Resolución Conjunta
RC-161-2008-SPRI
RC-244-2008-SAGPA
Resolución Conjunta RC-161-2008-SPRI (Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos)
Resolución Conjunta RC-244-2008-SAGPA (Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca)
Año 2008
Asunto Código Alimentario Argentino, modificaciones
Detalle de la norma
LOA

Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos

y

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO

Resolución Conjunta 161/2008 y 244/2008

Modificación.

Bs. As., 17/9/2008

VISTO la Resolución Conjunta SPRyRS Nº 112/07 y SAGPyA Nº 29/07 y el expediente 1-47-2110-8241-07-9 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que en el Boletín Oficial Nº 31.219 del 16 de agosto de 2007 se publicó la Resolución Conjunta SPRyRS Nº 112/07 y SAGPyA Nº 29/07.

Que por la mencionada norma se modificó el artículo 1340 del Código Alimentario Argentino, referido a los criterios microbiológicos a los que deben ajustarse los Alimentos Dietéticos o para Regímenes Especiales.

Que en dicho acto administrativo se detectaron omisiones en los títulos de los cuadros "EA1" y "E-A2", y errores de tipeo.

Que el Instituto Nacional de Alimentos lo comunicó a todas las Jurisdicciones Bromatológicas y Delegaciones del INAL por medio de la Circular Nº 42/07.

Que tal error se considera subsanable en los términos del art. 101 del Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991) Reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Que por Decreto Nº 1343/07 se traspasaron a la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud, las funciones que anteriormente se encontraban a cargo de la Secretaría de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias del citado Ministerio.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de los organismos involucrados han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 815/99.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION e INSTITUTOS

Y

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA y ALIMENTOS

RESUELVEN:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 1340 del Código Alimentario Argentino (C.A.A.) texto según Resolución Conjunta de la Secretaría de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias del Ministerio de Salud Nº 112 y de la Secretaría de Agricultura Ganadería Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción Nº 29 del 8 de agosto de 2007 por el siguiente: Art. 1340: "Los Alimentos Dietéticos o Alimentos para Regímenes Especiales deberán ajustarse a las siguientes normas microbiológicas:

Art. 2º — Regístrese. Comuníquese a todas las Jurisdicciones Sanitarias y a quienes corresponda. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial a efectos de su publicación en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese PERMANENTE. — Carlos A. Soratti. — Carlos A. Cheppi.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica LE-18284-1969-PLN Código Alimentario Argentino, modificaca art. 1340