Detalle de la norma DC-6-2002-CMC
Decisión Nro. 6 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2002
Asunto Prorroga de plazos
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en Boletín/Of 
Decisión Nº 6 05/07/2002 Fecha  03/07/2002
 
Dependencia: DC-6-2002-CMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: PRORROGA DE LOS PLAZOS
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones 57/00, 05/01, 07/01 y 16/01 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es necesario prorrogar los plazos establecidos para que el Grupo de Alto Nivel para Examinar la Consistencia y Dispersión del Arancel Externo Común eleve sus propuestas;

Que es necesario prorrogar los plazos establecidos para que el Grupo Mercado Común concluya las tareas encomendadas en los artículos 4 y 5 de la Decisión CMC 57/00.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE:

Art. 1 - Prorrogar, hasta el 10 de junio de 2003, el plazo para que el Grupo de Alto Nivel constituido por la Decisión CMC 05/01, eleve propuestas al Grupo Mercado Común relacionadas al mandato establecido en los Artículos 1 y 2 de la referida Decisión.

Art. 2 - Prorrogar, hasta el 20 de noviembre de 2002, el plazo previsto en el Artículo 4 de la Decisión CMC 57/00 para que el Grupo Mercado Común elabore una propuesta de reglamentación de la aplicación en el MERCOSUR de medidas adoptadas al amparo del Artículo 50 del Tratado de Montevideo 1980.

Art. 3 - Prorrogar, hasta el 20 de noviembre de 2002, el plazo previsto en el Artículo 5 de la Decisión CMC 57/00 para que el Grupo Mercado Común elabore, a partir de recomendaciones de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, una propuesta para el establecimiento de disciplinas relativas a los procedimientos administrativos de comercio exterior adoptados por los Estados Parte.

Art. 4 - El Grupo Mercado Común deberá elevar el resultado de los trabajos encomendados en los Artículos 2 y 3 de la presente Decisión para la consideración del Consejo Mercado Común en su XXIII Reunión Ordinaria.

Art. 5 - La presente Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXII CMC - Buenos aires, 5/VII/02

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DC-10-2003-CMC Modifica Art 1°.
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DC-5-2001-CMC ArtS 1° Y 2°.
Modifica DC-57-2000-CMC Art 5°.
Relaciona LE-23981-1991-PLN Prorroga de plazos