Resolución
7-2013
Programa
de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural. Resolución 1/2013.
Prórroga.
Bs. As.,
1/7/2013
VISTO el
Expediente EXP-S01:0134466/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 17.319 y 26.741, el Decreto Nº 1.277 de
fecha 25 de julio de 2012, las Resoluciones Nº 1/2012 y Nº 1/2013 de la
Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de
Inversiones Hidrocarburíferas, y
CONSIDERANDO:
Que el
artículo 3° de la Ley Nº 17.319 y el artículo 2° de la Ley Nº 26.741 establecen
que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene a su cargo fijar la política nacional con
respecto a la explotación, industrialización, transporte y comercialización de
los hidrocarburos, teniendo como objetivo principal satisfacer las necesidades
de hidrocarburos del país con el producido de sus yacimientos, manteniendo
reservas que aseguren esa finalidad.
Que
entre los principios de la política hidrocarburífera de la República Argentina,
el artículo 3° de la Ley 26.741 contempla la maximización de las inversiones y
de los recursos empleados para el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos
en el corto, mediano y largo plazo.
Que
posteriormente, a través del Decreto Nº 1277, de fecha 25 de julio de 2012, fue
creada la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN
NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS.
Que, en
ese marco, mediante Resolución Nº 1/2013 de la COMISION, fue creado el
“Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural”.
Que el
referido Programa tiene entre sus principales objetivos la reducción de la
brecha existente entre producción y consumo de gas, por medio de dos vías: por
un lado, mediante el incentivo a las empresas del sector para que incrementen
en el corto plazo su producción de gas natural a los fines de reducir las
importaciones de dicho hidrocarburo; y, por otro lado, a través del estímulo a
la inversión en exploración y explotación, a los fines de contar con nuevos
yacimientos que permitan recuperar el horizonte de reservas en el mediano y
largo plazo.
Que por
ambos caminos se promueve la reversión de la tendencia deficitaria actual en el
corto plazo, a la vez que se pretende garantizar el autoabastecimiento
energético necesario para sostener el crecimiento y el desarrollo económico con
inclusión social de la Argentina, en el mediano y largo plazo.
Que, a
fin de alcanzar tales objetivos, se incentivó la presentación de “Proyecto de
Aumento de la Inyección Total de Gas Natural” por parte de los sujetos
inscriptos en el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas previsto en
el Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de julio de 2012, estableciéndose como fecha
límite para su presentación el día 30 de junio de 2013.
Que la
Secretaría Administrativa de la COMISION ha informado que varias de las
empresas inscriptas en el Registro han manifestado interés en la participación
del “Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural”,
solicitando, asimismo, ante él su inminente vencimiento, la posibilidad de
contar con un plazo mayor para la elaboración y presentación de los
correspondientes “Proyectos”.
Que dada
la importancia que reviste la presente acción de gobierno, destinada a promover
un incremento en la producción de gas natural, estimulando la inversión en
exploración y explotación para contar con nuevos yacimientos que permitan
recuperar el horizonte de reservas en el corto plazo, y de ese modo garantizar
el autoabastecimiento energético necesario para sostener el crecimiento y el
desarrollo económico con inclusión social de la Argentina, en el mediano y
largo plazo, resulta conveniente prorrogar el plazo para que los sujetos
inscriptos en el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas puedan
presentar los respectivos “Proyecto de Aumento de la Inyección Total de Gas
Natural” hasta el día viernes 16 de agosto de 2013.
Que la
Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la
presente medida se dicta en uso de las facultadas conferidas por el Anexo I del
Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de julio de 2012 y de la Resolución de la Comisión
de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones
Hidrocarburíferas Nº 1/2012.
Por todo
ello,
LA
COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE
INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS
RESUELVE:
Artículo
1° — Prorrógase hasta el día viernes 16 de agosto de 2013, hasta las 16:00 hs.,
el plazo para que los sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Inversiones
Hidrocarburíferas previsto en el Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de julio de 2012,
interesados en participar del “Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de
Gas Natural”, aprobado por Resolución Nº 1/2013 de la Comisión de Planificación
y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas,
puedan presentar un “Proyecto de Aumento de la Inyección Total de Gas Natural”.
Art. 2° —
La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín
Oficial.
Art. 3° —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y
archívese. — Daniel Cameron. — Mario G. Moreno. — Axel Kicillof.