RE/37/2015/GMC
“APOYO AL PROGRAMA
DE MOVILIDAD MERCOSUR EN EDUCACIÓN SUPERIOR” – FINANCIACIÓN ENTRE LA UNIÓN
EUROPEA Y EL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de
Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que el 16 de abril de 2008
fue suscripto el Convenio de Financiación entre el MERCOSUR y la Unión Europea,
que tiene como objetivo la implementación de un proyecto para apoyar la
consolidación y expansión del Programa de Movilidad de Estudiantes Universitarios
de Grado del MERCOSUR.
Que es competencia del
Grupo Mercado Común aprobar los Programas de Cooperación Técnica Internacional
de apoyo al MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - El Proyecto
“Apoyo al Programa de Movilidad MERCOSUR en Educación Superior” se desarrolla
de conformidad a lo establecido en el Convenio de Financiación suscrito entre
el MERCOSUR y la Unión Europea - DCI-ALA/2006/18-586, modificado por el
Addendum Nº 1 y el Addendum Nº 2, que constan como Anexos y forman parte de la
presente Resolución.
Art. 2 - Esta Resolución
no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por
reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XCIX GMC - Asunción,
23/IX/15.
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