Resolución
Conjunta 140-2001 y 526-2001
Incorpórense
las Resoluciones 32-1997 del Grupo
Mercado Común, referida al Reglamento Técnico Mercosur
sobre la incorporación de la Tabla Nº 1 Clasificación
de Alimentos Simulantes, como Anexo de la Resolución 30/92 "Envases y equipamientos plásticos
en contacto con alimentos: Clasificación de alimentos y simulantes"
y 33/97 referente a la "Prórroga
del uso de n-heptano como simulante de alimentos
grasos en los ensayos de migración de envase y equipamientos plásticos".
Bs. As., 6/9/2001
VISTO las leyes 18.284 y 23.981 y el
Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Grupo
Mercado Común Nº 30/92, 91/93, 36/92, 33/97 y 32/97,
los artículos 208, 209 y 210 del Código Alimentario Argentino y los Expedientes
Nº 1-47-0000-011231-98-5 y 1-47-0000-011228-98-6 del
Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica y
CONSIDERANDO:
Que en el ámbito del MERCOSUR se han dictado
las Resoluciones Grupo Mercado Común (GMC) Nº 32/97,
referida al Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la incorporación de la Tabla Nº 1 Clasificación de Alimentos Simulantes,
como Anexo de la Resolución Nº 30/92 "Envases y
equipamientos plásticos en contacto con alimentos: Clasificación de alimentos y
simulantes", y 33/97 referida a la
"Prórroga del uso de n-heptano como simulante de
alimentos grasos en los ensayos de migración de envase y equipamientos
plásticos".
Que a los fines de mantener actualizadas las
normas del Código Alimentario Argentino adecuándolas a los adelantos técnicos
producidos en cada materia corresponde tomar como referencia los acuerdos
celebrados en el marco del Mercado Común del Sur.
Que en virtud de lo expuesto resulta
necesario modificar los artículos 208, 209 y 210 del referido Código
Alimentario Argentino, incorporando la tabla Nº1,
como tabla B, incluyendo lo contemplado en las Resoluciones Grupo Mercado Común
Nº 30/92 y 36/92, cuyo texto ya ha sido incorporado
al citado cuerpo normativo por Resolución ( M. S. y A.S.) Nº
3/95.
Que asimismo tal modificación importará el
cumplimiento del compromiso de incorporar a la legislación nacional en las
áreas pertinentes, las armonizaciones logradas de bienes, servicios y factores
para la libre circulación de los mismos, asumido por los países integrantes del
Mercado Común del Sur.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes de
los organismos involucrados han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades
conferidas por el Decreto 815/99.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLITICAS Y REGULACION
SANITARIA Y EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVEN:
Artículo 1º — Incorpóranse las
Resoluciones Grupo Mercado Común Nº 32/97 y 33/97 al
Código Alimentario Argentino que modifican el texto de la Tabla B mencionada en
los artículos 208, 209 y 210 del referido Código, la quedará redactada de la
siguiente manera:
"TABLA B- 1) Clasificación de alimentos:
Desde el punto de vista de la interacción con
los envases y equipamientos plásticos, los alimentos se clasifican del
siguiente modo:
Tipo I: alimentos acuosos no ácidos (pH >
5)
Tipo II: alimentos acuosos ácidos (pH <
5)
Tipo III: a. alimentos acuosos no ácidos que
contienen grasas o aceites.
b. alimentos acuosos ácidos que contienen
grasas o aceites.
Tipo VI: alimentos grasos
Tipo V: alimentos alcohólicos (contenido de
alcohol > 5% v/v)
Tipo VI: alimentos secos o de acción
extractiva poco significativa.
2) Selección de simulantes
de alimentos
2.1. A fin de realizar los ensayos de
migración de envases y equipamientos plásticos en contacto con alimentos, se
definen los siguientes alimentos:
Simulante A: agua destilada.
Simulante B: solución de ácido acético al 3% (m/v) en agua
destilada.
Simulante C: solución de etanol al 15 % (v/v) en agua destilada
o solución de etanol en agua destilada a la concetración
más próxima a la real.
