Detalle de la norma RE-52-1997-GMC
Resolución Nro. 52 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1997
Asunto Lista Positiva de resinas y polímeros
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Resolución Nº 52 13/12/1997 Fecha:  
 
Dependencia: RE-52-1997-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LA ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA POSITIVA DE RESINAS Y POLÍMEROS PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS (RESOLUCIÓN GMC Nº 87/93).
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones No 87/93 y 91/93 del Grupo Mercado Común, y la Recomendación Nº 26/97 del SGT Nº 3 “Reglamentos Técnicos”.

CONSIDERANDO:

Que los Estados Partes acordaron actualizar la Lista Positiva de resinas y polímeros para materiales plásticos en contacto con alimentos, con la inclusión de nuevas sustancias y efectuar  correcciones a la Resolución GMC No 87/93.

Que lo acordado facilitará la comercialización de alimentos en el MERCOSUR

EL GRUPO MERCADO  COMUN RESUELVE:

Art. 1.  Aprobar las siguientes inclusiones y modificaciones en la Resolución GMC N° 87/93:

1. En el Anexo I (Parte A)

1.1. Donde dice:

“- Poliésteres: polímeros, inclusive resinas alquídicas, obtenidos por esterificación de uno o más ácidos orgánicos, mono o policarboxílicos, abajo mencionados, con uno o más alcoholes  polivalentes, conjugados o no,  reticulados (III) o no con estireno, alfa-metilestireno y monómeros vinílicos.”

Debe decir:

“-  Poliésteres: polímeros, inclusive resinas alquídicas, obtenidos por esterificación de uno o más ácidos orgánicos, mono o policarboxílicos o de los anhídridos, con uno o más alcoholes mono o polivalentes, conjugados o no, listados a continuación, reticulados (III) o no con estireno, alfa-metilestireno y monómeros vinílicos.”

Incluir bajo el subtítulo

"Ácidos:"

· glutárico

· láctico

Incluir el subtítulo, con las sustancias debajo listadas:

"Anhídridos:"

· acético

· azelaico

· ftálico

· maleico (3)

· piromelítico (34)

· sebácico

· succínico

1.2. Incluir bajo el título:

“- Polímeros de dos o más de los siguientes compuestos:”

· 1,9-decadieno

· laurato de vinilo

2. En el Anexo I (Parte B)

En el título

“- Polímeros de dos o más de los siguientes compuestos:”

Eliminar:

· laurato de vinilo

3. En el Anexo II  (Límites de composición y de migración específica):

Agregar:

(34)  anhídrido piromelítico: LME = 0,05 mg/Kg (expresado como ácido piromelítico)

Art.2  Las autoridades competentes encargadas de adoptar las medidas necesarias para la implementación de la presente Resolución en los Estados Partes del MERCOSUR son:

Argentina:

1. Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

1.1. Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.

1.1.1. Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria .

1.1.2 Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)

2. Ministerio de Salud y Acción Social

2.1 Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

2.1.1. Instituto Nacional de Alimentos

 

Brasil:

Ministério da Saúde

 

Paraguay:

1. Ministerio de Industria y Comercio

1.1. Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN)

2. Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

2.1. Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN).

 

Uruguay

Ministerio de Salud Pública (MSP).

Art. 3. La presente Resolución entrará en vigencia el 1/III/98.

XXVIII GMC - Montevideo, 13/XII/97

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-24-2004-GMC Deroga Deroga
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-87-1993-GMC Anexo I y Anexo II