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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 29 |
09/03/1999 |
Fecha: |
21/04/1999 |
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Dependencia: |
RE-29-1999-GMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE
ACTUALIZACION DE
LA
LISTA POSITIVA DE POLIMERO Y RESINAS PARA ENVASES Y
EQUIPAMIENTOS PLASTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS (RESOLUCION GMC Nº 87/93) |
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VISTO: El Tratado de Asunción , el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones
GMC Nº 87/93 , Nº 5/95 y Nº 38/98 y
la Recomendación Nº
24/98 del SGT Nº 3 “Reglamentos Técnicos y Evaluación de
la Conformidad” |
CONSIDERANDO: |
Que
los Estados Partes acordaron actualizar
la Lista Positiva de
polímeros y resinas para materiales plásticos en contacto con alimentos, con
la inclusión de nuevas sustancias en
la Resolución GMC Nº 87/93 |
Que
lo acordado facilitará la comercialización de alimentos en el MERCOSUR |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art 1º
- Aprobar el “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Actualización de
la Lista Positiva de
Polímeros y Resinas para Envases y Equipamientos Plásticos en Contacto con
Alimentos (Resolución GMC Nº 87/93)” , en sus versiones en español y
portugués , que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución |
Art.
2º -Aprobar las siguientes inclusiones en
la Resolución GMC Nº 87/93 |
1.
En el Anexo (Parte A) |
Bajo
el título |
“Resinas” |
bajo
el subtítulo |
“de
Siliconas, elaboradas a partir de (42)” |
· Organopolisiloxanos lineales o ramificados
, con grupos metilo solamente o grupos N-alquilo (C2-C32), fenilo y/o
grupos hidroxilo sobre el átomo de silicio y sus productos de condensación
con polietilen- y/o polipropilenglicol.
No pueden contener polisiloxanos cíclicos que
tengan un grupo fenilo próximo a un átomo de hidrógeno o un grupo metilo
sobre el mismo átomo de silicio |
· Organopolisiloxanos lineales o ramificados del
párrafo anterior con adición de 5% de hidrógeno y/o grupos alcoxi (C2-C4) y/o carboalcoxialqui y/o hidroxialquil (C1-C3) como máximo sobre el
átomo de silicio |
· Organopolisiloxanos con grupos óxido de sodio y/o grupos
vinilo en el átomo de silicio, solos o combinados con ésteres derivados
de: |
Ácido isoftálico |
Ácido tereftálico |
y |
Etilenglicol |
Trimetilolpropano |
4,4’
- isopropillidendifenol (=bisfenol A) |
Glicerina |
Pentaeritritol |
2.
En el Anexo II |
(42)
No pueden contener más que 0.1% de ácido clorhídrico o sus productos de
reacción |
Art.
3º - Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones
legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar
cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos: |
Argentina: |
Ministerio
de Economía y Obras y Servicios Públicos |
Secretaría
de Agricultura, Ganadería , Pesca y Alimentación |
Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria |
Instituto
Nacional de Vitivinicultura (INV) |
Ministerio
de Salud y Acción social |
Administración
Nacional de Medicamentos , Alimentos y Tecnología Médica |
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Brasil: |
Ministério de Saúde |
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Paraguay: |
Ministerio
de Industria y Comercio |
Instituto
Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) |
Ministerio
de Salud Pública y Acción Social |
Instituto
Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) |
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Uruguay: |
Ministerio
de Salud Pública (MSP) |
|
Art.
4º - El presente Reglamento Técnico se aplicará en el territorio de los
Estados Partes , al comercio entre ellos y a las importaciones extrazona |
Art.
5º - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente
Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del día 10 de setiembre de 1999 |
XXXIV
GMC - Asunción, 10/VI/99 |
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