RE-45-2010-GMC
RE-45-2010-GMC
MEMORANDUM
DE ENTENDIMIENTO DE COOPERACION ENTRE EL MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) Y LA
ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS/OMS)
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 10/91,
59/00 y 12/04 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 26/92 y 57/05
del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el
MERCOSUR tiene como uno de sus objetivos la coordinación de políticas en el área
de salud así como armonizar legislaciones en esta materia.
Que la
OPS/OMS es un organismo internacional de salud pública con una vasta experiencia
dedicada a mejorar la salud y las condiciones de vida de los pueblos de las
Américas.
Que
tanto el MERCOSUR como la OPS/OMS desean formalizar un marco de entendimiento a
partir del cual, puedan, de manera conjunta, identificar e implementar acciones
de cooperación con el objeto de ampliar el espectro de actividades y obtener
resultados más eficientes.
EL
GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art.
1 - Aprobar el “Memorándum de Entendimiento de Cooperación entre el Mercado
Común del Sur (MERCOSUR) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS),
que consta como Anexo y forma parte de la presente
Resolución.
Art.
2 – El Anexo de la presente Resolución se encuentra únicamente en idioma español.
Art.
3 – Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los
Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento
del MERCOSUR.
XXXVI GMC EXT. - San Juan,
31/VII/2010.
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