detallan, se procederá a la destrucción de los mismas.

ARTICULO 2º — Regístrese. Remítase copia a la División Documentación Fiscal, División Regis-tro de Importación, División Registro de Exportación para su conocimiento. Publíquese en el BoletínOficial. Cumplido, archívese. — Cra. ROSANA A. LODOVICO, Jefa Dpto. Asist. Adm. y Téc. Bs. As.,Dirección Aduana de Bs. As.

 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RG-1469-2003-AFIP Garantías constituidas SIM
Complementa RE-2749-1993-ANA Garantías constituidas SIM