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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición n° 205 |
07/03/2000
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Fecha:
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13/03/2000
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Dependencia:
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DI-205-2000-DNCI |
Tema:
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Defensa Del Consumidor
(Imp.).
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Asunto:
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Presentación de una
Declaración Jurada de Conformidad con los Requisitos Esenciales de Seguridad,
en relación con los equipos, sus partes y componentes
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Buenos
Aires, 7 de marzo de 2000
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- VISTO - el Expediente Nº 064-002683/2000 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA, y
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CONSIDERANDO: Que
la Resolución de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 906, del 6 de diciembre de 1999 (Guía 517,
pág. 21496), establece las condiciones de certificación y declaración de conformidad
del cumplimiento de requisitos de seguridad para la comercialización de
productos eléctricos en el país.
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Que
uno de los motivos del dictado de dicha norma legal es el de permitir
concentrar los recursos del sistema de verificación en garantizar un mayor
grado de seguridad en los productos destinados al consumidor inexperto.
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Que
los equipos destinados a laboratorios de investigación y desarrollo son adquiridos
mediante solicitudes en las que se detallan suficientemente sus
características y propiedades.
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Que
el personal técnico de dichos laboratorios cuenta con la idoneidad necesaria,
o se halla en condiciones de adquirirla rápidamente, para la operación de tal
equipamiento.
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Que
resulta conveniente adoptar las medidas necesarias para no dificultar la incorporación
a los laboratorios mencionados de equipamiento acorde con los avances
tecnológicos en la materia.
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Que,
al mismo tiempo, resulta necesario adoptar medidas aptas para impedir desvíos
en el destino invocado para tales mercaderías.
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Que
los destinatarios de los procesos de enseñanza no cuentan, en general, con
conocimientos que les permitan una utilización en condiciones seguras del equipamiento
mediante el cual se están capacitando.
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Que
la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el articulo 7º
inciso d) de
la
Resolución S.I.C.y M. Nº 906/99.
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Por
ello,
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EL
DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR DISPONE:
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Artículo
1º - A partir de la fecha de
entrada en vigencia de la presente Disposición, y hasta el 31 de marzo de
2001, los equipos, sus partes y componentes, destinados a laboratorios específicamente
dedicados a tareas de investigación y desarrollo, excepto cuando se apliquen
a la enseñanza, podrán cumplimentar las exigencias establecidas por
la Resolución S.I.C.
y M. Nº 906/99 mediante la presentación ante esta Dirección Nacional, por parte
de sus fabricantes o importadores, de una Declaración Jurada de Conformidad
con los Requisitos Esenciales de Seguridad establecidos por
la Resolución S.I.C.
y M. Nº 92/98 (Guía 494, pág. 19202).
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La
presentación mencionada deberá estar acompañada de una Declaración Jurada del
usuario de su compromiso de incorporación del equipo y de la implementación
de las medidas de seguridad necesarias para su uso y mantenimiento,
incluyendo su instalación y operación por parte de personal idóneo.
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La
Declaración Jurada del usuario que se menciona precedentemente no resultará exigible para el
caso de componentes destinados al equipamiento alcanzado por la presente
Disposición.
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Art.
2º - La presente Disposición
comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín
Oficial.
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Art.
3º - De forma.
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Nota de L.O.A.:
La
Disposición Nº 205/00 DNCI fue publicada en el Boletín
Oficial del 13/03/2000.
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Esta Norma modifica y/o complementa a
la Resolución Nº 92/98
SICM.
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