RE-16-2011
RE-16-2011
ADDENDUM N° 1 AL CONVENIO DE
FINANCIACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y EL MERCOSUR PARA EL PROYECTO “APOYO
AL PROGRAMA DE MOVILIDAD MERCOSUR EN EDUCACIÓN SUPERIOR”-
DCI-ALA/2006/18-586
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de
Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91 y 12/04 del Consejo del Mercado Común y las
Resoluciones Nº 26/92, 57/05, 04/08 y 63/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que
el Convenio de Financiación entre la Unión Europea y el MERCOSUR para el Proyecto “Apoyo al Programa
de Movilidad MERCOSUR en Educación Superior” DCI- ALA/2006/18-586 fue suscripto el 16 de abril de 2008.
Que
se identificó la necesidad de prorrogar el período de ejecución del Proyecto
para hacer posible la implementación de todas las actividades previstas.
Que
es competencia del Grupo Mercado Común aprobar los programas de cooperación
técnica internacional de apoyo al MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art.
1 – Aprobar el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y el MERCOSUR para el Proyecto “Apoyo al Programa de Movilidad MERCOSUR en Educación
Superior” DCI- ALA/2006/18-586, que consta como Anexo y forma parte de la
presente Resolución.
Art.
2 – El Anexo a la presente Resolución se encuentra únicamente en idioma
español.
Art.
3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de
los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del
funcionamiento del MERCOSUR.
LXXXV GMC – Montevideo, 16/IX/11.
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