Detalle de la norma RE-892-1993-MEOSP
Resolución Nro. 892 Ministerio de Economia Obras y Servicios Publicos
Organismo Ministerio de Economia Obras y Servicios Publicos
Año 1993
Asunto Bienes Usados - Prohibiciones
Boletín Oficial
Fecha: 25/08/1993
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 892

18/08/1993

Fecha:

25/08/1993

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Dependencia:

RE-892-1993-MEOSP

Tema LOA:

 0171

Tema:

Ropa Usada. Importación.

Asunto:

Establécense excepciones a la prohibición.

 

 

VISTO el expediente N° 612.724/93 del Registro de la Secretaría de Industria y Comercio, y

CONSIDERANDO: Que por la Resolución MEOSP N° 1646/91 de fecha 17 de diciembre de 1991 prorrogada por las Resoluciones MEOSP N° 696/92 del 11 de junio de 1992, 1391/92 del 4 de diciembre de 1992 y 623/93 del 10 de junio de 1993, se estableció la prohibición de la importación para consumo de los artículos de prendería usados comprendidos en la posición 6309.00.000 de la Nomenclatura del Comercio Exterior.

Que diversas instituciones religiosas así como también Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales han realizado presentaciones solicitando la excepción a la prohibición de importación, cuando se trate de bienes donados.

Que en atención a las características no comerciales que revisten dichas operaciones de importación y al destino de las mismas resulta conveniente exceptuar la prohibición de importación referida, a las donaciones de ropa usada hechas a favor del Estado Nacional, Provincial o Municipal o, en su caso, a sus respectivas reparticiones y entes centralizados o descentralizados y a la Iglesia Católica Apostólica Romana así como también a las Instituciones Religiosas de las distintas confesiones que se profesan en el país inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, que ingresen al país por los beneficios dispuestos en el artículo 86 de la Ley N° 23.697, en el artículo 17 de la Ley N° 23.871 o en el Decreto N° 732/72 de fecha 10 de febrero de 1972 y sus modificaciones.

Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la debida intervención.

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en los Artículos 626, 632 y 634 de la Ley 22.415, en la Ley de Ministerios -t.o. en 1992- y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 2752/91 de fecha 26 de diciembre de 1991.

Por ello,

El Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos Resuelve:

ARTICULO 1o - Exceptúase de lo establecido en el Artículo 1o de la Resolución MEOSP N° 1646/91 de fecha 17 de diciembre de 1991 prorrogada por las Resoluciones MEOSP N° 696/92 del 11 de junio de 1992, 1391/92 del 4 de diciembre de 1992, y 623/93 del 10 de junio de 1993, a las donaciones de ropa usada hechas a favor del Estado Nacional, Provincial o Municipal o, en su caso, a sus respectivas reparticiones y entes centralizados o descentralizados y a la Iglesia Católica Apostólica Romana, así como también a las Instituciones Religiosas de las distintas confesiones que se profesan en el país inscriptas en el Registro Nacional de Cultos con una antigüedad no menor a Dos (2) años, que ingresen al país amparadas por los beneficios dispuestos en el artículo 86 de la Ley N° 23.697, en el artículo 17 de la Ley N° 23.871 o en el Decreto N° 732/72 de fecha 10 de febrero de 1972 y sus modificaciones.

ART. 2o - La propiedad posesión, tenencia o uso de las mercaderías beneficiadas por la excepción establecida en el artículo 1o de la presente resolución no podrá ser objeto de transferencia, a título oneroso, por un lapso no menor de cinco (5) años a contar desde el 1 ° de enero del año siguiente a aquél en que se efectúe el libramiento a plaza de los bienes.

ART. 3o - La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ART. 4o - De forma.

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-3786-2015-AFIP Relaciona Las importaciones para consumo de mercaderías en carácter de donación
RE-504-2000-ME Complementa Prorrógase la prohibición de importación para consumo de neumáticos
RE-775-1999-MEOSP Complementa Prohibición de importación para consumo de productos usados
RE-1514-1997-MEOSP Complementa Prohibición de importación para consumo de los productos usados -Neumáticos-
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-1646-1991-MEOSP Excepciones a la prohibición