Detalle de la norma RE-16349-2010-CNV
Resolución Nro. 16349 Comisión Nacional de Valores
Organismo Comisión Nacional de Valores
Año 2010
Asunto Sociedades.Resultados no asignados negativos insumían la totalidad del patrim. neto
Boletín Oficial
Fecha: 02/07/2010
Detalle de la norma
LOA

Resolución Nº 16.349-2010

Bs. As., 24/6/2010

VISTO el Expediente Nº 565/02 y la presentación formulada por la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES en fecha 7 de junio de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 14.328 de fecha 9 de octubre de 2002, la COMISION NACIONAL DE VALORES (C.N.V.) resolvió conformar la Resolución de Consejo Nº 4/2002 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES (BCBA) por la que se derogó la Resolución de Presidencia Nº 5/2002 de dicha entidad y se resolvió suspender la aplicación de la medida dispuesta por el artículo 42, inciso d) del Reglamento de Cotización, hasta el 10 de diciembre de 2003.

Que en la citada Resolución de Consejo de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES (BCBA) se dispuso que los valores negociables de emisoras que presenten estados contables o suministren información de la que surja que los resultados no asignados negativos insumen la totalidad del patrimonio neto, deberán cotizar en rueda reducida, mientras se mantenga la suspensión de la aplicación del artículo 42, inciso d) del Reglamento de Cotización, individualizando a las mismas con la llamada Nº 13.

Que con posterioridad a aquella primera conformidad prestada en lo que hace a esta cuestión, procedió esta CNV en forma sucesiva y, manteniendo en todo momento un completo nexo de continuidad en orden a las respectivas Decisiones adoptadas en el seno de la BCBA en el sentido antes mencionado, a dictar las Resoluciones Nos. 14.697 (10.12.03); 14.847 (01.07.04); 14.983 (09.12.04); 15.045 (22.03.05); 15.273 (16.12.05); 15.404 (16.06.06); 15.538 (21.12.06), 15.657 (14.06.07), 15.806 (20.12.07), 15.905 (26.06.08), 16.019 (26.11.08), 16.138 (18.06.09) y, 16.250 de fecha 29 de diciembre de 2009, por la cual quedó extendida hasta el 30 de junio de 2010, la excepción dispuesta originariamente por aquella Resolución de su Consejo Nº 04/2002.

Que con fecha 7 de junio de 2010, la entidad sometió a consideración de este Organismo la Resolución de Consejo Nº 1/2010 por la cual se resuelve extender la vigencia de la Resolución de Consejo Nº 4/2002 hasta el 31 de diciembre de 2010, respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insumieran la totalidad del patrimonio neto, conforme los extremos expuestos en el último estado contable remitido por ellas a la BCBA, con anterioridad al 1º de enero de 2006.

Que fundamentando su decisión la Bolsa consideró, que la aplicación de las disposiciones del inciso d) del Artículo 42 de su Reglamento de Cotización a las empresas que se encuentran potencialmente alcanzadas por dicha norma y, que aún no lograron culminar los procedimientos judiciales o extrajudiciales que emprendieran junto con sus acreedores, a los fines de la reestructuración de sus pasivos, generaría consecuencias altamente negativas tanto para ellas, como para el público inversor.

Que analizada la Resolución de Consejo Nº 4/2009 por parte de la Subgerencia de Mercados, Bolsas y Cajas de Valores (fs. 409), de la Gerencia de Intermediarios, Bolsas y Mercados (fs. 414) y de la Gerencia de Emisoras (fs. 413), no surgen observaciones que formular.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 6º inciso e) de la Ley Nº 17.811.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Conformar la Resolución de Consejo Nº 1/2010 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES por la que se extiende la vigencia de la Resolución de Consejo Nº 4/2002 hasta el 31 de diciembre de 2010, respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insuman la totalidad del patrimonio neto —de acuerdo a lo informado por ellas en el último estado contable que remitieran a dicha entidad, con anterioridad al 1º de enero de 2006— conforme texto que corre agregado a fs. 404.

ARTICULO 2º — Regístrese, notifíquese a la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, publíquese por la misma en el Boletín Oficial y en su órgano de publicaciones, y archívese. — Dr. HECTOR O. HELMAN, Director. — HERNAN FARDI, Vicepresidente. — ALEJANDRO VANOLI, Presidente.

Resolución de Consejo Nro. 1/2010

VISTO:

Las Resoluciones de Consejo Nros. 4/2002 y 3/2005 por las que se suspendió la aplicación de la medida dispuesta por el artículo 42, inciso d) del Reglamento de Cotización, respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insumían la totalidad del patrimonio neto, conforme el último estado contable remitido a esta Asociación con anterioridad al 1º de enero de 2006,

Que la prórroga del plazo de suspensión de la aplicación del citado inciso d) del artículo 42 del Reglamento de Cotización se extiende hasta el próximo 30.06.2010 y que aún existen situaciones que encuadrarían en las disposiciones reglamentarias —Patrimonio neto negativo anterior al 1.01.2006—, y

CONSIDERANDO:

Que, tal como oportunamente se afirmara en cada una de las regulaciones que sobre la materia dictó esta Institución, la disposición reglamentaria cuya aplicación fue sucesivamente suspendida respondía a circunstancias de índole excepcional para una emisora cotizante, y no a la situación que se generalizó como consecuencia de la emergencia económica y financiera por la que atravesara el país;

Que en el contexto descripto, la aplicación de las disposiciones del inciso d) del artículo 42 del Reglamento de Cotización a las empresas que se encuentran potencialmente alcanzadas por la norma citada y que aún no culminaron los procedimientos judiciales o extrajudiciales para revertir sus patrimonios netos negativos, generaría consecuencias altamente negativas tanto para ellas como para el público inversor;

Que resulta posible continuar garantizando la protección del interés de los inversores mediante una adecuada información respecto de la situación de patrimonio neto negativo que exhiban las sociedades cotizantes, preservando el régimen de cotización;

Que en virtud de los fundamentos señalados y con la salvedad establecida en la Resolución de Consejo Nro. 3/2005, resulta procedente extender hasta el 31 de diciembre de 2010 la vigencia de la citada Resolución de Consejo Nro. 4/2002;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, incisos 27) y 28) del estatuto y de acuerdo con lo dictaminado por la Comisión de Títulos en su reunión del 13 de mayo de 2010;

El Consejo de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires

RESUELVE:

Artículo 1º - Extender la vigencia de la Resolución de Consejo Nro. 4/2002 hasta el 31 de diciembre de 2010, respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insumían la totalidad del patrimonio neto, conforme el último estado contable remitido a esta Asociación con anterioridad al 1º de enero de 2006.

Artículo 2º - Elévese a la Comisión Nacional de Valores para su aprobación. Oportunamente publíquese.

Buenos Aires, 26 de mayo de 2010.

e. 02/07/2010 Nº 72684/10 v. 02/07/2010

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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