Disposición 185-2014-DNCI
Reconocer a IQC
S.A. como Organismo de Certificación en aplicación del régimen establecido por
la Resolución Nº 35, de fecha 17 de marzo de 2005, de la ex SECRETARIA DE
COORDINACION TECNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, referida a la
obligatoriedad de la certificación de la veracidad de la información
suministrada en la etiqueta y fichas respectivas, correspondientes en este caso
a los aparatos eléctricos de uso domésticos definidos como refrigeradores,
congelación de alimentos y sus combinaciones, y que se comercializan en el
país, en lo relativo al rendimiento o eficiencia energética, la emisión de
ruido y las demás características asociadas.
Buenos Aires, 10 de Junio
de 2014.
VISTO el expediente Nº
S01:0240280/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 319
de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, establece
la obligatoriedad de la certificación de la veracidad de la información suministrada
en la etiqueta y fichas respectivas, correspondientes a los aparatos eléctricos
de uso domésticos que se enumeran en el artículo 2° de la mencionada Resolución
y que se comercializan en el país, en lo relativo al rendimiento o eficiencia
energética, la emisión de ruido y las demás características asociadas.
Que la Resolución Nº 35,
de fecha 17 de marzo de 2005, de la ex SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a través de su artículo 4°, estableció
las modalidades y fechas de entrada en vigencia de la obligación de obtener la
certificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energética
correspondientes sobre los productos eléctricos definidos como refrigeradores,
congelación de alimentos y sus combinaciones, que se comercialicen en el país.
Que las Resoluciones Nº
123, de fecha 3 de marzo de 1999, y Nº 431, de fecha 28 de junio de 1999, de la
ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, establecen que para su participación en los
Regímenes de Certificación Obligatoria, los Organismos de Certificación deberán
contar con el reconocimiento al efecto de esta Dirección Nacional de Comercio
Interior.
Que por medio de la
Disposición de esta DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR Nº 668, de fecha 19
de setiembre de 2006, fueron designados los integrantes del mencionado Comité
de Evaluación.
Que mediante el expediente
citado en el VISTO la empresa IQC S.A., solicitó su reconocimiento para actuar
en la realización de ensayos en cumplimiento de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº
319/1999 y de la Resolución ex - SCT Nº 35/2005.
Que IQC S.A. ha
presentado, a fojas 78/82, documentación que evidencia su acreditación por
parte del Organismo Argentino de Acreditación (O.A.A.) perteneciente al SISTEMA
NACIONAL DE NORMAS, CALIDAD Y CERTIFICACION, creado por el Decreto Nº 1474, de
fecha 23 de agosto de 1994, como Organismo de Certificación para la aplicación,
entre otros, del régimen de etiquetado de eficiencia energética para aparatos
de refrigeración domésticos, dando cumplimiento así a lo requerido por la
Resolución Nº 431 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO y MINERIA del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que, conforme exige el
último párrafo del inciso e) artículo 2° de la Resolución antes referida, el
causante ha presentado evidencia de la contratación del seguro de
responsabilidad civil correspondiente, a fojas 328/342, siendo aprobado sin
observaciones por esta Dirección Nacional.
Que en su Acta de reunión
de fecha 7 de mayo de 2014, el subcomité de Evaluación de Organismos de
Certificación reunido al efecto ha evaluado dicha presentación recomendando la
visita in situ y verificar la actualización de la información presentada por la
entidad solicitante.
Que, según consta en el
Acta del Comité de Evaluación de Organismos de Certificación de fecha 16 de
mayo de 2014, el citado Comité se ha expedido favorablemente, recomendando el
reconocimiento de IQC S.A. para desempeñarse como Organismo de Certificación en
la aplicación del régimen mencionado.
Que la Dirección de
Legales del Area de Comercio Interior, dependiente de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente se dicta
en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6° de la Resolución ex
S.I.C. y M. Nº 431/99 y por los Decretos Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002
y sus modificaciones y Nº 727 de fecha 10 de junio de 2013.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE
COMERCIO INTERIOR
DISPONE:
ARTICULO 1° — Reconocer a
IQC S.A. como Organismo de Certificación en aplicación del régimen establecido
por la Resolución Nº 35, de fecha 17 de marzo de 2005, de la ex SECRETARIA DE
COORDINACION TECNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, referida a la
obligatoriedad de la certificación de la veracidad de la información
suministrada en la etiqueta y fichas respectivas, correspondientes en este caso
a los aparatos eléctricos de uso domésticos definidos como refrigeradores,
congelación de alimentos y sus combinaciones, y que se comercializan en el
país, en lo relativo al rendimiento o eficiencia energética, la emisión de
ruido y las demás características asociadas.
ARTICULO 2° — La presente
Disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTICULO 3° — Notifíquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. —
Prof. FERNANDO A. CARRO, Director Nacional de Comercio Interior.