Resolución 346-2010
Dispónese la internacionalización del Aeroparque Jorge Newbery en relación con determinados vuelos.
Bs. As., 31/3/2010
VISTO el expediente TRI - S01: 0104818/2010 del registro del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y,
CONSIDERANDO:
Que la empresa LAN ARGENTINA S.A., por intermedio de apoderado, ha
efectuado una presentación mediante la cual solicita la factibilidad operativa
los efectos de realizar vuelos BUE-SCL-BUE y BUE-SAO-BUE desde el Aeroparque
Jorge Newbery, conforte los itinerarios y horarios
que acompañan en los Anexos III que fueran presentados oportunamente ante la Jefatura de Aeropuerto y
que en copia se acompañan.
Cita que por Resolución ANAC Nº 265, de fecha 21 de enero de 2010,
se resolvió un pedido de internacionalización de Aeroparque Jorge Newbery por parte de Aerolíneas Argentinas S.A.
Asimismo, indica la presentación, que la posibilidad de operar
vuelos regionales desde el Aeroparque es fundamental para su desarrollo y el de
la industria aerocomerciaI en la Argentina, además de que
incentiva los tráficos regionales de terceras y cuarta libertades, y es un
motor de los negocios y del turismo de la región.
Que la solicitante ha acompañado la programación horaria regular
que en copia se adjunta.
Que han tomado intervención los Organismos técnicos de esta
ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL con competencia en la materia, de
cuyas conclusiones surge que no existe impedimento alguno para acceder a la
petición formulada y consecuentemente disponer la internacionalización del
Aeropuerto Jorge Newbery.
Que sin perjuicio de la decisión adoptada por esta ADMINISTRACION
NACIONAL DE AVIACION CIVIL, en el marco de su competencia deberá darse
intervención al resto de los Organismos estatales, con jurisdicción en dicho
Aeropuerto, a fin de implementen las medidas necesarias y pertinentes para
posibilitar la operatoria proyectada.
Que ha tomado debida intervención la DIRECCION DE ASUNTOS
JURIDICOS de la ANAC.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades
emergentes, del Decreto 1770/07.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
Artículo 1º — Dispónese la
internacionalización del Aeroparque Jorge Newbery,
con relación a la Ciudad
de SANTIAGO DE LA
REPUBLICA DE CHILE y la Ciudad SAO PAULO DE LA REPUBLICA FEDERATIVA
DEL BRASIL, requerida por la empresa LAN ARGENTINA S.A.
Art. 2º — Comuníquese la presente al ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, a la POLICIA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, a la
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, a la DIRECCION NACIONAL
DE MIGRACIONES, al SENASA, al DEPARTAMENTO INTERPOL dependiente de la POLICIA FEDERAL
ARGENTINA y al AREA SANIDAD DE FRONTERAS dependiente del MINISTERIO DE SALUD DE
LA NACION, a
los fines de su intervención en el marco de sus respectivas competencias.
Art. 3º — Instrúyase a la DIRECCION NACIONAL
DE TRANSPORTE AEREO, a la
DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, a la DIRECCION NACIONAL
DE SERVICIOS DE NAVEGACION AIREA Y AERODROMOS y a la DIRECCION GENERAL
DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS a los fines de dar cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 1º del presente, previa aprobación de la
programación horaria regular propuesta por la Empresa.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Rodolfo F. Gabrielli.