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Documento
y Nro
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Fecha
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Publicado
en:
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Boletín/Of
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Decisión
Nº 30
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28/06/2007
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Fecha:
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23/08/2007
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Dependencia:
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DC-30-2007-CMC
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Tema:
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MERCOSUR
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Asunto:
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ACUERDOS EMANADOS DE LA XXI REUNION DE MINISTROS
DEL INTERIOR
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto
y las Decisiones N° 07/96, 18/98 y 02/02 del Consejo del Mercado Común.
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CONSIDERANDO:
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Que
en los términos del Artículo 8, inciso VI del Protocolo de Ouro Preto,
compete al Consejo del Mercado Común pronunciarse sobre los Acuerdos
remitidos por las Reuniones de Ministros.
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Que
los avances alcanzados en el ámbito de la Reunión de Ministros del Interior, son
esenciales para la consolidación del MERCOSUR.
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El CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE:
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Art.
1 - Aprobar el Acuerdo de Autorización para el Intercambio de Información a
través del SISME y la
Formalización de su Reglamentación, que consta como Anexo
I.
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Art.
2 - Aprobar el Acuerdo para la Aprobación de los Operativos Coordinados
previstos para el Segundo Semestre de 2007, que consta como Anexo II.
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Art.
3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los
Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento
del MERCOSUR
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XXXIII
CMC - Asunción, 28/VI/07
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ANEXO
I
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MERCOSUR/RMI/ACUERDO
Nº 01/07
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ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PARA EL INTERCAMBIO DE
INFORMACIÓN A TRAVÉS DEL SISME Y LA FORMALIZACIÓN DE
SU REGLAMENTACIÓN
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El
Director Nacional de Migraciones de la República Argentina,
en representación del Ministro del Interior de dicho país, el Ministro de
Justicia de la
República Federativa del Brasil, el Ministro del Interior
de la República
del Paraguay y la Ministra
del Interior de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes
del Mercado Común del Sur (MERCOSUR); el Ministro de Gobierno de la República de
Bolivia, el Director de la
División de Seguridad Pública de la República de
Chile, en representación del Ministro del Interior de este país, y el
Subsecretario de Desarrollo Organizacional de la República del
Ecuador, en representación del Ministro de Gobierno y Policía de dicho país,
en su carácter de Estados Asociados.
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CONSIDERANDO
la necesidad que impone la lucha contra todas las formas de delincuencia
organizada de seguir avanzando en el diseño de mecanismos que contribuyan a
la cooperación y asistencia recíproca entre las Fuerzas de Seguridad y
Policiales y demás Organismos comprometidos en la Seguridad de la
región,
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Que
mediante Acuerdo MERCOSUR/RMI/ACUERDO Nº 1/98 - RMI - Buenos Aires, 27/III/98
- fueron oportunamente aprobadas las Normas Generales para la Implementación
del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR, y por
Decisiones del CMC Nº 25/99 y 26/99 el Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del
MERCOSUR (SISME),
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Que
en una posterior etapa ha sido aprobado el nuevo diseño operacional del
Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR por Decisión
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 36/04, instrumento que establece la necesidad de contar
con una reglamentación como condición para su implementación, por lo cual el
anterior reglamento no resulta aplicable, debiendo adecuarse a esta última
Decisión.
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Que
hasta tanto se apruebe la nueva reglamentación del Sistema, se hace necesario
iniciar el intercambio de información a los efectos de perfeccionar el
funcionamiento y los alcances del SISME, haciéndolo en una primera etapa con
las bases de datos que se encuentran disponibles en el Sistema
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ACUERDAN:
1º - Autorizar el inicio del intercambio de información a los fines de la
realización de diagnósticos regionales sobre las distintas modalidades
delictivas y para orientar las investigaciones que se desarrollen en cada
Estado Parte y/o Asociado.
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2º
- Ante la noticia del SISME dando cuenta de una restricción o impedimento –no
internacional- el consultante comunicará tal circunstancia al organismo
consultado. De no producirse, éste último podrá requerir un informe respecto
de los motivos de la consulta y de lo obrado en consecuencia.
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3º
- Encomendar a la Comisión Técnica y a sus grupos de trabajo
dependientes, el inicio de las tareas respectivas para aprobar la nueva
reglamentación que reemplace al denominado "Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del
MERCOSUR", aprobado por Decisiones del CMC Nº 25/99 y Nº 26/99, de conformidad
con lo establecido en el presente Acuerdo. Dicha labor deberá concluirse
durante la
Presidencia Pro Tempore del Uruguay de 2007.
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4º
- Comprometerse a la adopción de todas las medidas, conforme a la legislación
de cada país y a las capacidades materiales y humanas de las que se
dispongan, a fin de cumplir adecuadamente con los propósitos que animan el
presente Acuerdo.
