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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Resolución n° 4 |
01/12/1993 |
Fecha:
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Dependencia:
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RE-4-1993-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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Asuntos Comerciales |
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VISTO El art. 13 del Tratado de Asunción, el art. 10 de
la decisión Nº 4/91, el art. 1 de la decisión Nº 1/92 y las Recomendaciones
del Sub Grupo de trabajo No 1 "Asuntos
Comerciales", Nº 5 "Transporte Terrestre", Nº 6
"Transporte Marítimo" y Nº 11 "Relaciones Laborales Empleo y
Seguridad Social" |
CONSIDERANDO: |
Que
los plazos fijados en el Cronograma de las Leñas solo podrán ser modificados
por Resolución del Grupo Mercado Común y en ningún caso podrán ser extendidos
por más de tres meses. |
Las
solicitudes planteadas por los Sub Grupos de
Trabajo Nº 1, Nº 5.,Nº 6 y Nº 11. |
La
necesidad de compatibilizar los plazos de algunos puntos del Cronograma que
tienen estrecha vinculación, a efectos de su mejor cumplimiento. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE |
Art 1‑
Prorrogar por tres meses el plazo para el cumplimiento de los ítem 10.2 y
10.3 que forman parte del Cronograma de "Las Leñas" previstas para
el SGT Nº 1. |
Art 2‑
Prorrogar el vencimiento del plazo por un período de 90 días de los puntos
previstos para el SGT Nº 6 "Transporte Marítimo": |
1.4
"Examen en cada país de la propuesta del Acuerdo Multilateral de
Transporte Marítimo; |
2.4
"Formulación del documento final del Registro Común de
Embarcaciones". |
Art 3‑
Prorrogar por tres meses el plazo del cumplimiento de los ítem 2.2 que forma
parte del Cronograma de Las Leñas previstas para el SGT Nº 11
"Relaciones Laborales, Empleo y Seguridad Social" |
Art 4‑
Las tareas del Cronograma de Las Leñas correspondientes a los puntos 4 del
SGT Nº. 5 y 4 del SGT No. 6 se realizarán durante
los tres meses siguientes a la fecha en que el SGT Nº.
11 les informe los resultados del trabajo "Costos laborales en el sector
de transporte terrestre y marítimo" (punto 7 del Cronograma del SGT Nº. 11 ). |
Art 5‑
El plazo previsto en el punto 1.2 del Cronograma del SGT Nº 5. debe coincidir conl el del punto 3.3 del mismo Subgrup |
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