Simulante D: aceite de oliva refinado; alternativo: n-heptano
(I)
2.2 Los simulantes
asignados por tipo de alimentos son los siguientes:
Alimento
|
Simulante
|
Tipo
|
I A
|
Tipo
|
II B
|
Tipo III a
|
A, D
|
Tipo III b
|
B, D
|
Tipo IV
|
D
|
Tipo V
|
C
|
Tipo VI
|
Ninguno u ocasionalmente A, B, C o D, según
el tipo de alimento.
|
NOTAS:
I) El n-heptano se
indica como simulante alternativo durante el período
de transición del Mercosur, ya que es el simulante oficial de los alimentos grasos en las
legislaciones de la Argentina y el Brasil y la técnica correspondiente es
sencilla de implementar. Su comportamiento como simulante
graso está cuestionado. La tendencia general es el uso de aceites vegetales
(aceite de oliva, de girasol o de soja) ya que los mismos son excelentes simulantes de alimentos grasos, aunque el método
correspondiente es más complejo que en el caso anterior. En algunos tipos de
plásticos, que son atacados por el n-heptano, no será
posible usarlo como simulante de alimentos grasos.
II) Prorrogar el uso del
n-heptano como simulante alternativo de alimentos
grasos en los ensayos de migración de envases y equipamientos plásticos, por un
plazo de 3 (tres) años a partir del 1/X/97 siempre que en dicho intervalo no
sea reemplazado por otro simulante alternativo por la
Autoridad Sanitaria Nacional.
2.3 En la Tabla 1 (Ref. Directiva CEE) se
detallan a modo de ejemplo y en forma no taxativa, diversos alimentos o grupos
de alimentos, con la asignación de simulantes
correspondientes a utilizar en los ensayos de migración. Para cada alimento o
grupo de alimentos se usarán los simulantes indicados
con una "x", usando para cada muestra no ensayada del material en
estudio. Cuando no se indica "x" no se requieren ensayos de
migración. En el caso de los alimentos en que debe usarse como simulante D, cuando aparece el símbolo "x"
seguido por "/" y un número ("x/n"), los resultados de los
ensayos de migración deben dividirse por el número indicado (n). El número n es
el factor de reducción usado convencionalmente para tener en cuenta la mayor
capacidad extractiva con relación al alimento en cuestión.




NOTAS: Simulantes:
A: agua destilada.
B: solución de ácido acético al 3%(v/v) en
agua destilada.
C: solución de etanol al 15%(v/v) en agua
destilada o solución de etanol en agua destilada a la concentración más próxima
a la real.
D: aceite de oliva.
Cuando los ensayos de migración se realicen
utilizando como simulante D alternativo el n-heptano, los resultados obtenidos siempre deben
dividirse por 5(cinco).
(1): Usar sólo uno de los dos simulantes:
- el A para alimentos de pH > 5
- el B para alimentos de pH < 5
(2): Este ensayo se realizará si el alimento
tiene un pH < 5.
(3): Este ensayo puede realizarse en el caso
de líquidos o bebidas de contenido alcohólico superior al 15% (v/v) con
soluciones acuosas de etanol de similar contenido alcohólico.
(4): Si se demuestra por medio de algún
ensayo adecuado que no existe contacto graso con el plástico, se puede obviar
el ensayo con el simulante D.
ENSAYO DE MIGRACION TOTAL DE ENVASES Y
EQUIPAMENTOS PLASTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS
1) Condiciones para realizar los ensayos de
migración
1.1 En los ensayos de migración se realizará
el contacto de los materiales plásticos con los simulantes,
en las condiciones de tiempo y temperatura seleccionados de acuerdo con la
Tabla I, de modo de reproducir las condiciones normales o previsibles de
elaboración, fraccionamiento, almacenamiento, distribución, comercialización y
consumo del alimento:
A. Elaboración: condiciones que se verifican
por plazos generalmente breves, tales como fases de pasterización,
esterilización, acondicionamiento en caliente, etc.
B. Almacenamiento: contacto prolongado
durante el almacenamiento a temperatura ambiente o en refrigeración.
C. Consumo: calentamiento del alimento dentro
del mismo envase antes de su ingesta; uso de utensilios domésticos de plástico
en contacto con alimentos.