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5º
- Que el presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha, debiendo la Comisión Técnica,
a través de los grupos de trabajo dependientes, coordinar todo lo necesario
para asegurar su ejecución en el 2008, con los alcances y limitaciones que
jurídicamente correspondan.
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Firmado
en Asunción, al primer día del mes de junio del año dos mil siete, en 2 (dos)
ejemplares, 1 (uno) en español y 1 (uno) en portugués, todos de un mismo
tenor e igualmente válidos
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POR
LA REPÚBLICA
DE ARGENTINA
_______________________________
Ricardo
Eusebio RODRÍGUEZ
Director
Nacional de Migraciones en representación del Ministro del Interior
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POR
LA
REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
_______________________________
Tarso
GENRO
Ministro
de Justicia
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POR
LA REPÚBLICA
DEL PARAGUAY
_______________________________
Rogelio
BENÍTEZ VARGAS
Ministro
del Interior
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POR
LA
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
_______________________________
Daisy
TOURNÉ
Ministra
del Interior
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POR
LA REPÚBLICA
DE BOLIVIA
_______________________________
Alfredo
RADA VELEZ
Ministro
de Gobierno
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POR
LA REPÚBLICA
DE CHILE
_______________________________
Iván
FARES
Director
División de Seguridad Pública en representación del Ministro del Interior
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POR
LA REPÚBLICA
DEL ECUADOR
_______________________________
Fernando
GARZÓN
Subsecretario
de Desarrollo Organizacional
en
representación del Ministro de Gobierno y Policía
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MERCOSUR/RMI/ACUERDO
Nº 02/07
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ACUERDO
PARA LA
APROBACIÓN DE LOS OPERATIVOS COORDINADOS PREVISTOS PARA EL
SEGUNDO SEMESTRE DE 2007
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El
Director Nacional de Migraciones de la República Argentina,
en representación del Ministro del Interior de dicho país, el Ministro de
Justicia de la
República Federativa del Brasil, el Ministro del Interior
de la República
del Paraguay y la Ministra
del Interior de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes
del Mercado Común del Sur (MERCOSUR); el Ministro de Gobierno de la República de
Bolivia, el Director de la
División de Seguridad Pública de la República de
Chile, en representación del Ministro del Interior de este país, y el
Subsecretario de Desarrollo Organizacional de la República del
Ecuador, en representación del Ministro de Gobierno y Policía de dicho país,
en su carácter de Estados Asociados;
|
CONSIDERANDO
la necesidad que impone la lucha contra todas las formas de delincuencia
organizada de seguir avanzando en la implementación de mecanismos que
contribuyan a la cooperación y coordinación entre las Fuerzas de Seguridad y
Policiales y demás organismos comprometidos en la seguridad de la región,
|
Que
resulta de vital importancia dar continuidad a los operativos coordinados que
vienen siendo realizados en forma ininterrumpida desde la implementación del
Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional
del MERCOSUR,
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Que
la experiencia acumulada permite afirmar que los operativos coordinados –como
mecanismo de prevención y control- permiten incrementar las condiciones de
seguridad general de la región.
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Que
dicho mecanismo ha demostrado favorecer el acercamiento de las instituciones
comprometidas en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional,
contribuyendo de manera trascendente en la adecuación de los procedimientos
de las mismas mejorando su efectividad,
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Que
adicionalmente, los operativos coordinados han mejorado la eficiencia en la
utilización de los recursos materiales y humanos de estas instituciones,
evitando la superposición de tareas y esfuerzos,
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Que
en tal sentido, el Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional
del MERCOSUR, constituye el instrumento rector en materia de coordinación
operativa,
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ACUERDAN:
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Art.
1º: Aprobar la
Planilla Semestral de Operativos Coordinados en la cual se
detallan los “Puntos de Frontera de Interés Acordados” donde se desarrollarán
dichas actividades durante el segundo semestre del presente año.
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Dicha
planilla se acompaña como Anexo y forma parte del presente Acuerdo.
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Art.
2º: Establecer la realización de un mínimo de dos operativos coordinados en
los puntos de frontera de interés acordados, conforme el alcance y
modalidades previstas en las Disposiciones Complementarias, de la Acción 3º, Sección
1º, Capítulo II del Plan General.
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Art.
3º: Instruir, a través de los canales institucionales pertinentes, a las
unidades de las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales con despliegue en las
zonas acordadas, a fin que coordinen con sus contrapartes el calendario y
aspectos inherentes a su implementación. La fecha y lugar acordados deberán
informarse con una antelación de 48 horas a las respectivas Secciones
Nacionales.
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Art.
4º: Los resultados de los operativos coordinados deberán ser comunicados a
las Secciones Nacionales -por la vía prevista en el artículo anterior-
precisando recursos humanos y materiales afectados, procedimientos e
intervenciones realizados en consecuencia, participación de veedores -de
haberse producido- y todo otro dato de interés.
