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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Bol/Of
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Resolución General n° 825
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11/04/2000
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Fecha:
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14/04/2000
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Dependencia:
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RG-825-2000-AFIP
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Tema
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Tema:
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ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
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Asunto:
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Banca
Electrónica. Aduanas de Campana y La Plata.
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VISTO las
normas de procedimientos para la transferencia electrónica de fondos
aprobadas por la Res.ANA
2853/97 y la Res.Gral.AFIP
543/99, y
|
CONSIDERANDO: Que la transferencia electrónica de fondos se utiliza con el
objeto de realizar depósitos para ser afectados a destinaciones aduaneras a
través del SISTEMA INFORMATICO MARIA.
|
Que en virtud del dictado de la Res.Gral.AFIP 590/99 de
fecha 13 de mayo de 1999 que extendió la aplicación del citado Sistema a
todas las Aduanas del país, resulta necesario su adecuación y actualización.
|
Que la normativa vigente sólo habilita el uso de las redes para
las Aduanas de BUENOS AIRES y EZEIZA.
|
Que atendiendo necesidades operativas de los usuarios del
comercio internacional resulta necesario extender su uso a otras Aduanas.
|
Que las redes que actualmente operan son DATANET para
transferencias en pesos y SIFWAY para transferencias en pesos y dólares
estadounidenses.
|
Que la red DATANET realizó satisfactoriamente pruebas de
depósitos en dólares estadounidenses, por lo que correspondería autorizar
dicha operatoria.
|
Que han tomado la intervención que les compete las
Subdirecciones Generales de Legal y Técnica Aduanera y de Recaudación.
|
Que la presente se dicta de conformidad con las facultades
conferidas el Artículo 7º del Dec.618/97 de fecha 10 de julio de 1997.
|
Por ello,
|
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
|
Art.1º -
Aprobar las Normas de Procedimientos obrantes en el Anexo I de la presente.
|
Art.2º -
Dejar sin efecto la Res.ANA
2853/97 y la Res.Gral.AFIP
543/99.
|
Art.3º -
Facultar al Subdirector General de Recaudación para autorizar la
incorporación de otras Aduanas a recibir depósitos a través de transferencias
electrónicas de fondos.
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Art.4º -
La presente Resolución tendrá vigencia a partir de su publicación en el
Boletín Oficial.
|
Art.5º -
Regístrese, dése a la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación
y publíquese en Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido,
archívese.
|
ANEXO I
|
NORMAS DE PROCEDIMIENTOS
|
1 GENERALIDADES:
|
Los Importadores/Exportadores, Despachantes de Aduana y demás
usuarios que operen con el Sistema Informático MARIA, a partir de la fecha de
vigencia de la presente norma, podrán realizar depósitos en las cuentas
"Recaudación a Afectar" de las Aduanas de BUENOS AIRES, EZEIZA,
CAMPANA y LA PLATA
mediante transferencias electrónicas de fondos a través de las redes DATANET
y SIFWAY.
|
2 HORARIO DE IMPOSICION Y MONEDA:
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Las transferencias se cursarán los días hábiles en el horario
que fijen de común acuerdo la Subdirección General de Recaudación y el BANCO
DE LA NACION
ARGENTINA. Los depósitos podrán realizarse en pesos y en
dólares estadounidenses.
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3 TRAMITE DE LA IMPOSICION:
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|
3.1 RED DATANET: Permite a sus usuarios, por intermedio de las
entidades adheridas a la misma, realizar transferencias debitando los fondos
de su cuenta y acreditándolos en las cuentas "Recaudación a
Afectar" del Sistema Informático MARIA, de las Aduanas habilitadas.
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Para poder realizar una transferencia, deberán ingresarse en la
pantalla habilitada a tal fin los siguientes datos:
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Aduana de pago
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Fecha
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Cuenta de débito (cuenta del usuario)
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CUIT Importador/Exportador
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CUIT Despachante
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Cuenta de Crédito (Recaudación a Afectar)
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Importe parcial y total
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Banco de débito.
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3.2
RED SIFWAY: los usuarios deberán conectarse con el sistema informático del
BANCO DE LA NACION
ARGENTINA a través del cual se debitarán los fondos de su
cuenta habilitada en el citado BANCO, acreditándolos en las cuentas
"Recaudación a Afectar" correspondiente.
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Para
poder utilizar una transferencia, deberán ingresarse en la pantalla
habilitada para tal fin los siguientes datos:
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Código y nombre de la Aduana.
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Tipo de cuenta (corriente o de ahorro)
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|
CUIT del Importador/Exportador
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Importe.
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3.3
Para ambas redes una vez ingresada la transferencia en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA
y superados los controles de habilitación de usuarios y cuenta, se produce el
traspaso de fondos de la cuenta del cliente a la cuenta de la Aduana que corresponda,
utilizando el vínculo de comunicación existente entre el equipamiento del
BANCO y el del Sistema Informático MARIA.
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Aprobada
la transacción, la aplicación generará un identificador de la transferencia
compuesto por SIETE dígitos; correspondiendo UN dígito para el número fijo 8
y SEIS dígitos a una secuencia de numeración de las transferencias para las
operaciones efectuadas por DATANET; y un identificador compuesto de NUEVE
dígitos, correspondiendo DOS dígitos para el año, TRES dígitos para el día en
formato juliano y CUATRO dígitos que corresponden a una secuencia
de numeración de las transferencias comenzando en cero todos los días para
las operaciones efectuadas a través de SIFWAY.
|
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3.4
El BANCO DE LA NACION ARGENTINA
|
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será
responsable de la seguridad y oportunidad de la transmisión de los datos por
las redes que se autorizan por la presente, así como de cualquier
acreditación que informada por ese medio no resultare corroborada en la
posterior rendición que debe efectuar dicha Institución.
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3.5
Al día siguiente el interesado podrá retirar del BANCO DE LA NACION ARGENTINA
(Sucursal Aduana) el comprobante respaldatorio de la operación efectuada.
|
4
CONTROL DE LAS ACREDITACIONES:
|
Diariamente
el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA realizará la rendición bancaria
respectiva, a la
División Documentación Fiscal de la Aduana de BUENOS AIRES, a
la Sección
Administración de la Aduana de EZEIZA y las Secciones Contables de
las restantes Aduanas.
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Dicha
documentación será controlada también en forma diaria por esas dependencias,
con el Listado de Acreditaciones Aceptadas y el Listado Resumen de Importes
Pendientes de Afectación, emitidos por el Sistema Informático MARIA.
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