1.2. Si un envase o equipamiento plástico se
usa sucesivamente en varias de las condiciones de contacto de la Tabla I, los
ensayos de migración se realizarán sometiendo las muestras sucesivamente a esas
condiciones de ensayo, usando el mismo simulante.
1.3. Para un determinado tiempo de contacto,
si el material plástico cumple el ensayo de migración a una determinada
temperatura, no es necesario repetirlo a menor temperatura.
1.4. Para una determinada temperatura de
contacto, si el material plástico cumple el ensayo de migración a determinado
tiempo, no es necesario repetirlo a menor tiempo.
1.5. Siempre que las condiciones de
temperatura y tiempo de contacto no se encuadren en las condiciones impuestas
en la Tabla I deberán ser seguidas las condiciones que más se aproximen a las
reales de uso.
1.6. Para mantener las muestras a la
temperatura seleccionada se podrán usar cuando corresponda: refrigerador, baño
María, autoclave u horno microondas.
2) Determinación de migración Total
2.1 Procedimiento con simulantes
acuosos y n-heptano
2.1.1. Tratamiento de muestras
Preparar un número de muestras tal que la superficie
de contacto de las mismas sea 600 cm2 aproximadamente. Las muestras se lavan
primero con un chorro de agua corriente, luego con agua destilada, y se secan.
2.1.2 Tipo de muestra
A) Envase final (rígido, semirrígido
o flexible): Llenar con simulante a la temperatura
seleccionada; cubrir, tapar o sellar el envase, y dejar a la temperatura de
ensayo durante el tiempo indicado.
B) Material plástico genérico (película,
flexible, probetas rígidas, revestimiento polimérico, etc.): preparar probetas
de una superficie de contacto de 600 cm2 aprox. (Sumatoria de todas las
superficies en contacto); colocarlas en un vaso de precipitado con un volumen
de simulante de tal forma que la relación área del
material en contacto/volumen esté comprendida entre 2 y 0.5 cm2/ml, a la
temperatura seleccionada, cubrir el vaso con un vidrio de reloj o similar y
dejar a temperatura de ensayo durante el tiempo indicado.
NOTA: Cuando el material para el análisis es
un barniz o esmalte, sin título debe ser aplicado en placas de vidrio
esmerilado.
C) Elementos de cierre (tapas, tapones,
guarniciones) y otros objetos de área pequeña (por ej.:
palitos de chupetines, cucharitas para helados, etc.) de un único uso:
Colocar un numero suficiente (n) de los
mismos de modo que el área sea de 600 cm2 aproximadamente, en un vaso de
precipitado con un volumen simulante de tal forma que
la relación área / volumen esté comprendida entre 2 y 0.5 cm2/ml, a la
temperatura seleccionada; cubrir el vaso, dejar a temperatura de ensayo durante
el tiempo indicado.
D) Materiales y artículos compuestos de dos o
más capas de plásticos: En este caso el ensayo se realiza siguiendo el
procedimiento de modo tal que el simulante esté en
contacto sólo con las partes de la muestra que durante el uso real están en directo
contacto con los alimentos.
E) Equipamientos destinados a entrar en
contacto con alimentos: (utensilios, partes de equipo, etc.): Se procede de
acuerdo con: a, b, o c, según las condiciones reales de uso.
2.1.3. En todos los casos se realizarán pruebas
en blanco; con una cantidad igual del simulante
empleado en la prueba original.
2.1.4 Transcurrido el tiempo de los ensayos
de migración, se retiran las muestras del vaso de precipitado en los casos
2.1.2. (b), (c), y (d), o se vierte el simulante en un
vaso de precipitado en el caso 2.1.2. (a) y (d). Las muestras se retiran, se
lavan y se escurren con el mismo simulante utilizado
en la prueba, que se incorpora junto al simulante de
la prueba.
Después de las pruebas de migración, el simulante utilizado no debe presentar coloración visible ni
olores extraños.
Se evapora el simulante
hasta reducirlo a un pequeño volumen; luego se lo traslada cuantitativamente a
una cápsula tarada, se continua la evaporación en baño de María y luego en
estufa de 100º C +/- 5º C hasta sequedad (1).
La cápsula se enfría en desecador y se lleva
a peso constante. Se procede de la misma manera con el blanco, y se reduce el
peso de residuo antes obtenido, obteniéndose así el residuo seco del ensayo de
migración (R), que luego se incorpora al cálculo de la migración total (2).