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Firmado
en Asunción, al primer día del mes de junio del año dos mil siete, en 2 (dos)
ejemplares, 1 (uno) en español y 1 (uno) en portugués, todos de un mismo
tenor e igualmente válidos
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POR LA REPUBLICA DE
ARGENTINA
_____________________________
Ricardo Eusebio RODRÍGUEZ
Director Nacional de
Migraciones en representación del Ministro del Interior
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POR LA REPUBLICA FEDERATIVA
DEL BRASIL
______________________________
Tarso GENRO
Ministro de Justicia
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POR LA REPÚBLICA DEL
PARAGUAY
_______________________________
Rogelio BENÍTEZ VARGAS
Ministro del Interior
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POR LA REPÚBLICA ORIENTAL
DEL URUGUAY
_______________________________
Daisy TOURNÉ
Ministra del Interior
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POR LA REPÚBLICA DE
BOLIVIA
_______________________________
Alfredo RADA VELEZ
Ministro de Gobierno
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POR LA REPÚBLICA DE
CHILE
_______________________________
Iván FARES
Director División de
Seguridad Pública en representación del Ministro del Interior
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POR LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
_______________________________
Fernando GARZÓN
Subsecretario de
Desarrollo Organizacional en representación del Ministro de Gobierno y
Policía
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PLAN GENERAL DE COOPERACION
Y COORDINACION RECIPROCA PARA LA SEGURIDAD REGIONAL
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“CAPITULO II – AMBITO
DELICTUAL”
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PLANILLA
SEMESTRAL DE OPERATIVOS COORDINADOS
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VIGENCIA: SEGUNDO SEMESTRE
2007
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PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES ACORDADOS
ARGENTINA - BRASIL
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PUERTO IGUAZU – FOZ DE IGUAZU
BERNARDO DE IRIGOYEN – DIONISIO CERQUEIRA
SANTO TOME – SAO BORJA
PASO DE LOS LIBRES – URUGUAYANA
ALVEAR - ITAQUI
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
ARGENTINA - PARAGUAY
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CLORINDA – PUERTO JOSE
FALCON
POSADAS – ENCARNACIÓN
ELDORADO – PTO MAYOR
OTAÑO
FORMOSA – ALBERDI
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
ARGENTINA - URUGUAY
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CONCORDIA – SALTO
COLON – PAYSANDÚ
MONTE CASERO – BELLA
UNION
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
ARGENTINA - BOLIVIA
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SALVADOR MAZA – POCITOS
AGUAS BLANCAS – BERMEJO
LA QUIACA – VILLAZON
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
ARGENTINA - CHILE
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JAMA - SAN PEDRO DE
ATACAMA
PUENTE DEL INCA – LOS
LIBERTADORES
PASO INTERNACIONAL
CARDENAL SAMORE
PASO INTERNACIONAL
INTEGRACIÓN AUSTRAL
PASO INTERNACIONAL SAN SEBASTIAN
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
BRASIL - PARAGUAY
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GUAIRA - SALTO DEL GUAIRA
FOZ DE IGUAZU - CIUDAD
DEL ESTE
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
BRASIL - URUGUAY
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JAGUARO - RIO BRANCO
CHUI – CHUY
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PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES ACORDADOS
BRASIL - BOLIVIA
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COLUMBA - PUERTO SUAREZ
GUAJARA MIRIM - GUAYARAMERIN
CACERE MATO GROSSO - SAN MATIAS
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
BRASIL - PERU
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TABATINGA – SANTA ROSA
ASSIS - MADRE DE DIOS
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
BRASIL - COLOMBIA
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TABATINGA - LETICIA
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
BRASIL - VENEZUELA
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BOA VISTA –SANTA ELENA
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
PARAGUAY - BOLIVIA
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POZO HONDO – VILLA MONTE
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
BOLIVIA - CHILE
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TAMBO QUEMADO – CHUNGARA
PISIGA – COLCHANE
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
BOLIVIA - PERU
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DESAGUADERO - DESAGUADERO
KASANI – PUNO
PUERTO ACOSTA - PUNO
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
PERU - CHILE
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SANTA ROSA – CHACALLUTA
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
PERU - ECUADOR
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TUMBES - LOJA
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
PERU - COLOMBIA
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EL ESTRECHO - AMAZONAS
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
ECUADOR - COLOMBIA
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(A DETERMINAR
BILATERALMENTE)
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PUNTOS DE FRONTERA DE
INTERES ACORDADOS
COLOMBIA - VENEZUELA
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MAICAO - GUARERO
CUCUTA – UREÑA
CUCUTA – SAN ANTONIO DEL
TACHIRA
ARAUQUITA – LA VICTORIA
ARAUCA – EL AMPARO
PUERTO CARREÑO – PUERTO
PAEZ
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