Nota Externa 28-2005 (SDGLTA)
Nota Externa 28-2005
(SDGLTA)
Buenos Aires, 7 de
Julio 2005
De acuerdo con la Nota de fecha 21 de Junio de 2005 de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa
dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, caratulada por Actuación Nº 12100-301-2005, y el Artículo 2º del Vigésimo
Primer Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº 48,
suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y los países miembros de la COMUNIDAD ANDINA (A.C.E.
Nº 48), se prorroga desde el 1º de Junio de 2005 hasta el evento
que ocurra primero, sea el 31 de Julio de 2005 o la efectiva entrada en vigor
del Acuerdo de Complementación Económica MERCOSUR - PERU, la vigencia de las
Preferencias pactadas en dicho acuerdo, entre LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE PERU
Se deja constancia que el
citado Protocolo podrá ser consultado en la Página www.afip.gov.ar, adjunto a la
presente Nota Externa.
Comuníquese, publíquese
en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese.
FDO. DRA MARIA SILVINA
TIRABASSI
SUBDIRECTORA GENERAL DE LEGAL Y TECNICA
ADUANERA
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
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