DC-17-2015-CMC
MODELO DE ACUERDO PARA PARTICIPACIÓN DE LOS ESTADOS
ASOCIADOS EN ACTIVIDADES DE FONDOS DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y
las Decisiones Nº 18/04, 28/04, 46/14 y 14/15 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que los Fondos creados en el ámbito del MERCOSUR constituyen
importantes instrumentos para la profundización del proceso de integración
regional en los más diversos campos.
Que la participación de los Estados Asociados en la
realización de actividades conjuntas en áreas de interés común puede ser
potenciada por la participación en los Fondos del MERCOSUR.
Que la Decisión CMC Nº 46/14 dispuso sobre la participación
de los Estados Asociados en actividades de Fondos del MERCOSUR e instruyó al
GMC a elaborar un texto modelo de Acuerdo a ser celebrado entre el MERCOSUR y
un Estado Asociado interesado en participar en actividades de los Fondos del
MERCOSUR.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el texto modelo de Acuerdo a ser celebrado
entre el MERCOSUR y un Estados Asociado interesado en participar en actividades
de Fondos del MERCOSUR, que consta como Anexo y forma parte de la presente
Decisión.
Art. 2 - La participación de Estados Asociados en
actividades de Fondos del MERCOSUR deberá ser previamente acordada en el ámbito
del órgano del MERCOSUR competente en la materia objeto del Fondo en cuestión,
y será objeto de acuerdo entre el MERCOSUR y un Estado Asociado, el cual se
firmará en ocasión de las reuniones del Consejo del Mercado Común,
posteriormente a la aprobación de su texto mediante Decisión.
Art. 3 - El Acuerdo deberá contener, obligatoriamente,
cláusulas que enumeren las condiciones y actividades de la participación del
Estado Asociado en el Fondo del MERCOSUR en cuestión, además de los derechos y
de las obligaciones derivadas de la misma, debiendo asimismo constar el tipo, el
monto de los aportes financieros debidos, así como su periodicidad y fecha de
vencimiento, salvo en caso de existir una Decisión del Consejo del Mercado
Común que exonere de la realización de aportes.
Art. 4 - Las cláusulas previstas en el parágrafo inicial y
en los artículos 5, 8, 10, 11, 12, 13 y 14 del modelo de Acuerdo anexo a la
presente Decisión deberán constar, en los mismos términos, en los Acuerdos
celebrados entre el MERCOSUR y un Estado Asociado.
Art. 5 - La lista de actividades contempladas en el Acuerdo
podrá ser modificada por Resolución del Grupo Mercado Común, a solicitud del
órgano del MERCOSUR competente en la materia objeto del Fondo, siempre que no
haya modificación en el valor del aporte financiero del Estado Asociado.
Art. 6 - Atendiendo a la naturaleza específica del objeto de
cada Acuerdo, este podrá, asimismo, contener cláusulas adicionales no previstas
en el modelo adjunto, siempre que estas no contravengan la presente Decisión,
así como tampoco las Decisiones CMC Nº 18/04, 28/04 y 46/14 y la normativa del
MERCOSUR en general.
Art. 7 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLVIII CMC – Brasilia, 16/VII/15.
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ANEXO
TEXTO MODELO ACUERDO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE
(NOMBRE DEL ESTADO ASOCIADO QUE CORRESPONDA) PARA PARTICIPAR EN ACTIVIDADES DEL
FONDO (NOMBRE DEL FONDO DEL MERCOSUR)
El MERCOSUR, representado por el Consejo del Mercado Común,
y la República de
.............................................. (Nombre del
Estado Asociado que corresponda), en adelante denominadas “Partes” acuerdan:
Art. 1 - El presente Acuerdo tiene por objeto formalizar y
reglamentar la participación de la República de ..............................................
(Nombre del Estado Asociado que corresponda) en actividades del Fondo
…………………….. (Nombre del Fondo del MERCOSUR), instituido por la Decisión CMC Nº
(número de la Decisión CMC que instituye el Fondo).
Art. 2 - La participación de la República de
.............................................. (Nombre del Estado Asociado que
corresponda) en el Fondo …………………….. (Nombre del Fondo del MERCOSUR) comprenderá
la participación en las siguientes actividades:
- (listar actividades comprendidas)
Art. 3 - La participación de la República de
.............................................. (Nombre del Estado Asociado que
corresponda) en las actividades mencionadas se desempeñará del/de los
siguiente/s modo/s:
- (listar condiciones, si corresponde)
Art. 4 - En el desempeño de las actividades
mencionadas, a la República de
..............................................
(Nombre del Estado Asociado que corresponda) le
asistirá/n el/los siguiente/s derecho/s:
- (listar derechos)
Art. 5 - La República de
..............................................
(Nombre del Estado Asociado
que corresponda) se compromete a respetar la normativa
relativa al funcionamiento del Fondo …………………….. (Nombre del Fondo del
MERCOSUR), así como la normativa MERCOSUR aplicable a las actividades previstas
en el presente Acuerdo.
Art. 6 - Sin perjuicio de las obligaciones previstas en la
normativa aplicable al Fondo, para el pleno desempeño de la(s) actividad(es)
listada(s) anteriormente, las Partes se comprometen a (listar obligaciones, si
corresponde).
[Alternativa 1 – Con aporte financiero]
Art. 7 - La República
de............................................. (Nombre del Estado Asociado
que corresponda) aportará al Fondo …………………….. (Nombre
del Fondo del
MERCOSUR), el monto de................. (valor del aporte),
durante.............. (período del
aporte), a partir del............ (fecha del inicio del
aporte).
1º - La República de...............................................