NOTAS:
(1) En el caso de n-heptano, el volumen del
mismo deberá ser reducido en destilador evaporador rotatorio con recuperación
de este solvente; luego, las últimas porciones se pasan a una cápsula tarada, y
se prosigue como se indicó anteriormente.
(2) En caso que el simulante
sea n-heptano el valor del residuo seco debe ser dividido por 5. Si el valor de
migración total correspondiente resulta superior al límite establecido, se
somete el residuo seco a una extracción con cloroformo según la siguiente
técnica: se añade al residuo seco en la misma cápsula 50 ml de cloroformo, se
calienta cuidadosamente y se filtra sobre papel Whatman
Nº 41, lavando el papel del filtro con el mismo
solvente recogiendo el filtrado en una cápsula tarada. Evaporar el solvente y
secar en estufa a 110ºC.
Se enfría en desecador, se pesa el nuevo
residuo seco, y ese resultado se divide por 5 para ser usado en el cálculo
final.
2.1.5. Cálculo
En el caso de envases y equipamientos de capacidad
superior o igual a 250 ml, la migración total Q se calcula con la formula:
Q = (R/A) . (S/V)
Donde: Q: migración total, en mg/kg
R: masa del residuo seco, en mg
A: área total de contacto de la muestra con
el simulante en dm2
S/V: relación área/masa de agua
correspondiente al volumen de contacto real entre el material plástico y el
alimento, dm2/kg de agua.
Cuando el ensayo de migración se efectúa
sobre el material plástico genérico y no sobre el envase final, se usa la
relación S/V real. Si esta relación no se conoce, podrá usarse una relación S/V
= 6 dm2/litro.
Cuando en el ensayo se usa en envase final,
entonces A = S, por lo tanto:
Q = R / V
Donde: Q: migración total, en mg/kg
R: masa del residuo seco, en mg
V: masa de agua, correspondiente al volumen
del envase, en kg.
La migración puede expresarse también en mg/dm2, mediante la formula: Q = R / A
Donde: Q: migración total, en mg/dm2
R: masa del residuo seco, en mg
A: área total de contacto de la muestra con el
simulante, en dm2.
En caso del ensayo de migración de las
muestras del ítem 2.1.2. (c), la migración Q se calcula del siguiente modo: Q =
R / (nV)
Donde:
Q: migración total, en mg/kg
R: masa del residuo seco, en mg
n: números de muestras ensayados
V: masa de agua correspondiente al volumen
del recipiente en el cual se usarán los elementos de cierre u otros objetos.
Tolerancias analíticas:
Las tolerancias analíticas serán las
siguientes: 5 mg/kg ó 0.8 mg/dm2 en los ensayos de migración total (dependiendo de la
forma de expresión de los resultados).
2.2 Envases de equipamiento plásticos de uso
repetido
Cuando un envase o equipamiento se destina a
entrar en contacto repetidas veces con productos alimenticios, con excepción de
los envases retornables que son objeto de una normativa específica, el ensayo
de migración deberá llevarse a cabo tres veces sobre una misma muestra, usando
cada vez cantidades nuevas de simulante.
La aprobación de este tipo de envase o
equipamiento dependerá del nivel de migración que se determine en la tercera
prueba. El resultado final será el nivel obtenido en la tercera prueba pero en
los tres ensayos el límite de migración no podrá ser excedido.

Art. 2º — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de los 30
(TREINTA) días de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese mediante copia autenticada de la presente Resolución a la
Secretaría General Administrativa del MERCOSUR con sede en la Ciudad de
Montevideo para el conocimiento de los Estados Parte; a los fines de lo
establecido en los Artículos 38 y 40 del Protocolo de Ouro
Preto.
Art. 4º — Comuníquese mediante copia autenticada al Ministerio de Relaciones
Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Secretaría Administrativa del Grupo
Mercado Común, Sección Nacional.
Art. 5º — Comuníquese a las Autoridades Sanitarias Provinciales y del Gobierno
Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 6º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial, comuníquese y archívese. — Héctor C. Moguilevsky. — Marcelo E. Regúnaga.