Detalle de la norma RE-26-2015-GMC
Resolución Nro. 26 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2015
Asunto Requisitos Mínimos para elaborar planes de contingencia para Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional
Detalle de la norma

RE/26/2015/GMC

 

REQUISITOS MÍNIMOS PARA ELABORAR PLANES DE CONTINGENCIA PARA EMERGENCIAS DE SALUD PÚBLICA DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL (ESPII) EN PUNTOS DE ENTRADA DESIGNADOS POR LOS ESTADOS PARTES

SEGÚN EL RSI (2005)

 

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución de la 58ª Asamblea Mundial de la Salud, WHA 58.3 del 23 de mayo de 2005, aprobó el nuevo Reglamento Sanitario Internacional (2005) que trata en su anexo 1 A de la capacidad básica necesaria para la vigilancia y respuesta y en el 1 B de la capacidad de puertos, aeropuertos y cruces fronterizos designados, entre ellos para dar una respuesta adecuada a las emergencias de salud pública mediante el establecimiento y mantenimiento de un plan de contingencia para Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII).

Que es necesario establecer procedimientos para la detección y control de eventos de salud pública de importancia internacional en los puertos, aeropuertos y puntos fronterizos en los Estados Partes.

Que es trascedente establecer acciones a realizar en las zonas portuarias, aeroportuarias y fronterizas terrestres para minimizar el riesgo de difusión de esos eventos de salud pública entre los Estados Partes.

Que es necesario proteger la salud de los pasajeros, tripulación, personal de tierra y el público en general en los puertos, aeropuertos y puntos fronterizos en el MERCOSUR.

Que debe tenerse en cuenta la complejidad que surge de articular intersectorialmente con las autoridades gubernamentales competentes en Puntos de Entrada y la exigencia de involucrarlas en el diseño e implementación de los planes de contingencia con plazos preestablecidos.

 

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

Art. 1 - Los “Requisitos Mínimos para elaborar planes de contingencia para Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) en puntos de entrada designados por los Estados Partes según el RSI (2005)” son los que constan como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

 

Art. 2 - Los Estados Partes deberán elaborar y validar los Planes de Contingencia previstos en el Artículo 1º en un plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución.

 

Art. 3 - Los Estados Partes indicarán en el ámbito del SGT N° 11 los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.

 

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/I/2016.

 

XLV GMC EXT. - Brasilia, 15/VII/15.

 

ANEXO

REQUISITOS MÍNIMOS PARA ELABORAR PLANES DE CONTINGENCIA PARA EMERGENCIAS DE SALUD PÚBLICA DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL (ESPII) EN PUNTOS DE ENTRADA DESIGNADOS POR LOS ESTADOS PARTES

SEGÚN EL RSI (2005)

 

Los planes de contingencia para Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) en puntos de entrada designados por los Estados Partes según el RSI (2005), deben ser elaborados teniendo en cuenta los siguientes requisitos mínimos de estructura:

 

1. Contextualización

- Titulo

- Autoridades y organizaciones involucradas en la elaboración y ejecución del plan (intersectorialidad)

- Introducción: Justificación, consideraciones generales

- Definición del plan: (Objetivos generales y específicos, Ámbito geográfico)

 

2. Aspectos éticos y legales

- Marco legal

- Derechos y obligaciones

- Documentación exigible

- Resguardos éticos

- Glosario

 

3. Caracterización del riesgo

- Mapa de riesgo

 Tipificación de situaciones: (Preemergencia o fase verde; Emergencia alerta o fase amarilla; Emergencia alarma o fase roja, por ejemplo)

 

4. Recursos y medios

- Recursos: naturales, infraestructura, humanos y financieros

- Medios disponibles permanentemente

- Medios que se activan y/o movilizan en caso de emergencia

 

5. Vigilancia

- Organización de la información (detectar, evaluar, notificar e informar eventos, respuesta y colaboración)

- Procedimiento de detección y control de eventos.(Discriminado por naturaleza del evento, tipo de punto de entrada y medios de transporte)

 

6. Estructura y Operativización del plan

- Organigrama

 Organismos involucrados en la respuesta en la emergencia en los puntos de entrada (competencias, normas de actuación para el personal)

- Flujograma

- Algoritmo

- Centro de coordinación operativa y Órganos: Directivo, Ejecutivo y de Apoyo (misiones, competencias, composición)

- Procedimiento de activación y desactivación del plan

- Mecanismos para coordinación con planes de otros ámbitos

 

7. Mecanismos de respuesta y alerta

- Preservación de los servicios básicos de los puntos de entrada

- Medidas de Bioseguridad y protección personal

- Medidas de salud ocupacional

- Manejo de casos en puntos de entrada

- Mecanismos de referencia y contrareferencia

- Otras medidas sanitarias: Evacuación, alojamiento temporal y control de evacuados, Restricciones a viajeros: Aislamiento y cuarentena, manejo de cadáveres, abastecimiento e inmunización, etc.

 

8. Comunicación de riesgos y crisis

- Redes de comunicación disponibles en situación de normalidad

y/o emergencias

 Información al público y otros actores: (Objetivos, medios, contenido de la información, responsables)

 

9. Capacitación y formación

- Grupo objetivo

- Competencias a desarrollar

 

10. Monitoreo y evaluación

- Actividades de monitoreo, evaluación y supervisión.

- Definición de Indicadores.

 

11. Ejecución, puesta a prueba y revisión del plan

- Simulación y simulacros

- Revisión y actualización