Resolución 524-2010
Modificación del Reglamento
General de Policía Sanitaria de los Animales.
Bs.
As., 11/8/2010
VISTO
el Expediente Nº S01:0492332/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, la Ley
de Policía Sanitaria Animal Nº 3959, el Reglamento General de Policía Sanitaria
de los Animales, aprobado por el Decreto del 8 de noviembre de 1906, la Resolución Nº 422 del
20 de agosto de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que
la Dirección
Nacional de Sanidad Animal propone incorporar a través del
Reglamento General de Policía Sanitaria de los Animales aprobado por el Decreto
del 8 de noviembre de 1906, reglamentario de la Ley Nº 3959 de Policía
Sanitaria Animal a las noxas denominadas Necrosis
Pancreática Infecciosa (IPN), Anemia Infecciosa del Salmón, Enfermedad
Bacteriana Renal y Piscirickettsiosis.
Que
la Resolución Nº
422 del 20 de agosto de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA dispone la adecuación de la legislación nacional a la normativa
internacional, respecto de la vigilancia y el seguimiento epidemiológico, y
establece la necesidad de una actualización reglamentaria permanente, que
contemple todos los aspectos de protección y lucha contra las enfermedades.
Que
el Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996 asigna al SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la responsabilidad de ejecutar las políticas
nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, la verificación
del cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y la certificación de las
exportaciones agropecuarias y agroalimentarias del país, actuando en este
último caso como su garante internacional.
Que
es un compromiso asumido por este Servicio Nacional, derivado de su competencia
exclusiva, la puesta en marcha de continuos sistemas de vigilancia y
seguimiento epidemiológicos.
Que
la inclusión en el Artículo 4º del Reglamento General de Policía Sanitaria de
los Animales aprobado por el Decreto del 8 de noviembre de 1906, de las
enfermedades denominadas Necrosis Pancreática Infecciosa, Anemia Infecciosa del
Salmón, Enfermedad Bacteriana Renal y Piscirickettsiosis,
es congruente con los fines perseguidos por las normas citadas precedentemente.
Que
la enfermedad Anemia Infecciosa del Salmón es una enfermedad exótica en nuestro
país, la cual se encuentra contenida en el listado de enfermedades del Código
Sanitario de los Animales Acuáticos de la ORGANIZACION MUNDIAL
DE SANIDAD ANIMAL (OIE).
Que
las enfermedades Necrosis Pancreática Infecciosa, Enfermedad Bacteriana Renal y
Piscirickettsiosis, no pertenecen actualmente a la
lista de enfermedades de la
OIE. Sin embargo, son exóticas en nuestro país y de
importancia económica para la producción de salmónidos, por lo que
correspondería incluirlas en la lista de enfermedades de notificación
obligatoria.
Que
las Direcciones de Epidemiología y de Luchas Sanitarias, ambas dependientes de la Dirección Nacional
de Sanidad Animal se han expedido favorablemente respecto de la inclusión
indicada.
Que
oportunamente se dictarán las normas técnicas complementarias que correspondan,
instrumentando un Plan de Vigilancia, para el mejor cumplimiento de las medidas
establecidas en la presente resolución.
Que
la Dirección
de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que
el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con lo
establecido en el Artículo 8º, inciso f) del Decreto Nº 1585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio
de 2010.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1º —
Se incorporan las enfermedades denominadas Necrosis Pancreática Infecciosa,
Anemia Infecciosa del Salmón, Enfermedad Bacteriana Renal y Piscirickettsiosis
al Artículo 4º del Reglamento General de Policía Sanitaria de los Animales,
aprobado por el Decreto del 8 de noviembre de 1906.
Art. 2º —
Se declara obligatoria la denuncia inmediata de las sospechas de Necrosis
Pancreática Infecciosa, Anemia Infecciosa del Salmón, Enfermedad Bacteriana
Renal y Piscirickettsiosis en los salmónidos de
establecimientos acuicultores y/o frigoríficos, cualquiera fuese su
habilitación, en tránsito, cuerpos de agua que contengan especies susceptibles
o en todo otro lugar donde se encuentren los salmónidos, dentro de los términos
de los Artículos 7º y 8º del Reglamento General de Policía Sanitaria de los
Animales.
Art. 3º —
Ante una denuncia de sospecha de Necrosis Pancreática Infecciosa, Anemia
Infecciosa del Salmón, Enfermedad Bacteriana Renal y Piscirickettsiosis
en el país, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA procederá
a adoptar las medidas que considere necesarias a efectos de circunscribir,
controlar y/o erradicar la causa de sospecha o confirmación de casos, de
acuerdo con las normas vigentes al efecto.
Art. 4º —
Las infracciones a la presente resolución serán sancionadas de acuerdo a lo
previsto en el Artículo 18 del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996.
Art. 5º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.