Nota Externa 21-2005 (SDG LTA)
Nota
Externa 21-2005 (SDG LTA)
Buenos Aires, 21 de
Abril de 2005
De acuerdo con la Nota S/N de fecha 31 de Marzo de 2005 de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, caratulada por Actuación Nº 12100-153-2005, y el Artículo 46 del Acuerdo
de Complementación Económica Nº 59 suscripto por la REPUBLICA ARGENTINA, la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPUBLICA DEL PARAGUAY y la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, Estados Partes del MERCOSUR, y
los Gobiernos de la REPUBLICA DE COLOMBIA, de la REPUBLICA DEL ECUADOR y de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, países miembros de la COMUNIDAD ANDINA, se informa que el mencionado Acuerdo ha entrado en vigencia bilateralmente
entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE ECUADOR desde el 1° de Abril de 2005 y que el mismo posee una vigencia indefinida.
Al efectuar las Destinaciones correspondientes al presente acuerdo, es decir
cuando se invoque Lista 359-1, 352-2 o 359-3, el Sistema Informático María
desplegará un listado de opciones de preferencias porcentuales que contemple el
acuerdo, ello a los efectos de la utilización de los beneficios acordados.
A través de la presente y por lo expuesto precedentemente, se deja sin efecto
lo informado en el segundo párrafo de las Notas Externas Nº 7/2005
y 9/2005
SDG LTA.
Se deja constancia que el citado Acuerdo podrá ser consultado en la Página www.afip.gov.ar
, adjunto a la Nota
Externa N° 0007/2005 (SDG LTA).
Comuníquese, publíquese
en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese.
FDO. Cont. Púb. Hugo N. Gómez
Subdirector General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas
A/C de la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera
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