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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 27 |
10/06/1999 |
Fecha: |
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Dependencia:
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RE-27-1999-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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REGLAMENTO
TECNICO MERCOSUR SOBRE ADHESIVOS UTILIZADOS EN
LA FABRICACION DE
ENVASES Y EQUIPAMIENTOS DESTINADOS A ENTRAR EN CONTACTO CON ALIMENTOS |
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VISTO: El Articulo 13 del
Tratado de Asuncion, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones
No 3/92, 30/92, 19/94, 56/97 y 38/98 del Grupo Mercado Comun y
la Recomendacion No
20/98 del SGT No 3
“Reglamentos Tecnicos y Evaluacion de la Conformidad.
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CONSIDERANDO: Que habiendose fijado en el apartado 8 de
la Introduccion de la “Lista Positiva para Envases y Equipamientos Celulosicos en contacto con Alimentos", Resolucion GMC N° 56/97, que "Los adhesivos utilizados para la union de materiales celulosicos entre si o con otro tipo de material, en la fabricacion de envases y equipamientos en contacto con alimentos, deberan cumplir
la Resolucion MERCOSUR
correspondiente".
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Que de acuerdo a este criterio, se considera
conveniente disponer de una reglamentacion comun sobre "ADHESIVOS UTILIZADOS EN
LA FABRICACION DE
ENVASES Y EQUIPAMIENTOS DESTINADOS A ENTRAR EN CONTACTO CON ALIMENTOS".
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EL
GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
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Art. 1 - Aprobar el
“Reglamento Tecnico MERCOSUR sobre Adhesivos
Utilizados en
la Fabricacion de Envases y Equipamientos
Destinados a entrar en Contacto con Alimentos", en sus versiones en espanol y portugues, que consta
como Anexo y forma parte de la presente Resolucion.
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Art. 2
- Los Estados Partes pondran en vigencia las
disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar
cumplimiento a la presente Resolucion a traves de los siguientes organismos.
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Argentina: Ministerio de Economia y Obras y Servicios Publicos
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Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
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Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria
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Instituto Nacional de Vitivinicultura
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Ministerio de Salud y Accion Social
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Administracion Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnologia Medica.
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Brasil: Ministerio da Saude
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Paraguay: Ministerio de Industria y Comercio
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Instituto Nacional de Tecnologia y Normalizacion (INTN)
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Ministerio de Salud Publica y Bienestar
Social
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Instituto Nacional de Alimentacion y Nutricion (INAN)
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Uruguay: Ministerio de Salud Publica (MSP)
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Art. 3 - El presente
Reglamento Tecnico se aplicara en el territorio de
los Estados
Partes, al comercio entre ellos y a las
importaciones extrazona.
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Art. 4
- Los
Estados Partes del MERCOSUR deberan incorporar la
presente Resolucion
a sus ordenamientos juridicos internos antes del dia 10 de setiembre de 1999.
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XXXIV GMC . Asuncion,
10/VI/99 |
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ANEXO
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REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE ADHESIVOS UTILIZADOS EN
LA FABRICACION DE
ENVASES Y EQUIPAMIENTOS DESTINADOS A ENTRAR EN CONTACTO CON ALIMENTOS |
1.
ALCANCE
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La presente reglamentacion es de cumplimiento obligatorio para los adhesivos utilizados en la fabricacion de articulos en contacto
con los alimentos. No incluye los adhesivos sensibles a la presion utilizados directamente en contacto con los
alimentos, los que, dada su naturaleza, deberan cumplir las reglamentaciones MERCOSUR correspondientes a materiales y elastomeros.
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2.
CRITERIOS GENERALES
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2.1.- Los adhesivos se podran elaborar a partir de una o mas de las sustancias mencionadas en la
"Lista Positiva de Polimeros y Resinas para Envases
y Equipamientos Plasticos en contacto con
Alimentos", la "Lista Positiva de Aditivos para Materiales Plasticos destinados a
la Elaboracion de Envases y Equipamientos en contacto con Alimentos", la "Lista
Positiva para Envases y Equipamientos Celulosicos en contacto con Alimentos" y la "Lista Positiva para Envases y
Equipamientos Elastomericos en contacto con
Alimentos".
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2.2.- Las sustancias utilizadas deberan ser de buena calidad en cuanto a criterios de
pureza.
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2.3.- La cantidad de adhesivo en contacto
con los alimentos, en las uniones y en los bordes de los laminados, debera ser minima, segun las buenas practicas de manufactura.
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Bajo condiciones normales de uso la union del envase o los laminados deberan permanecer firmemente unidos, sin separacion visible.
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2.4.- Los ensayos necesarios para la comprobacion del cumplimiento del punto 3.1 de
la Resolucion GMC
No 3/92 se realizaran sobre el articulo sujeto a
aprobación / autorizacion.
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2.5.- Los adhesivos deberan llevar en el rotulo impresa la leyenda: "Adhesivo para...............(*)................para
la fabricacion de articulos en contacto con alimentos".
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(*) debera figurar el/los materiale/s al que esta
destinado. |
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