Artículo 644 del Código Aduanero
Artículo 644 del C.A.
Sección TRIBUTOS REGIDOS POR LA LEGISLACION ADUANERA
Título ESPECIES DE TRIBUTOS
Capítulo Derechos de importación
Detalle
Artículo: 644

Artículo: 644

Texto del artículo derogado por aplicación Ley 23311-1986 según:

DE-1026-1987-PEN

Los gastos a que se refiere el inciso b), del artículo 643, comprenden especialmente:

 a) los gastos de transporte;

 b) los gastos de seguro;

 c) las comisiones;

 d) los corretajes;

 e) los gastos para la obtención, fuera del territorio aduanero, de los documentos relacionados con la introducción de la mercadería en dicho territorio, incluidos los derechos consulares;

 f) los derechos y demás tributos exigibles fuera del territorio aduanero, con exclusión de aquellos de los que la mercadería hubiera sido desgravada o cuyo importe hubiera sido o debiera ser reembolsado;

 g) el costo de los embalajes, excepto si éstos siguen su régimen aduanero propio, así como los gastos de embalaje (mano de obra, materiales u otros gastos);

 h) los gastos de carga.

 

 

Modificaciones al Artículo
Norma Relación Detalle
LE-23311-1986-PLN Modifica
DE-1026-1987-PEN Deroga por aplicación Ley 23311/1986 PLN