(Nombre del Estado Asociado
que corresponda) deberá realizar su aporte financiero
…………………….. (anual u
otra periodicidad, en caso de que exista) antes
del.................. (fecha límite del aporte),
el cual será transferido al organismo administrador del
Fondo.
3
2º - El no pago del aporte financiero en el plazo
estipulado por parte de la República de
.............................................. (Nombre del Estado Asociado que
corresponda) obligará al pago de intereses y/o recargos adicionales, en los
mismos términos en que son aplicables al no pago por un Estado Parte, de
acuerdo con la normativa que dispone sobre el Fondo.
3º - La contribución financiera aportada
por la República de
.............................................. (Nombre del
Estado Asociado que corresponda) será adicional a las que conforman el Fondo y
a que están obligados los Estados Partes, según la normativa aplicable.
4º - Los reajustes promovidos por los Estados Partes en el
valor y en la periodicidad de sus aportes no afectarán el valor y la
periodicidad del aporte debido
por la República de
..............................................
(Nombre del Estado Asociado que
corresponda), salvo acuerdo en contrario.
[Alternativa 2 – con aporte no financiero]
Art. 7 - La participación de la República de
..............................................
(Nombre del
Estado Asociado que corresponda) en el Fondo…………………… (Nombre
del Fondo del MERCOSUR), objeto del presente Acuerdo, implicará la obligación
de realizar los siguientes aportes: (listar los aportes)
[Alternativa 3 – con aporte financiero y no financiero]
Art. 7 - La República de
.............................................. (Nombre del Estado Asociado que
corresponda) aportará al Fondo …………………….. (Nombre del Fondo del
MERCOSUR), el monto de
............ (valor del aporte), durante ............
(período del
aporte), a partir del ............
(fecha del inicio del aporte).
1º - La República de
..............................................
(Nombre del Estado Asociado
que corresponda) deberá realizar su aporte financiero
…………………….. (anual u otra periodicidad, en caso de que exista) antes del
............. (fecha límite del aporte), el cual será transferido al organismo
administrador del Fondo.
2º - El no pago del aporte financiero en el plazo estipulado
por parte de la República de ..............................................
(Nombre del Estado Asociado que corresponda) obligará al pago de intereses y/o
recargos adicionales, en los mismos términos en que son aplicables al no pago
por un Estado Parte, de acuerdo con la normativa que dispone sobre el Fondo.
3º
-
La
contribución
financiera
aportada
por
la
República
de..............................................
(Nombre del
Estado Asociado
que
corresponda)
será adicional a las que conforman el Fondo y a que están
obligados los Estados Partes, según la normativa aplicable.
4º - Los reajustes promovidos por los Estados Partes en el
valor y en la periodicidad de sus aportes no afectarán el valor y la
periodicidad del aporte debido
por la República
de.............................................. (Nombre del Estado Asociado que
corresponda), salvo acuerdo en contrario.
4
5º - Además
del aporte financiero
previsto ut supra, la República
de.............................
(Nombre del Estado Asociado que corresponda) realizará las
siguientes contribuciones: ………………(listar los aportes no
financieros)
[Alternativa 4 – sin aporte, por exoneración del Consejo del
Mercado Común]1
Art. 8 - La República de
..............................................
(Nombre del Estado Asociado
que corresponda) podrá realizar aportes voluntarios de
cualquier naturaleza.
Art. 9 - La participación de la República de
..............................................
(Nombre del
Estado Asociado que corresponda) en las actividades del
Fondo está condicionada al cumplimiento de las obligaciones previstas en el
presente Acuerdo (y a la realización de los aportes) (si corresponde).
Art. 10 - La República de
.............................................. (Nombre del Estado Asociado que
corresponda) designará un representante, cuyos datos de contacto serán
informados a las demás Partes, a efectos de la aplicación del presente Acuerdo,
incluso participar en reuniones de ..................... (órgano competente en
la materia objeto del Fondo), siempre que esté prevista una discusión acerca
del diseño, la programación y/o ejecución de actividades de que trata el
presente Acuerdo.
Art. 11 - Las controversias que surjan sobre la
interpretación, aplicación, o incumplimiento de las disposiciones contenidas en
el presente Acuerdo entre uno o más Estados Partes del MERCOSUR, por un lado, y
un Estado Asociado, por otro, se resolverán por negociaciones directas entre
las Partes por vía diplomática.
Art. 12 - La vigencia del presente Acuerdo estará limitada
al período necesario para la ejecución de las actividades previstas en su
ámbito de aplicación. La/El
..................... (órgano competente en la materia
objeto del Fondo), evaluará periódicamente el cumplimiento de los términos del
Acuerdo e informará a las Partes sobre la ejecución de las actividades
previstas en dicho instrumento.
Art. 13 - Las Partes podrán denunciar el presente Acuerdo en
cualquier momento. La denuncia producirá efecto a los …………….. (número de días o
meses) de la notificación al depositario por vía diplomática. La denuncia no
afectará el cumplimiento de las actividades pendientes antes de su conclusión,
a menos que las Partes lo acuerden de otra forma.
[Alternativa 1 - Acuerdo con obligaciones para Estado
Asociado]
Art. 14 - El presente Acuerdo entrará en vigor el mismo día
en que la República de
.............................................. (Nombre del
Estado Asociado que corresponda) comunique el cumplimiento de los requisitos
legales internos para su aplicación.
La República del Paraguay será depositaria del presente
Acuerdo, debiendo notificar a las Partes su entrada en vigor.
[Alternativa 2 - Acuerdo sin obligaciones para Estado
Asociado]
1 En caso de exoneración de aporte, no habrá necesidad de
cláusula al respecto.
5
Art. 14 - El presente Acuerdo entrará en vigor en el día de
la fecha de su suscripción por las Partes.
La República del Paraguay será depositaria del presente
Acuerdo.