Artículo 79 del Código Aduanero
Artículo 79 del C.A.
Sección SUJETOS
Título AUXILIARES DEL COMERCIO Y DEL SERVICIO ADUANERO
Capítulo Apoderados generales y dependientes de auxiliares del comercio y del servicio aduanero
Reglamentado por: Art. 011 del Decreto Reglamentario Nº 1001/1982 PEN
Detalle
Llave Operativa Aduanera

 
Ley: Boletín/Of Vigencia:
LEY 22415/1981 – Código Aduanero 23/03/1981 24/09/1981
 
Sección: Sujetos    
Título: Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero    
Capítulo: III – Apoderados Generales y dependientes de los Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero Artículo: 79
 

Artículo: 79

La reglamentación fijará las facultades que se entenderán otorgadas a los apoderados generales.

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