Detalle de la norma RE-23-2016-SMA
Resolución Nro. 23 Secretaría de Mercados Agroindustriales
Organismo Secretaría de Mercados Agroindustriales
Año 2016
Asunto Modificación. Se distribuye la cantidad de 43.243,36 t de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a EEUU
Boletín Oficial
Fecha: 03/05/2016
Detalle de la norma

Resolución  23/2016

 

Modificación. Se distribuye la cantidad de 43.243,36 t de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a EEUU

 

Buenos Aires, 27 de Abril de 2016.

 

VISTO el Expediente N° S05:0010479/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° 512 de fecha 1 de agosto de 1997 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, modificada por la Resolución N° 94 de fecha 23 de septiembre de 2002 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que anualmente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA adjudica a nuestro país una cuota de exportación de azúcar crudo.

 

Que para el período 2015/2016 dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTAS OCHENTA Y UNA TONELADAS (45.281 t), que deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTAS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS TONELADAS (43.243,36 t).

 

Que dicha cuota fue distribuida en su totalidad a través de la Resolución N° 497 de fecha 2 de noviembre de 2015 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

 

Que la Oficina del Representante de Comercio de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USTR) anunció el 8 de marzo de 2016 una reasignación de OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTAS TREINTA Y TRES TONELADAS (86.533 t), de azúcar crudo a ciertos países proveedores dentro de la cuota arancelaria para el año fiscal 2016 (1 de octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2016).

 

Que a raíz de ello, la REPÚBLICA ARGENTINA recibió una cuota adicional de TRES MIL OCHOCIENTAS OCHENTA Y CUATRO TONELADAS (3.884 t), que deducido el márgen de polarización comprende la cantidad de TRES MIL SETECIENTAS NUEVE CON VEINTIDÓS TONELADAS (3.709,22 t).

 

Que en consecuencia, corresponde por el presente acto administrativo distribuir la cantidad de TRES MIL SETECIENTAS NUEVE CON VEINTIDÓS TONELADAS (3.709,22 t), cuyo ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA deberá concretarse hasta el 30 de septiembre de 2016 inclusive.

 

Que a los efectos de dicha distribución se tienen en cuenta las exportaciones realizadas al mercado mundial durante el año 2015 sin computar la cuota americana.

 

Que para acceder a la entrega del Certificado de Elegibilidad y/o de cualquier certificado provisorio que ampare dicha cuota, los beneficiarios deberán previamente tener regularizada su situación fiscal y previsional, fijándose como fecha límite de tal exigencia, los NOVENTA (90) días corridos anteriores al límite establecido por los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA para el ingreso de los azúcares correspondientes a la presente cuota.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

 

Por ello,

LA SECRETARIA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 497 de fecha 2 de noviembre de 2015 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.- Distribúyese la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTAS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS TONELADAS (43.243,36 t.) de azúcar crudo con polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período 2015/2016, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.”

 

ARTÍCULO 2° — Distribúyese la cantidad de TRES MIL SETECIENTAS NUEVE CON VEINTIDÓS TONELADAS (3.709,22 t) de azúcar crudo con polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período 2015/2016, conforme el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 3° — La cantidad a exportar expresada en el Artículo 1° de la presente resolución deberá ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA hasta el 30 de septiembre de 2016 inclusive.

 

ARTÍCULO 4° — El incumplimiento total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la eliminación de los infractores en la distribución de la próxima cuota.

 

ARTÍCULO 5° — En caso de cesiones de cuota únicamente entre los beneficiarios de la misma, los acuerdos deberán ser comunicados a la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA con la conformidad del cedente y del cesionario antes de solicitar el Certificado de Elegibilidad. Las cesiones contemplan la cesión de la cuota y del Certificado de Elegibilidad respectivo.

 

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. MARISA BIRCHER, Secretaria de Mercados Agroindustriales, Ministerio de Agroindustria de la Nación.

 

ANEXO

 

Distribución de la ampliación de la cuota americana 2015/2016

 

Razón Social

Azúcar Exportado al Mercado Mundial en 2015 (Toneladas a valor crudo)

Participación (%)

Distribución (Toneladas a valor crudo)

ATANOR S.C.A.

9866,62

10,66%

395,24

AZUCARERA JUAN M. TERÁN S.A.

5841,54

6,31%

234,01

CÍA. INVERSORA INDUSTRIAL S.A.

19566,95

21,13%

783,83

INGENIO RIO GRANDE S.A. CIA. ARG.

502,50

0,54%

20,13

INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A.

5821,81

6,29%

233,21

JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I.

17144,84

18,52%

686,80

LEDESMA S.A.A.I.

20992,27

22,67%

840,93

PROSAL S.A.

12857,85

13,89%

515,07

TOTAL

92594,38

100%

3709,22

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-497-2015-SAGPA Modificación. Se distribuye la cantidad de 43.243,36 t de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a EEUU