![]() |
|
Documento y Nro
|
Fecha
|
Publicado en:
|
Boletín/Of |
Resolución n° 30 |
21/06/1996
|
Fecha: |
30/07/1996 |
|
|
Dependencia:
|
RE-30-1996-GMC
|
Tema:
|
MERCOSUR |
Asunto:
|
IDENTIDAD Y CALIDAD DEL QUESO PATEGRAS
SANDWICH
|
|
|
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Resolución Nº
91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 3/96 del SGT Nº 3 “Reglamentos
Técnicos”. |
CONSIDERANDO: Que los Estados Partes acordaron fijar la Identidad y Calidad del Queso Pategrás Sandwich. |
Que
la armonización de los reglamentos técnicos propenderá a eliminar los obstáculos
que generan las diferencias en los reglamentos técnicos nacionales, dando
cumplimiento a lo establecido por el Tratado de Asunción. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art. 1 Aprobar el
Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Pategrás
Sandwich que figura en el Anexo de la presente Resolución. |
Art. 2 Los Estados Partes
pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y
administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a
través de los siguientes organismos: |
Argentina:
Ministerio de Salud y Acción Social Ministerio de Economía Y Obras y
Servicios Públicos Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación (Servicio
Nacional de Sanidad Animal). |
Brasil:
Ministerio de Salud Ministerio de Agricultura y de Abastecimiento. |
Paraguay:
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Ministerio de Agricultura y
Ganadería. |
Uruguay: Ministerio de Salud Pública. Ministerio de
Industria, Energía y Minería. (Laboratorio Tecnológico del Uruguay)
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. |
Artículo 4º. La presente Resolución entrará en vigor en el
Mercosur en un plazo máximo de 90 (noventa) días a partir de su aprobación. |
XXII GMC - Buenos Aires, 21/VI/1996 |
|
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR DE
IDENTIDAD Y CALIDAD DEL QUESO PATEGRAS SANDWICH. |
1. ALCANCE. |
|
1.1.
OBJETIVO. |
|
Establecer
la identidad y los requisitos mínimos de calidad que deberá cumplir el Queso
Pategrás Sandwich destinado al consumo humano. |
|
El
Queso Pategrás Sandwich para uso industrial podrá no cumplir con todos los
requisitos de este reglamento siempre que para ello exista una justificación
tecnológica. |
|
1.2.
AMBITO DE APLICACION. |
|
El
presente Reglamento se refiere al Queso Pategrás Sandwich a ser
comercializado en el MERCOSUR. |
2. DESCRIPCION. |
|
2.1.
DEFINICION. |
|
Con
el nombre de Queso Pategrás Sandwich se entiende el queso madurado que se
obtiene por coagulación de la leche por medio del cuajo y/u otras enzimas coagulantes
apropiadas, complementada o no por la acción de bacterias lácticas
específicas. |
|
2.2.
CLASIFICACION. |
|
El
Queso Pategrás Sandwich es un queso de mediana humedad y semigraso de acuerdo
a la clasificación establecida en el "Reglamento Técnico General MERCOSUR de Identidad y Calidad de
Quesos". |
|
2.3.
DESIGNACION (Denominación de Venta). |
|
Se
denominará "Queso Pategrás Sandwich" o "Queso Pategrás
Sandwich de Uso Industrial" según corresponda. |
3. REFERENCIAS. |
Reglamento
Técnico General MERCOSUR para la
Fijación de Requisitos Microbiológicos de Quesos |
Reglamento
Técnico General MERCOSUR de Identidad
y Calidad de Quesos. |
Norma
FIL 4A:1982. Quesos y Quesos procesados. Determinación del contenido de
sólidos totales (Método de referencia). |
Norma
FIL 5B:1986. Quesos y Productos Procesados de Queso. Contenido de materia
Grasa. |
Norma
FIL 50B:1985. Leche y productos lácteos-Métodos de muestreo. |
Norma
A6 del Codex Alimentarius. Norma General para el Queso. |
Norma
FIL 99A:1987. Evaluación sensorial de Productos Lácteos. |
4. COMPOSICION Y REQUISITOS. |
|
|
4.1.
COMPOSICION. |
|
|
4.1.1.
Ingredientes obligatorios. |
|
|
4.1.1.1.
Leche y/o leche reconstituida estandarizadas en su contenido de materia
grasa. |
|
|
4.1.1.2.
Cultivos de bacterias lácticas específicas. |
|
|
4.1.1.3.
Cuajo y/u otras enzimas coagulantes apropiadas. |
|
|
4.1.1.4.
Cloruro de sodio. |
|
|
4.1.2.
Ingredientes opcionales. |
|
|
4.1.2.1.
Leche en polvo. |
|
|
4.1.2.2.
Crema. |
|
|
4.1.2.3.
Sólidos de origen lácteo. |
|
|
4.1.2.4.
Cloruro de Calcio. |
|
4.2.
