Comunicación “B”
11295/2016
Ref.: Programa de
Competitividad de Economías Regionales (PROCER). Modificación al texto de la
Comunicación “B” 11058.
23/06/2016
A LAS ENTIDADES
FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. con
relación al Programa de Competitividad de Economías Regionales (PROCER), que
originó oportunamente la emisión de las Comunicaciones “A” 5754, “B” 11058 y
sus modificatorias.
Al respecto llevamos a su
conocimiento que el Ministerio de Producción, a través de la Resolución N°
196/2016, resolvió incorporar a la Unidad Ejecutora Central del Programa (UEC)
en el ámbito de la Subsecretaría de Políticas de Desarrollo Productivo de la
Secretaría de la Transformación Productiva del referido Ministerio. Por lo
tanto, en todo caso donde se mencione a la ex Subsecretaría de Coordinación
Económica deberá reemplazarse tal mención por la precitada Subsecretaría de
Políticas de Desarrollo Productivo.
Asimismo, debido a la
modificación del Reglamento Operativo del Programa, corresponde efectuar las
siguientes modificaciones y aclaraciones a la normativa vigente:
1. Sustituir el punto
2.4.1.2. i) de la Comunicación “B” 11058 por el siguiente:
“2.4.1.2. i) Dos copias de
la nota de elegibilidad vigente del proyecto emitida por la Unidad Ejecutora
Central.”
2. Reemplazar el punto
2.6.1. iv. c) de la Comunicación “B” 11058 por el siguiente:
“2.6.1. iv) Documentos.
c) Los pagarés y todo otro
instrumento transmisible por vía de endoso deberán cederse con la leyenda
“Valor Endosado a favor de la Subsecretaría de Políticas de Desarrollo
Productivo dependiente del Ministerio de Producción”.”
3. Sustituir el punto 4.6.
de la comunicación “B” 11058, referido a los “Cronogramas Globales de
Amortización”, por el siguiente:
“4.6. La información será
proporcionada por las entidades financieras en forma impresa (suscripta por los
respectivos autorizados conforme el presente régimen) y en CD. Los cronogramas
deberán ser confeccionados en planilla de cálculo Excel.”
4. Reemplazar el cuadro de
“Lineamientos a priorizar” integrante del Anexo I de la Comunicación “B” 11058
por el cuadro que se adjunta a la presente Comunicación.
5. Eliminar del Anexo II
de la Comunicación “B” 11058 - Solicitud de Adelanto de fondos el inciso a) de
la Cláusula TERCERA: OBLIGACIONES.
6. Con relación a las
Restricciones en el uso de los recursos del Programa detalladas en el punto
1.1.6. de la Comunicación “A” 5754, se aclara que su inciso 13., referido a la
adquisición de campos y terrenos, sólo se aplica a los fondos BID y no a los
aportes locales definidos en el punto 1.1.4.2. de la precitada Comunicación
“A”.
Saludamos a Uds.
atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA
GERARDO GRAZIANO, Gerente
de Créditos. — AGUSTÍN COLLAZO, Subgerente General de Operaciones a/c.
ANEXO
B.C.R.A.
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DESTINO DE LOS PROYECTOS
A COFINANCIAR CON FONDOS DEL PROGRAMA
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Anexo a la Com. “B”
11295
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LINEAMIENTOS A PRIORIZAR
POR EL PROGRAMA
A continuación se listan
los lineamientos por complejo regional que serán priorizados en la operatoria: