INSTRUCCIÓN GENERAL 4-2013 (SDG SIT)
ASUNTO: “FIRMADOR PDF”. Pautas aplicables
para la firma digital de documentos electrónicos en formato PDF, en el ámbito
de la AFIP.
BUENOS AIRES, 11 de septiembre de 2013
A. INTRODUCCIÓN
La Ley N° 25.506 reconoce la eficacia
jurídica del documento electrónico mediante el empleo de la firma digital en el
ámbito de la
República Argentina. Dicha herramienta tecnológica, permite
garantizar la integridad, inalterabilidad y autenticidad de los documentos
digitales, conservando las mismas características que la firma hológrafa.
Asimismo a
nivel institucional, se implementó la aplicación de la firma digital para las comunicaciones y trámites internos gestionados por
medio del correo electrónico, a través del dictado de la Disposición 20/12
(AFIP).
En este
sentido, se considera oportuno instrumentar el servicio informático “Firmador PDF”, a los efectos de dotar de mayor celeridad,
control y eficiencia a los procedimientos internos e impulsar la progresiva despapelización del Organismo, en concordancia con lo
previsto en la Ley N° 25.506.
B. OBJETIVO
La
presente norma establece las pautas para la utilización de la aplicación “Firmador PDF”, para la firma digital de documentos
electrónicos de uso interno en esta Administración Federal.
C. ALCANCE
Es de aplicación para aquellos
documentos electrónicos que se emitan dentro del ámbito del Organismo, en
formato PDF, conforme se indica en el Punto E. “Procedimiento Aplicable”,
exceptuando los casos en los que el empleo de la firma digital se encuentre
contemplado en otro Sistema de la
AFIP.
D. ÁREAS
INTERVINIENTES
Todas las áreas de esta
Administración Federal que deban firmar documentos utilizando la tecnología de
firma digital.
E. ACLARACIÓN
PRELIMINAR
El
Departamento Seguridad Informática (DE SEIN) dependiente de la Dirección de
Infraestructura Tecnológica (DI ITEC), de la Subdirección General
de Sistemas y Telecomunicaciones, es el área encargada de realizar la puesta en
marcha de la aplicación en trato, la cual es accesible
a través de la página de Intranet:
http://firmadorpdf.afip.gob.ar
F. “FIRMADOR
PDF”. PAUTAS PARA SU APLICACIÓN
1. Mediante
la aplicación “Firmador PDF”, todo funcionario puede
firmar digitalmente un documento electrónico, para lo cual es necesario:
a.
Tener el documento electrónico en formato PDF, en caso contrario debe
convertirlo a dicho formato para poder firmarlo digitalmente.
El Instructivo para
convertir todo documento electrónico a formato PDF, se encuentra en la página
de Intranet:
http://intranet/archivos/instructivo_convertir_a_pdf.pdf
b.
Poseer certificado de Firma Digital emitido por esta Administración
Federal.
2. El
Manual de Usuario de la aplicación “Firmador PDF” se
encuentra disponible en la página de Intranet:
http://intranet.afip.gob.ar/otras/desein/firmaDigital/Instructivo_Firmador_PDF.pdf
3.
En esta primera etapa, el uso de la
aplicación “Firmador PDF”
es de uso voluntario, hasta tanto se disponga el carácter obligatorio para
aquellos documentos que expresamente deban ser generados o convertidos a este
tipo de formato, para la posterior aplicación de la firma digital.
G. SOPORTE
A DEPENDENCIAS
La
División Mesa de Ayuda (DV MEAY) de la Dirección de Operaciones
Informáticas (DI OPIN) es la dependencia encargada de canalizar cualquier
inconveniente o consulta respecto de la aplicación de este servicio, mediante
el envío de un correo electrónico a la cuenta sri@afip.gob.ar o bien, comunicándose al número de RPV 24777.
Cuando el problema se relacione
con el firmador PDF se debe indicar en el asunto: “Firmador PDF”.
Cuando el inconveniente se trate
de la conversión de documentos a formato PDF, se debe indicar en el asunto: “Convertir a formato PDF”.
H. OPERATIVIDAD
DE PROCEDIMIENTOS
La
Dirección de Infraestructura Tecnológica,
puede dictar las normas aclaratorias o procedimientos conexos a la presente
Instrucción General, para definir y modificar la metodología y las herramientas
informáticas para su implementación. Todo lo cual se encuentra disponible en su
página de Intranet.
I.
NORMATIVA RELACIONADA
Ÿ
Ley N° 25.506 de Firma Digital, su Decreto Reglamentario y normas
complementarias.
Ÿ
Resolución N°
88/2008 de la Secretaria de Gabinete
y Gestión Pública de la
Jefatura de Gabinete de Ministros.
Ÿ
Disposición 76/05 (AFIP) - Anexo I “Manual de
Políticas de Seguridad de la
Información de la
AFIP”.
Ÿ
Disposición 20/12 (AFIP) - Aplicación de Firma Digital
para Comunicaciones y Trámites Internos llevados a cabo por Correo Electrónico,
en el Ámbito de la AFIP.
Ÿ
Disposición 10/13 (AFIP) - Firma Digital en
documentos electrónicos.
J. VIGENCIA
La
presente Instrucción General es de aplicación a partir de la fecha de su
dictado.
K. DIFUSIÓN
La
presente norma se encuentra disponible para su lectura y/o descarga en:
http://intranet/otras/demeto/index.asp
http://intranet/otras/diasor/biblioteca.virtual.asp
INSTRUCCIÓN GENERAL Nº 4 /2013
(SDG SIT)
AS
GUILLERMO JORGE FABIÁN CABEZAS FERNÁNDEZ
SUBDIRECTOR
GENERAL
SUBDIRECCIÓN
GENERAL DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES