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Documento y Nro
Fecha
Publicado en:
02/06/1994
Fecha:
10/06/1994
Dependencia:
Tema:
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
Asunto:
Metodología relativa a la utilización de unidades de cantidad en las destinaciones de importación y exportación para consumo.
VISTO la Resolución ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS N° 2678/93 (B.O. del 26 de octubre de 1993) de esta Administración Nacional, por la que se adopta la metodología relativa a la utilización de unidades de cantidad en las destinaciones definitivas de importación y exportación para consumo, y
CONSIDERANDO: Que resulta necesario efectuar determinados ajustes técnicos a efectos de perfeccionar su contenido.
Que en la citada resolución se omitieron del Anexo I los factores de multiplicación y prefijos que forman los múltiplos y submúltiplos de las unidades del mismo.
Que es necesario adoptar dichos factores de multiplicación y las unidades ajenas al Sistema Internacional pero admitidas por el SIMELA como múltiplos o submúltiplos en concordancia con las prácticas habituales del Comercio Internacional.
Que, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23 inc.i) de la Ley 22.415.
Por ello,
El Administrador Nacional de Aduanas Resuelve:
ARTICULO 1o - Apruébase el Anexo I "A" que forma parte de la presente, el que reemplaza al Anexo I de la Resolución ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS N° 2678/93.
ART.20 - Derógase el Anexo I de la Resolución ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS N° 2678/93.
ART.30 - De forma.
ANEXO I A
UNIDAD
SIMBOLO
Gramo
g
Kilogramo
kg.
Tonelada
T
Metro
M
Metro cuadrado
m2
Metro cúbico
m3
Litro
L
1000 kilowatt hora
1000 kw. H
Unidad
U
Par
2 u
Docena
12 u
Millar
1000 u
Curie
Ci
Milicurie
Mci
Microcurie
UCi
Nota:
El original del Anexo I fue aprobado por Resolución ANA N° 2678/93.
Esta es la primera modificación aprobada por Resolución N° 1400/94.