Detalle de la norma DC-16-2011-CMC
Decisión Nro. 16 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2011
Asunto Designación de árbitros Tribunal Permanente de Revisión
Detalle de la norma
DC-16-2011

DC-16-2011

 

 

DESIGNACIÓN  DE LOS ÁRBITROS DEL

TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN

 

 

            VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR y las Decisiones Nº 37/03, 26/04, 30/05 y 36/08 del Consejo del Mercado Común.

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR, en su Artículo 18, dispone que cada Estado Parte designará 1 (un) árbitro titular y 1 (un) árbitro suplente para integrar el Tribunal Permanente de Revisión (TPR), así como establece la designación del quinto árbitro del Tribunal.

 

Que el Artículo 4 de la Decisión CMC Nº 30/05 establece que el mandato de los integrantes del TPR se contará a partir de la respectiva designación por el órgano competente del MERCOSUR.

 

Que las designaciones de árbitros integrantes del TPR efectuadas por cada Estado Parte, para el período del 15 de diciembre de 2008 al 15 de diciembre de 2010 fueron formalizadas mediante la Decisión CMC Nº 36/08.

 

Que es necesario renovar el mandato de los árbitros designados por la Decisión CMC Nº 36/04 o designar nuevos árbitros en el caso que corresponda.

 

Que el quinto árbitro del TPR tiene mandato hasta el 15 de diciembre de 2011.

 

 

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

 

Art. 1 – Designar como miembros titulares del Tribunal Permanente de Revisión (TPR), por el período del 28 de junio de 2011 al 28 de junio de 2013, a los siguientes juristas:

 

Dr. Carlos María Correa (Argentina)

Dr. Welber Barral  (Brasil)

Dr. Roberto Ruiz Díaz Labrano (Paraguay)

Dr. José María Gamio (Uruguay)

 

 

 

 

 

Art. 2 – Designar como suplentes de su respectivo miembro titular, por el período del 28 de junio de 2011 al 28 de junio de 2013, a los siguientes juristas:

 

Dr. Marcelo Antonio Gottifredi (Argentina)

Dr. Alberto do Amaral Júnior (Brasil)

Dr. Carlos Sosa Jovellanos (Paraguay)

Dr. Washington Baliero (Uruguay)

 

Art. 3 – Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

XLI CMC – Asunción, 28/VI/11.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DC-18-2013-CMC Relaciona Miembros titulares del Tribunal Permanente de Revisión (TPR)
DC-29-2011-CMC Relaciona Mandato del Dr. Jorge Luiz Fontoura Nogueira como quinto árbitro del Tribunal Permanente de Revisión
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DC-30-2005-CMC Designación de árbitros Tribunal Permanente de Revisión