REQUISITOS. |
|
|
4.2.1.
CARACTERISTICAS SENSORIALES. |
|
|
4.2.1.1.
Consistencia. |
|
|
Semidura,
elástica. |
|
|
4.2.1.2.
Textura. |
|
|
Compacta,
lisa, no granulosa, pudiendo presentar algunas aberturas mecánicas. |
|
|
4.2.1.3.
Color. |
|
|
Blanco
amarillento uniforme. |
|
|
4.2.1.4.
Sabor. |
|
|
Acentuado,
característico, ligeramente picante. |
|
|
4.2.1.5.
Olor. |
|
|
Característico. |
|
|
4.2.1.6.
Corteza. |
|
|
Lisa,
consistente, bien formada, sin grietas ni fisuras o sin corteza. |
|
|
4.2.1.7.
Ojos. |
|
|
Algunos
ojos pequeños o medianos, bien diseminados. |
|
|
4.2.2.
FORMA Y PESO. |
|
|
4.2.2.1.
Forma. |
|
|
Paralelepípedo
de sección transversal rectangular. |
|
|
4.2.2.2.
Peso. |
|
|
De
3 a 5 kg. |
|
|
4.2.3.
REQUISITOS FISICO-QUIMICOS. |
|
|
Responderá
a las características de composición y calidad de los quesos de mediana
humedad y semigrasos establecidas en el Reglamento Técnico General MERCOSUR de Identidad y Calidad de Quesos. |
|
|
4.2.4.
CARACTERISTICAS DISTINTIVAS DEL PROCESO DE ELABORACION. |
|
|
4.2.4.1.
Obtención de una masa semicocida, moldeada, prensada, salada y madurada. |
|
|
4.2.5.
ACONDICIONAMIENTO. |
|
|
En
envolturas plásticas con o sin vacío, con recubrimientos adheridos o no o en
envases, todos ellos bromatológicamente aptos. |
|
|
4.2.6.
CONDICIONES DE CONSERVACION Y COMERCIALIZACION. |
|
|
El
Queso Pategrás Sandwich deberá mantenerse a una temperatura no superior a 12 ºC. |
5. ADITIVOS Y COADYUVANTES DE TECNOLOGIA/ELABORACION. |
|
5.1.
ADITIVOS. |
|
Se
autorizan los aditivos previstos en el Punto 5. del "Reglamento Técnico
General MERCOSUR de Identidad y Calidad de Quesos" para Quesos de
Mediana Humedad. |
|
5.2.
COADYUVANTES DE TECNOLOGIA/ELABORACION. |
|
Se
autoriza el uso de los coadyuvantes de tecnología/elaboración previstos en el
"Reglamento Técnico General MERCOSUR de Identidad y Calidad de
Quesos". |
6. CONTAMINANTES. |
Los
contaminantes orgánicos e inorgánicos no deben estar presentes en cantidades superiores
a los límites establecidos por el Reglamento MERCOSUR correspondiente. |
7. HIGIENE. |
|
7.1.
Consideraciones generales. |
|
Las
prácticas de higiene para la elaboración del producto estarán de acuerdo a lo
que se establece en el Código Internacional Recomendado de Prácticas,
Principios Generales de Higiene de los Alimentos (CAC/VOL A 1985). |
|
La
leche a ser utilizada deberá ser higienizada por medios mecánicos adecuados y
sometida a pasterización, o tratamiento térmico equivalente para asegurar
fosfatasa residual negativa (A.O.A.C. 15º
Ed. 1990, 979.13, p. 823) combinado o no con otros procesos físicos o
biológicos que garanticen la inocuidad del producto. |
|
7.2
Criterios macroscópicos. |
|
El
producto no deberá contener impurezas o sustancias extrañas de cualquier
naturaleza. |
|
7.3.
Criterios microscópicos. |
|
El
producto no deberá presentar sustancias microscópicas extrañas de cualquier
naturaleza. |
|
7.4. Criterios microbiológicos. |
|
El
Queso Pategrás Sandwich deberá cumplir con lo establecido en el
"Reglamento Técnico General MERCOSUR para la Fijación de Requisitos
Microbiológicos de Quesos" para Quesos de Mediana Humedad. |
8. PESOS Y MEDIDAS. |
Se
aplicará el Reglamento MERCOSUR correspondiente. |
9. ROTULADO. |
Se
aplicará el Punto 9. ROTULADO. del "Reglamento Técnico General MERCOSUR
de Identidad y Calidad de Quesos" |
Se
denominará "Queso Pategrás Sandwich" o "Queso Pategrás
Sandwich de Uso Industrial" según corresponda. |
10. METODOS DE ANALISIS. |
Humedad:
FIL 4A: 1982. |
Materia
grasa-: FIL 5B: 1986. |
11. MUESTREO. |
Se
seguirán los procedimientos recomendados en la Norma FIL 50B: 1985. |
|