Artículo: 657
Artículo:
657
Texto del artículo derogado por aplicación Ley
23311-1986 según:
Facúltase al Poder Ejecutivo para adoptar las
modificaciones y agregados a las Notas Explicativas vigentes y para adoptar las
Recomendaciones del Consejo de Cooperación Aduanera relativos a su Definición
de Valor, a los fines de la interpretación y aplicación del régimen de
valoración previsto en los artículos 642 a 655.
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